07.10.2013 Views

Treaty Series Recueil des Traites - United Nations Treaty Collection

Treaty Series Recueil des Traites - United Nations Treaty Collection

Treaty Series Recueil des Traites - United Nations Treaty Collection

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

Volume 2080, 1-36116<br />

b) ha notificado ala Secretaria, hasta el extremo que lo autonicen sus procedimientos<br />

legislativos, su intenci6n de proceder a tal aumento, ha ofrecido a las demis Partes<br />

Contratantes interesadas la oportunidad de consultar sobre esa intenci6n y ha tornado<br />

en consideraci6n las peticiones de esas Partes Contratantes.<br />

6) Los signatarios se comprometen a iniciar las negociaciones antes del I de enero de 1995 para poder<br />

concluir antes del I de enero de 1998 unos textos que, habida cuenta de la evoluci6n del sistema<br />

del comercio mundial, sean apropiados para modificar el presente Tratado y que, dependiendo de<br />

las condiciones que en ellos se establezcan, obligarin a las Partes Contratantes a no aumentar los<br />

aranceles ni los grav~inenes por encima del nivel establecido en esa modificaci6n.<br />

7) El Anexo D se aplicard a las controversias en relaci6n con el cumplirniento de las disposiciones<br />

aplicables al comercio en virtud del presente articulo y, a menos que ainbas Partes Contratantes<br />

acuerden otra cosa, a las controversias en relaci6n con el cumnpliniento del articulo 5 entre Partes<br />

Contratantes de las que por lo menos una no sea Parte en el GAIT, si bien el Anexo D no se<br />

aplicars a cualquier diferencia entre las Partes Contratantes derivada, en lo fiindamental, de un<br />

acuerdo que:<br />

a) haya sido notificado con arreglo ala letra b) del apartado 2) y al Anexo TFU y cumpla<br />

los demis requisitos de 6stos; o<br />

b) establezca una zona de libre comercio o una uni6n aduanea tal como se definen en el<br />

artliculo XX del GAT.<br />

ARTiCULO 30<br />

EVOLUCI6N DE LOS ACUERDOS DE COMERCIO INTERNACIONAL<br />

A la luz de los resultados de la Ronda Uruguay de las Negociaciones Comerciales Multilaterales,<br />

recogidos principalmente en el Acta Final de dsta redactada en Marrakesh el 15 de abril de 1994,<br />

las Partes Contratantes se comprometen a tomar en consideraci6n, no mins tarde del I de julio de<br />

1995 o de la fecha de entrada en vigor del presente Tratado, si dsta se produce en fecha posterior,<br />

las enmiendas pertinentes al presente Tratado con vistas a la adopci6n de tales enmiendas por la<br />

Conferencia sobre la Carta.<br />

ARTiCULO 31<br />

EQUIPO ENERGITICO<br />

La Conferencia provisional sobre la Carta empezari a exaninar en su primera reuni6n la inclusi6n de<br />

equipos energdticos en las disposiciones del Tratado, relativas a cuestiones comerciales.<br />

ARTfCULO 32<br />

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!