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DIA 20 DE OUTUBRO - Redetec

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estratégias de expansão e de criação daquela empresa quando ele analisa aquele conjunto<br />

de itens.<br />

Eu gostaria que vocês comentassem essa questão do Pisano, essa questão da<br />

estratégia e desse conjunto de variáveis fundamentais para se avaliar uma empresa<br />

inovadora.<br />

<strong>DE</strong>BATE<br />

ALEJANDRO ROCA CAMPAÑÁ<br />

Yo tengo una cuestión a la profesora Maria Tereza, y es como decir que concordé y<br />

no concordé con ella al mismo tiempo. Voy explicar y quisiera hacer un comentario. Ella dijo<br />

que los efectos de la propiedad intelectual son ambiguos por su naturaleza y que la<br />

protección de la propiedad intelectual impide la difusión de la innovación. Yo tengo mis<br />

dudas con respecto a eso, porque precisamente una de las características del sistema de<br />

propiedad intelectual es que el Estado otorga un derecho exclusivo, no para impedir que la<br />

tecnología se difunda, si no es un derecho exclusivo el uso de esta tecnología en el mercado<br />

en ciertas determinadas condiciones. Recuerden que las patentes se publican y todo el<br />

mundo tiene derecho a eso conocimiento. Eso por una parte. Por otra parte, el sistema de<br />

patentes tiene dentro de si mecanismos construidos de poner limitaciones a eso derecho<br />

exclusivo, que de alguna manera puede tratar de frenar un poco los efectos que pueda tener<br />

el sistema en materia de difusión de la innovación. Por ejemplo, es la excepción a la<br />

investigación, el uso de la tecnología anterior a eso refiriese a todas aquellas limitaciones<br />

que, de alguna forma, regulan los derechos de los titulares.<br />

Yo diría que hoy en día hay que ver el sistema no como una forma de incentivo, ni<br />

tampoco como una forma de restricción de la competencia, si no como una forma de<br />

cooperación tecnológica entre empresas y entre empresas y universidades. Es como una<br />

infraestructura básica, un modelo de innovación abierta que cada vez más se ve no sólo en<br />

los países en desarrollo, pero también en los mismos países industrializados. Ustedes,<br />

seguramente, habrán leído los artículos científicos y las noticias de empresas que tienen a<br />

disposición yo no se cuantas patentes, y ven tratar de involucrar la empresa desarrolladora<br />

que trabaja con un modelo de innovación abierta, y se desarrollan soporte lógico de código<br />

abierto. Muchas veces ven me decir que la retribución de presentar solicitudes de patentes<br />

no era para restringir la concurrencia en el uso de eso conocimiento, si no también como<br />

una forma de que la empresa pudiera saber que cosas estaban haciendo los competidores.<br />

Es decir que hoy en día esa teoría que el sistema de propiedad intelectual, de alguna forma<br />

o otra, restringe la difusión de la innovación y restringe la competencia, a mi modo de ver, se<br />

ha demostrado en la practica que no está así. Yo diría que es un sistema que estimula la<br />

competencia, porque cuando existe un derecho exclusivo y cuando se registra en un país,<br />

¿qué pueden hacer los competidores? Los competidores pueden pedir una licencia al titular<br />

con el objetivo de entrar en un proceso de cooperación para la producción del objeto para el<br />

uso exclusivo, y para determinadas condiciones del objeto de esa solicitud. O la otra<br />

alternativa es desarrollar esa tecnología por su parte, tratar de imitarla y después sacar un<br />

producto que tenga algo diferente a eso que ya tenia el titular de esa patente. Yo creo que<br />

hoy en día hay que verlo más como una forma de organización de la cooperación<br />

tecnológica.<br />

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