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ARTICLES and NOTES - Notarius International

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<strong>Notarius</strong> <strong>International</strong> 3-4/2002 T. Antenreiter, Informe Nacional Austria 183<br />

ción pasa a formar parte del patrimonio del propietario y<br />

los derechos y obligaciones sólo se fundamentan en su<br />

persona. A cambio de ello, en principio, el socio en participación<br />

participa en las ganancias y también en las pérdidas<br />

y tiene un derecho de control sobre la gerencia.<br />

La creación de una sociedad en participación no se vincula<br />

a ninguna forma jurídica determinada. La regulación<br />

legal se encuentra en el Código de Comercio (H<strong>and</strong>elsgesetzbuch,<br />

HGB) y sobre todo en el Código Civil<br />

General (Allgemeines Bürgerliches Gesetzbuch, ABGB)<br />

en la redacción actualmente vigente.<br />

6.2.6. Agrupación Europea de Interés Económico<br />

En Austria puede crearse una Agrupación Europea de<br />

Interés económico (AEIE) desde 1995 85 .<br />

Una rasgo fundamental de la AEIE es su carácter<br />

transfronterizo, ya que la AEIE ha de estar formada por<br />

al menos dos miembros que tengan su administración<br />

central o bien ejerzan su actividad principal en diferentes<br />

Estados miembros de la Unión Europea 86 . La desaparición<br />

de este requisito constituye una causa de resolución<br />

preceptiva 87 .<br />

La finalidad de la AEIE consiste solamente en el fomento<br />

de las actividades económicas de sus miembros. Para<br />

ello, la AEIE sólo puede asumir una actividad de apoyo<br />

que ha de estar en estrecha relación con la actividad principal<br />

y no puede dirigirse a la obtención de ganacias propias.<br />

A modo de ejemplo, una AEIE puede ser constituida<br />

con los objetivos siguientes: comunidad de compras, cooperaciones<br />

de investigación y puesta a punto de productos<br />

y comunidad de servicio de atención al cliente.<br />

Para su creación ha de celebrarse un contrato de constitución<br />

por escrito y ha de ser notificado por todos los<br />

miembros al Registro Mercantil. La inscripción tiene<br />

efecto constitutivo. A partir de ese momento, la AEIE es<br />

por sí sola titular de derechos y obligaciones, es una sociedad<br />

mercantil en el sentido del HGB (Código de Comercio)<br />

y comerciante según la ley (Vollkaufmann) en<br />

virtud de la forma jurídica, sin embargo, no es una persona<br />

jurídica 88 . En Austria, la regulación legal se encuentra<br />

en la Ley de ejecución relativa a la AEIE (EWIV-<br />

Ausführungsgesetz, abreviada EWIVG) de 1995 en la redacción<br />

actualmente vigente.<br />

6.3. Asociación y sociedades de capital<br />

6.3.1. Asociación<br />

Una asociación (Verein) es una unión de varias personas<br />

con personalidad jurídica propia para alcanzar un<br />

objetivo común, sin embargo, no puede estar dirigida a la<br />

obtención de ganacias 89 . En principio, los estatutos de la<br />

asociación pueden estipularse libremente, no obstante,<br />

después tienen que ser presentados por escrito y depositados<br />

ante la autoridad competente, la cual, en casos excepcionales,<br />

puede prohibir dentro de un plazo determinado<br />

la creación de la asociación.<br />

En la actualidad todavía no existe en Austria un Registro<br />

Central de Asociaciones (Zentrales Vereinsregister),<br />

sin embargo, ya se encuentra previsto por la ley. La regulación<br />

legal se encuentra en la nueva Ley de Asociaciones<br />

(Vereinsgesetz) de 2002 en la redacción actualmente<br />

vigente.<br />

6.3.2. Sociedad de responsabilidad limitada (GmbH)<br />

La sociedad de responsabilidad limitada (Gesellschaft<br />

mit beschränkter Haftung, abreviada GesmbH<br />

o GmbH) es la forma jurídica más usual en Austria para<br />

una sociedad de capitales en la que uno o varios socios<br />

participan en la sociedad con la inversión del capital<br />

aportado. El capital mínimo de la sociedad se eleva a<br />

35.000,– €, de los cuales, al menos la mitad ha de desembolsarse<br />

en el momento de la constitución de la sociedad<br />

90 . En principio, los socios sólo responden con su<br />

aportación de capital y no con sus bienes personales.<br />

Para la constitución de una GmbH se requiere un contrato<br />

social escrito entre los socios o una declaración<br />

sobre la constitución de una GmbH en el caso de un socio<br />

unipersonal (denominada constitución unipersonal),<br />

respectivamente en escritura notarial 91 . El contrato o<br />

bien la declaración han de contener al menos la regulación<br />

de las cuestiones siguientes:<br />

- denominación social con la indicación “Gesellschaft<br />

mit beschränkter Haftung” (“sociedad de responsabilidad<br />

limitada”) o una abreviación pertinente<br />

(Ges.m.b.H., GesmbH, G.m.b.H., GmbH)<br />

- sede social<br />

- objeto social<br />

- capital social<br />

- nombre de los socios y su participación en el capital<br />

social<br />

- duración de la sociedad.<br />

Una GmbH tiene personalidad jurídica propia y por<br />

consiguiente es titular por sí sola de derechos y obligaciones<br />

y es representada frente a terceros por el o los administradores.<br />

La persona jurídica nace con efectos frente a<br />

terceros con la inscripción en el Registro Mercantil de<br />

la República Austriaca llevado de forma electrónica<br />

(Firmenbuch der Republik Österreich) 92 . En virtud de la<br />

inscripción en el Registro Mercantil, toda GmbH es Vollkaufmann<br />

(comerciante según la ley).<br />

Para la inscripción en el Registro Mercantil se necesitan<br />

en todo caso los siguientes documentos:<br />

- un ejemplar del contrato social o bien de la declaración<br />

sobre la constitución de una GmbH<br />

85 La base legal comunitaria es el Reglamento (CEE) nº 2137/85 del<br />

Consejo, de 25 de julio de 1985, relativo a la constitución de una<br />

agrupación europea de interés económico (AEIE)<br />

86 Apartado 2 del art 4 del Reglamento (CEE) relativo a las AEIE<br />

(EWIV-Verordnung)<br />

87 Apartado 3 del art 31 del Reglamento (CEE) relativo a las AEIE<br />

(EWIV-Verordnung)<br />

88 § 1 de la Ley de ejecución relativa a la AEIE (EWIV-Ausführungsgesetz)<br />

89 § 1 de la Ley de Asociaciones (VerG)<br />

90 §§ 6 y 6a de la Ley de Sociedad de responsabilidad limitada<br />

(GmbHG)<br />

91 § 4 de la Ley de Sociedad de responsabilidad limitada (GmbHG)<br />

92 § 2 de la Ley de Sociedad de responsabilidad limitada (GmbHG)

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