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ni reconocible en los Estados Unidos y a establecer si los activos de Chevron están protegidos<br />

contra las acciones fraudulentas y actividades de extorsión de los Demandados. Las acciones de<br />

los Demandados RICO en nombre de los Demandantes de Lago Agrio a quienes ellos afirman<br />

representar han perjudicado a Chevron y amenazan con seguir perjudicándola. A menos que se<br />

resuelva la controversia entre las partes, los Demandantes de Lago Agrio y el Frente seguirán<br />

perjudicando a Chevron y procurarán obtener el reconocimiento y ejecución de la sentencia<br />

fraudulenta que los Demandados RICO han obtenido en nombre de los Demandantes de Lago<br />

Agrio.<br />

432. Chevron no cuenta con un recurso jurídico adecuado. Una acción declaratoria es<br />

necesaria y útil para resolver y poner fin a la cuestión de si la sentencia fraudulenta de Lago<br />

Agrio es exigible y reconocible judicialmente y es el recurso mejor y más eficaz para concluir la<br />

controversia entre las partes en cuanto a esta cuestión y para eximir a Chevron de la<br />

incertidumbre costosa y perjudicial en torno a la ejecución y reconocimiento pendientes de la<br />

sentencia fraudulenta. Chevron tiene derecho a que se resuelva a la brevedad la cuestión de si la<br />

sentencia de Lago Agrio es exigible y reconocible judicialmente para poder seguir realizando sus<br />

negocios sin la amenaza de embargo, incautación de activos u otras acciones de ejecución que se<br />

derivan de una sentencia fraudulenta de enormes proporciones.<br />

433. Asimismo, Chevron tiene derecho a un mandamiento judicial preliminar y<br />

permanente, el cual debería concedérsele, que prohíba al Frente y los Demandantes de Lago<br />

Agrio, sus cesionarios y a todo aquel que actúe de común acuerdo con ellos de iniciar, llevar a<br />

cabo o fomentar en forma alguna —directa o indirectamente— todo intento de reconocer o hacer<br />

cumplir la sentencia de Lago Agrio en cualquier corte, tribunal u organismo administrativo en<br />

cualquier jurisdicción, en los Estados Unidos o en el extranjero, incluido todo intento de<br />

embargar o confiscar cualesquier activos de Chevron o de una filial de Chevron o de co-<br />

inversionistas en empresas conjuntas, ya sea en forma preventiva o de otro modo, hasta que este<br />

Tribunal determine los méritos y registre la sentencia sobre las demandas de Chevron contra los<br />

Demandados en esta acción. Por consiguiente, aunque no sean demandados nombrados en esta<br />

[CERT.GEOTEXT VER: JD] 185

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