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LA CRÍTICA AL SISTEMA JURÍDICO DEL DERECHO COMÚN 41 Martínez de Zamora, quien efectúa una disgresión “como en manera de contemplaçión de Dios, fablando por metáforas escuras por los males e pecados que son en el mundo”. 102 Por eso, la mención usual de ciertos juristas (Cino, Bártolo o Baldo) se efectúa, creemos, con una mezcla de devoción y de crítica, de admiración por la ímproba tarea que han afrontado tan exitosamente, al mismo tiempo que sientan las bases para la posterior corrupción del orden jurídico. Su alusión obedece a su frecuente empleo en los tribunales y escritos jurídicos, con el tránsito de los mismos al nivel popular usado por los poetas. Acaso esas figuras son encarnaciones de los símbolos o alegorías a los que tan aficionado era el hombre medieval. La presencia continua de arquetipos en las poesías recogidas no hace más que confirmar el componente espiritual, mas no exclusivamente, que inspira el pensamiento medieval en todas sus manifestaciones. 103 En el poema fúnebre del propio Juan Alfonso de Baena, compuesto por la muerte de Enrique III, se hace figurar en la corte regia a nobles, eclesiásticos, “vasallos, fidalgos, obispos, letrados, / doctores, alcaldes con pura manzilla”, 104 y en el “Dezir que fizo fray Migir de la Orden de Sant Jeronimo” a la muerte de Enrique III, se hace una descripción pormenorizada de todas aquellas personas a las que el rey se dirige, en sentido figurado, para comunicarles su deceso. De entre el elenco de principales del reino, no deja de llamar la atención la presencia de letrados y doctores, calificados por el poeta como sabios y agudos respectivamente, al mismo tiempo que otros operadores jurídicos se atisban al final de la enumeración: Al gran Padre Santo e los cardenales, arçobispos, obispos e arçedianos, e los patriarchas e colegiales, deanes, cabildos e otros çercanos, a frailes e monjes, a los hermitaños, 102 Cancionero, cit., nota 76, pp. 593 y 594. 103 Véase Huizinga, J., op. cit., nota 52, pp. 286 y ss. En el ámbito político, es reseñable el trabajo de García-Pelayo, M., “La corona. Estudio sobre un símbolo y un concepto político”, Del mito y de la razón…, cit., nota 46, pp. 13-64. 104 Cancionero, cit., nota 76, “Este dezir fizo Johan Alfonso de Baena, componedor d’este libro, al finamiento del dicho señor Rey don Enrique en Toledo; el qual dezir es muy dolorido, bien quebrantado e plañido, segunt lo requería el acto del negoçio, e otrosí va por arte común doblada, e los consonantes van muy bien guardados”, p. 57.

42 FAUSTINO MARTÍNEZ MARTÍNEZ a sabios letrados, doctores agudos, poetas maestros, también a los rudos, a ricos, a pobres, a enfermos e sanos, a todo el mundo en universal, a emperadores e reyes, infantes, a duques e condes, linaje real, maestres, cabdillos e más dominantes, alcaldes, merinos e juezes estantes, mayores, menores, que oirán, a todos los ombres que son e serán, oíd la mi carta e set muy pesantes. 105 Más adelante y siempre con este tono de respeto, se reivindica el saber jurídico de un juez, en este caso, Diego Hurtado de Mendoza, ante las quejas que una sentencia suya ha provocado. Transcribimos las dos estrofas finales, por la gran cantidad de información jurídica que transmiten referida al campo procesal: E pon sospecha de jure fundada en malquerençia, otrosí en amor, que non den consejo nin den favor por actoría nin por demanda; e, si esta orden fuere guardada, ponga su querella, si ay querellosa, e vaya tu parte de cómo es fermosa mostrar sus pruevas por mí consejada. E non alegue que es sospechoso 105 Ibidem, “Este dezir fizo fray Migir de la Orden de Sant Jerónimo, capellán del onrado obispo de Segovia, don Juan de Tordesillas, quando finó el dicho señor Rey don Enrique en Toledo. El qual dezir es muy bien fecho e assaz fundado segunt lo requería el abto sobre que es fundado el dicho decir”, p. 58, versos 1-16. No son extrañas estas alusiones a los juristas como integrantes de la corte del rey. Dice Baena en Cancionero, cit., nota 76, p. 770, versos 1.362-1.378: “Los emplastos provechosos / son los grandes cavalleros / e leales consejeros / con buen seso estudiosos, / ca deven ser acuçiosos / por serviçio de Dios e vuestro / que non tomen el seniestro / estos fechos peligrosos. / Los socroçios son pastores / e perlados de la egleja, / pues que saben la conseja, / e los vuestros abditores / e tambien sabios doctores, / de quien vos tanto fiades; / si con saña porfiades, / lean bien los relatores”.

