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Treaty Series Recueil des Traites - United Nations Treaty Collection

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Volume 2080, 1-36116<br />

TRANSFERENCIA DE PAGOS RELACIONADOS CON INVERSIONES<br />

1) Las Partes Contratantes garantizarin, con respecto alas inversiones realizadas en su<br />

teritrio por inversores de cualquier otra Parte Contratante, la libertad de las transferencias<br />

a su territorio y fuera de 6l, incluidas las transferencias:<br />

a) del capital inicial ms el capital adicional para el mantenimiento y <strong>des</strong>arrollo de una<br />

inversi6n;<br />

b) de los rendimientos;<br />

c) de los pagos resultantes de un contrato, con inclusi6n de la arnortizaci6n del principal<br />

y el pago de intereses devengados en virtud de un acuerdo de prstamo;<br />

d) de los ingresos no gastados y otras remuneraciones del personal contratado en el<br />

extranjero en relaci6n con dicha inversi6n;<br />

e) del producto obtenido de la venta o liquidaci6n de la totalidad o parte de una<br />

inversi6n;<br />

t) de los pagos derivados de la soluci6n de una controversia;<br />

g) de los pagos de indenrizaciones con arreglo a los articulos 12 y 13.<br />

2) Las transferencias efectuadas en virtud del apartado 1) se realizarAn sin demoras y (excepto<br />

en el caso de un rendimiento en especie) en una divisa libremente convertible.<br />

3) Las tiansferencias se haran al tipo de canbio que se aplique, en la fecha en que se realicen<br />

dichas transferencias, alas transacciones al contado en la moneda correspondiente. Cuando<br />

no exista un mercado de moneda extranjera, el tipo de cambio seri o bien e mis reciente<br />

que se aplique a la inversi6n interior o bien el rils reciente que se emplee para la<br />

conversi6n de monedas en derechos especiales de giro, aplicdndose siempre el mis<br />

favorable para el inversor.<br />

4) No obstante lo dispuesto en los apartados 1) a 3), las Partes Contratantes podrhn proteger<br />

los derechos de los acreedores, o asegurar la observancia de las leyes sobre emisi6n y<br />

transacci6n de valores y el cumplimiento de sentencias en procesos civiles, administrativos<br />

y penales, mediante la aplicaci6n de sus leyes y reglanentos de forma equitativa, no<br />

discriminatoria y de buena fe.<br />

5) Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2), las Partes Contratantes que hayan sido<br />

partes constituyentes de la antigua Uni6n de Repiblicas Socialistas Sovidticas podrdn<br />

establecer acuerdos que permitan realizar las transferencias de pagos en la divisa de dichas<br />

Partes Contratantes, qienpre que tales acuerdos no den lugar a un tratamiento a los<br />

inversores de otras Partes Contratantes que sea menos favorable que el que se concede a

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