Abuso domestico como violación de derechos ... - World Pulse
Abuso domestico como violación de derechos ... - World Pulse Abuso domestico como violación de derechos ... - World Pulse
Corruption and Human Right: Making the Connection The commitments that states have made to combat corruption have run parallel with their commitments to promote and respect human rights. However, international anti-corruption conventions rarely refer to human rights; and major human rights instruments rarely mention corruption. The absence in international law of direct references to the links between corruption and human rights mirrors the way these two issues are discussed politically, but is at odds with experience: in reality many links are evident. P. 19 ¿POR QUÉ ES RELEVANTE VINCULAR LOS DERECHOS HUMANOS A LA CORRUPCIÓN? Este informe analiza los vínculos entre la corrupción y los derechos humanos suponiendo que, si la corrupción surge donde existe la inclinación y la oportunidad, un enfoque desde los derechos humanos puede ayudar a minimizar las oportunidades para el comportamiento corrupto y posibilitar que aquéllos que son corruptos puedan ser capturados y sancionados debidamente. Este enfoque de derechos humanos también centra la atención en las personas que por su vulnerabilidad tienden a sufrir una desventaja desproporcionada cuando son víctimas de la corrupción, brinda un enfoque de género y ofrece pautas para el diseño y la implementación de políticas anticorrupción. Si se demuestra que la corrupción viola los derechos humanos puede influir en aumentar el apoyo público anticorrupción. Si los individuos son más cons-cientes del daño que la corrupción causa a los intereses públicos e individua-les y toman conciencia del daño que pueda ocasionar hasta la menor forma de corrupción, estarán más dispuestos a apoyar las campañas y los programas para prevenirla. Esto es importante porque, a pesar de la fuerte retórica, el impacto político de la mayoría de los programas anticorrupción ha sido bajo. La identificación de los vínculos específicos entre la corrupción y los derechos humanos puede convencer a los actores claves (funcionarios públicos, parlamentarios, jueces, fiscales, abogados, empresarios, banqueros, contadores, los medios y el público en general) para que encaren con mayor rigor la corrupción. Esto puede suceder incluso en aquellos países donde referirse a los derechos humanos puede ser un asunto sensible. Los estándares de derechos humanos, como se establecen en los principales tratados internacionales y las legislaciones nacionales, imponen obligaciones a los Estados. Un análisis de derechos humanos específicos ayudará a identificar quiénes pueden legítimamente reclamar cuando ocurren actos de co-rrupción y proteger a aquéllos que sufran perjuicios a causa de ellos. Una comprensión clara de las conexiones prácticas entre los actos de corrupción y los derechos humanos puede empoderar a quienes tienen reclamos legítimos para exigir sus derechos contra la corrupción y puede ayudar a los Estados y a otras 260
autoridades públicas para que respeten, protejan y cumplan sus responsabilidades en materia de derechos humanos a todos los niveles. La vinculación de los actos de corrupción con las violaciones de los derechos humanos también crea nuevas posibilidades para la acción, especialmente si — como discutiremos más adelante— los actos de corrupción pueden desa-fiarse utilizando los distintos mecanismos nacionales, regionales e internacio-nales que existen para supervisar el cumplimiento de las normas de derechos humanos. En los últimos sesenta años, luego de la adopción de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH), se han creado muchos mecanismos para buscar la responsabilidad de los Estados y de los individuos en caso de violaciones de los derechos humanos. Por ejemplo, además de meca-nismos judiciales, los informes parlamentarios son instrumentos importantes en muchos países, igualmente el monitoreo de la sociedad civil que es cada vez más amplio en muchos países. Las instituciones intergubernamentales también se han desarrollado y además de los mecanismos principales de las Naciones Unidas ahora encontramos una serie de mecanismos regionales como la Corte Europea de Derechos Humanos (CtEDH), la Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (ACtHPR) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Es