LA CRÍTICA AL SISTEMA JURÍDICO DEL DERECHO COMÚN 41<br />

Martínez de Zamora, quien efectúa una disgresión “como en manera de<br />

contemplaçión de Dios, fablando por metáforas escuras por los males e<br />

pecados que son en el mundo”. 102 Por eso, la mención usual de ciertos juristas<br />

(Cino, Bártolo o Baldo) se efectúa, creemos, con una mezcla de devoción<br />

y de crítica, de admiración por la ímproba tarea que han afrontado<br />

tan exitosamente, al mismo tiempo que sientan las bases para la posterior<br />

corrupción del orden jurídico. Su alusión obedece a su frecuente empleo<br />

en los tribunales y escritos jurídicos, con el tránsito de los mismos al<br />

nivel popular usado por los poetas. Acaso esas figuras son encarnaciones<br />

de los símbolos o alegorías a los que tan aficionado era el hombre medieval.<br />

La presencia continua de arquetipos en las poesías recogidas no hace<br />

más que confirmar el componente espiritual, mas no exclusivamente, que<br />

inspira el pensamiento medieval en todas sus manifestaciones. 103<br />

En el poema fúnebre del propio Juan Alfonso de Baena, compuesto<br />

por la muerte de Enrique III, se hace figurar en la corte regia a nobles,<br />

eclesiásticos, “vasallos, fidalgos, obispos, letrados, / doctores, alcaldes<br />

con pura manzilla”, 104 y en el “Dezir que fizo fray Migir de la Orden de<br />

Sant Jeronimo” a la muerte de Enrique III, se hace una descripción pormenorizada<br />

de todas aquellas personas a las que el rey se dirige, en sentido<br />

figurado, para comunicarles su deceso. De entre el elenco de principales<br />

del reino, no deja de llamar la atención la presencia de letrados y<br />

doctores, calificados por el poeta como sabios y agudos respectivamente,<br />

al mismo tiempo que otros operadores jurídicos se atisban al final de la<br />

enumeración:<br />

Al gran Padre Santo e los cardenales,<br />

arçobispos, obispos e arçedianos,<br />

e los patriarchas e colegiales,<br />

deanes, cabildos e otros çercanos,<br />

a frailes e monjes, a los hermitaños,<br />

102 Cancionero, cit., nota 76, pp. 593 y 594.<br />

103 Véase Huizinga, J., op. cit., nota 52, pp. 286 y ss. En el ámbito político, es reseñable<br />

el trabajo de García-Pelayo, M., “La corona. Estudio sobre un símbolo y un concepto<br />

político”, Del mito y de la razón…, cit., nota 46, pp. 13-64.<br />

104 Cancionero, cit., nota 76, “Este dezir fizo Johan Alfonso de Baena, componedor<br />

d’este libro, al finamiento del dicho señor Rey don Enrique en Toledo; el qual dezir es<br />

muy dolorido, bien quebrantado e plañido, segunt lo requería el acto del negoçio, e otrosí<br />

va por arte común doblada, e los consonantes van muy bien guardados”, p. 57.

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