07.10.2013 Views

Treaty Series Recueil des Traites - United Nations Treaty Collection

Treaty Series Recueil des Traites - United Nations Treaty Collection

Treaty Series Recueil des Traites - United Nations Treaty Collection

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Volume 2080, 1-36116<br />

3) Ningfdn Estado ni Organizaci6n Regional de Integraci6n Econ6mica podrA ser Parte en ningdn<br />

Protocolo ni Declaraci6n a menos que sea signatario de la Carta y Parte Contratante en el<br />

presente Tratado, o adquiera dicha condici6n al mismo tiempo.<br />

4) Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 3) y en la letra a) del apartado 6), las disposiciones<br />

definitivas aplicables a un Protocolo se definirn en dicho Protocolo.<br />

5) Los Protocolos se aplicaran s6lo a las Partes Contratantes que consientan en vincularse mediante los<br />

mismos, y no supondrdn eximente de los derechos y obligaciones de las Partes Contratantes que<br />

no sean Parts en el Protocolo.<br />

6) a) Los Protocolos podrgn imponer obligaciones a la Conferencia sobre la Carta y<br />

fnciones a la Secretaria, sismpre que dichas obligaciones procedan de una<br />

modificaci6n de un Protocolo y a menos que dicha modificaci6n haya sido aprobada<br />

por la Conferencia sobre la Carta, aprobaci6n que no estari sujeta a ninguna de las<br />

disposiciones del Protocolo que estin autorizadas por la letra b).<br />

b) Sin perjuicio de lo dispuesto en la letra a), los Protocolos que establezcan que la<br />

Conferencia sobre la Carta debe tomar una decisi6n determinada podrki exigir<br />

respecto a dsta:<br />

i) normas de votaci6n diferentes de las incluidas en el articulo 36;<br />

ii) que s6lo se consideren Partes Contratantes las Partes en el Protocolo para los<br />

fines del articulo 36 o para tener derecho a voto de acuerdo con Las normas del<br />

Protocolo.<br />

ARTiCULO 34<br />

CONFERENCIA SOBRE LA CARTA DE LA ENERGIA<br />

1) Las Partes Contratantes se reunira peri6dicamente en la Conferencia sobre la Carta de la Energia<br />

(aqui denominada "Conferencia sobre la Carta"), en la cual cada Parte Contratante tendri<br />

derecho a un representante. Las reuniones ordinarias se celebrarkn con una periodicidad que<br />

determinarA la Conferencia sobre la Carta.<br />

2) Podrkn celebrarse reuniones extraordinarias de la Conferencia sobre la Carta cuando asi lo determine<br />

la Conferencia sobre la Carta o mediante solicitud escrita de cualquiera de las Partes<br />

Contratantes, siempre que, en el plazo de seis semanas posterior a la comunicaci6n de dicha<br />

solicitud por la S ecretarla al resto de las Partes Contratantes, la apoyen al menos un tercio de las<br />

mismas.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!