igualmente significativa la evolución de las ins-tituciones nacionales de derechos humanos.7 Cuando los actos de corrupción se vinculan a las violaciones de los derechos humanos, todas estas instituciones pueden actuar para buscar la responsabilidad en caso de actos de corrupción y así disminuir los incentivos de la co-rrupción. Aunque los mecanismos de derechos humanos no sustituyen a los mecanismos tradicionales contra la corrupción —principalmente, a la justicia criminal— estos mecanismos pueden dar visibilidad a los casos de corrupción, pueden forzar a un Estado a que emprenda acciones preventivas o pueden disuadir a los funcionarios corruptos de un mal ejercicio de sus funciones. Por lo tanto, pueden ayudar a crear conciencia y tienen un efecto persuasivo. En el capítulo VI analizaremos cómo los mecanismos de derechos humanos pueden emplearse para sancionar actos de corrupción. Adoptar un enfoque de derechos humanos resulta crítico cuando se busca empoderar a los grupos vulnerables o desventajados. El sistema de los derechos humanos enfatiza el deber de dar protección prioritaria a los grupos vulnerables y desventajados contra abusos. Así, los derechos humanos tienen principios transversales —en especial, los relativos a no-discriminación, la participación y la responsabilidad— que buscan empoderar a aquéllos que se encuentran en una situación de desventaja. El sistema de los derechos humanos requiere que los Estados apliquen seriamente estos principios. Las comunidades no deben ser consultadas en forma superficial, por ejemplo. Se les debe permitir y estimular una participación activa en los esfuerzos para combatir la corrupción.8 Desde el punto de vista de los 261
- Page 209 and 210: PSOE Principado de Asturias Cobro d
- Page 211 and 212: acabó con la vida de un portero de
- Page 213 and 214: constructores compraron la parcela
- Page 215 and 216: trataba de una estafa del tipo pira
- Page 217 and 218: LAVADO DE DINERO EN EL SECTOR DEL F
- Page 219 and 220: Repaso al crimen organizado en Espa
- Page 221 and 222: cuatro años. Precisamente, el Jefe
- Page 223 and 224: comisaría del municipio y el domic
- Page 225 and 226: Según el reporte sobre la droga en
- Page 227 and 228: MALAS NOTICIAS A las tres de la mad
- Page 229 and 230: - 18 de diciembre: Explota un artef
- Page 231 and 232: EFECTOS DE LA VIOLENCIA Y ABUSO DOM
- Page 233 and 234: imagines intrusivas, pesadillas, en
- Page 235 and 236: población ( 15-64 años) había co
- Page 237 and 238: Bullying en los colegios http://www
- Page 239 and 240: Las consecuencias serían muy grave
- Page 241 and 242: Su padre se dedicaba a vender arrop
- Page 243 and 244: Exterior Izquierda. Al llegar, abre
- Page 245 and 246: EFECTO SOBRE RELACIONES INTERNACION
- Page 247 and 248: Para que soluciones legislativas vu
- Page 249 and 250: Maria José Carrascosa, una vida de
- Page 251 and 252: Se debe notar que las mujeres expat
- Page 253 and 254: implementación ha fallado las muje
- Page 255 and 256: Catherine y Jack “… Ella no tuv
- Page 257 and 258: Un ano mas tarde, el comportamiento
- Page 259: La corrupción y derechos humanos h
- Page 263 and 264: La corrupción en las ramas legisla
- Page 265 and 266: como abusos que vinculan al públic
- Page 267 and 268: LA CORRUPCIÓN COMO UNA VIOLACIÓN
- Page 269 and 270: materia de derechos humanos, así c
- Page 271 and 272: VINCULACIÓN DE ACTOS DE CORRUPCIÓ
- Page 273 and 274: hechos y en virtud de una comprensi
- Page 275 and 276: La definición de corrupción judic
- Page 277 and 278: Poner fin a una violación continua
- Page 279 and 280: 15. Mecanismos de las Naciones Unid
- Page 281 and 282: tiene un potencial enorme para educ
- Page 283 and 284: En conclusión miramos el modelo of
- Page 285 and 286: indebido con el fin de que el funci
- Page 287 and 288: casa no esta acordado los mismos pr
- Page 289 and 290: que demuestran prejuicios a favor d
- Page 291 and 292: jueces que violan los derechos de c
- Page 293 and 294: diligencia, si no una integridad co
autorida<strong>de</strong>s públicas para que respeten, protejan y cumplan sus<br />
responsabilida<strong>de</strong>s en materia <strong>de</strong> <strong>de</strong>rechos humanos a todos los niveles.<br />
La vinculación <strong>de</strong> los actos <strong>de</strong> corrupción con las violaciones <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos<br />
