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aceptación de las declaraciones falsas y omisiones de los Demandados y de Cabrera y su falta de<br />

acción para tomar medidas correctivas significativas.<br />

393. Como resultado directo, próximo y previsible del fraude de los Demandados,<br />

Chevron ha sido perjudicada, incluidos considerables daños y perjuicios pecuniarios, a su<br />

reputación y de otro tipo. Estos perjuicios incluyen considerables daños al crédito mercantil y el<br />

buen nombre de Chevron y los honorarios de abogados y las costas judiciales para defenderse en<br />

un litigio falso objetivamente infundado e indebidamente motivado en Ecuador y en litigios<br />

relacionados en los Estados Unidos, incluidos los honorarios de abogados y las costas judiciales<br />

correspondientes para poner al descubierto el extendido fraude por parte de los Demandados en<br />

el procedimiento judicial conforme al Artículo 1782.<br />

394. Los Demandados han participado en la comisión de actos maliciosos,<br />

intencionados y fraudulentos y, debido a la naturaleza reprensible y vergonzosa de estos actos,<br />

Chevron tiene derecho al cobro de daños punitorios contra cada uno de los Demandados, y se les<br />

deberían conceder.<br />

395. Asimismo, Chevron tiene derecho a un mandamiento judicial preliminar y<br />

permanente, el cual debería concedérsele, que prohíba a los Demandados, sus cesionarios y a<br />

todo aquel que actúe de común acuerdo con ellos —incluidos los estudios jurídicos de Emery<br />

Celli, Motley Rice y Patton Boggs, y H5 y financiadores como Burford y Russell DeLeon—<br />

iniciar, llevar a cabo o fomentar en forma alguna —directa o indirectamente— todo intento de<br />

reconocer o hacer cumplir la sentencia del Lago Agrio en cualquier corte, tribunal u organismo<br />

administrativo en cualquier jurisdicción, en los Estados Unidos o en el extranjero, incluido todo<br />

intento de embargar o confiscar cualesquier activos de Chevron o de una filial de Chevron o de<br />

co-inversionistas en empresas conjuntas, ya sea en forma preventiva o de otro modo, hasta que<br />

este Tribunal determine los méritos y registre la sentencia sobre las demandas de Chevron contra<br />

los Demandados en esta acción.<br />

POR LO CUAL, Chevron solicita se dicte la sentencia como se expone a continuación.<br />

[CERT.GEOTEXT VER: JD] 175

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