humanos también crea nuevas posibilida<strong>de</strong>s para la acción, especialmente si —<br />
<strong>como</strong> discutiremos más a<strong>de</strong>lante— los actos <strong>de</strong> corrupción pue<strong>de</strong>n <strong>de</strong>sa-fiarse<br />
utilizando los distintos mecanismos nacionales, regionales e internacio-nales que<br />
existen para supervisar el cumplimiento <strong>de</strong> las normas <strong>de</strong> <strong>de</strong>rechos humanos.<br />
En los últimos sesenta años, luego <strong>de</strong> la adopción <strong>de</strong> la Declaración Universal <strong>de</strong><br />
los Derechos Humanos (DUDH), se han creado muchos mecanismos para buscar<br />
la responsabilidad <strong>de</strong> los Estados y <strong>de</strong> los individuos en caso <strong>de</strong> violaciones <strong>de</strong> los<br />
<strong>de</strong>rechos humanos. Por ejemplo, a<strong>de</strong>más <strong>de</strong> meca-nismos judiciales, los<br />
informes parlamentarios son instrumentos importantes en muchos países,<br />
igualmente el monitoreo <strong>de</strong> la sociedad civil que es cada vez más amplio en<br />
muchos países. Las instituciones intergubernamentales también se han<br />
<strong>de</strong>sarrollado y a<strong>de</strong>más <strong>de</strong> los mecanismos principales <strong>de</strong> las Naciones Unidas<br />
ahora encontramos una serie <strong>de</strong> mecanismos regionales <strong>como</strong> la Corte Europea<br />
<strong>de</strong> Derechos Humanos (CtEDH), la Corte Africana <strong>de</strong> Derechos Humanos y <strong>de</strong> los<br />
Pueblos (ACtHPR) y la Corte Interamericana <strong>de</strong> Derechos Humanos (CIDH). Es<br />
igualmente significativa la evolución <strong>de</strong> las ins-tituciones nacionales <strong>de</strong> <strong>de</strong>rechos<br />
humanos.7<br />
Cuando los actos <strong>de</strong> corrupción se vinculan a las violaciones <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos<br />
humanos, todas estas instituciones pue<strong>de</strong>n actuar para buscar la responsabilidad<br />
en caso <strong>de</strong> actos <strong>de</strong> corrupción y así disminuir los incentivos <strong>de</strong> la co-rrupción.<br />
Aunque los mecanismos <strong>de</strong> <strong>de</strong>rechos humanos no sustituyen a los mecanismos<br />
tradicionales contra la corrupción —principalmente, a la justicia criminal— estos<br />
mecanismos pue<strong>de</strong>n dar visibilidad a los casos <strong>de</strong> corrupción, pue<strong>de</strong>n forzar a un<br />
Estado a que emprenda acciones preventivas o pue<strong>de</strong>n disuadir a los funcionarios<br />
corruptos <strong>de</strong> un mal ejercicio <strong>de</strong> sus funciones. Por lo tanto, pue<strong>de</strong>n ayudar a<br />
crear conciencia y tienen un efecto persuasivo. En el capítulo VI analizaremos<br />
cómo los mecanismos <strong>de</strong> <strong>de</strong>rechos humanos pue<strong>de</strong>n emplearse para sancionar<br />
actos <strong>de</strong> corrupción.<br />
Adoptar un enfoque <strong>de</strong> <strong>de</strong>rechos humanos resulta crítico cuando se busca<br />
empo<strong>de</strong>rar a los grupos vulnerables o <strong>de</strong>sventajados. El sistema <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos<br />
humanos enfatiza el <strong>de</strong>ber <strong>de</strong> dar protección prioritaria a los grupos vulnerables y<br />
<strong>de</strong>sventajados contra abusos. Así, los <strong>de</strong>rechos humanos tienen principios<br />
transversales —en especial, los relativos a no-discriminación, la participación y la<br />
responsabilidad— que buscan empo<strong>de</strong>rar a aquéllos que se encuentran en una<br />
situación <strong>de</strong> <strong>de</strong>sventaja.<br />
El sistema <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos humanos requiere que los Estados apliquen<br />
seriamente estos principios. Las comunida<strong>de</strong>s no <strong>de</strong>ben ser consultadas en forma<br />
superficial, por ejemplo. Se les <strong>de</strong>be permitir y estimular una participación activa<br />
en los esfuerzos para combatir la corrupción.8 Des<strong>de</strong> el punto <strong>de</strong> vista <strong>de</strong> los<br />
261