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Untitled - Revista Pensamiento Penal

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38<br />

FAUSTINO MARTÍNEZ MARTÍNEZ<br />

mo torticero 87 o tuerto, 88 con el sentido de agravio, daño, injusticia. Debe<br />

señalarse que el empleo de estos vocablos no presupone necesariamente<br />

la existencia de un discurso de corte jurídico.<br />

Es conocida la tendencia a los paralelismos, símbolos y demás recursos<br />

retóricos que inunda la poesía bajomedieval. 89 En muchos de los<br />

ejemplos citados, el protagonista al que se refiere como sujeto justo o<br />

injusto es la Fortuna o el Amor, de modo que no hay necesariamente<br />

implicaciones personales directas. Hay referencias a oficios como los oidores<br />

y otros oficiales de la justicia a los que aludiremos en detalle más<br />

adelante, puesto que serán ellos los responsables en buena parte de la<br />

ruina de la justicia, de su caos, de su desorden. 90 En un caso específico<br />

se alude al proceso de creación de las normas jurídicas, personificado en<br />

el emperador que puede crear “decretos e fueros e leyes”. 91 Alfonso X el<br />

Sabio está implícitamente aludido en un poema de Baena, no obstante<br />

su importancia capital en la edificación del sistema jurídico del derecho<br />

común. 92<br />

87 Ibidem, p. 754: “Alto Rey, luego primero / començó a fazer estrena / e vengóse a<br />

boca llena / de su tío el tortiçero; / como rey muy justiçiero / le corrió bien la çapata / por<br />

el robo e la barata / que l’ fizo el viejo trotero”.<br />

88 Ibidem, p. 297: “Quando tu curso egualas, / que al bueno das los bienes / e al malo<br />

fadas malas, / a pocos tal curso tienes, / ca lo buelves e revienes, / al bueno el bien privando,<br />

/ al malo multiplicando: ¡ cata qué tuerto mantienes!”; p. 302: “Dezides que en<br />

dar e non dar / ella ningunt tuerto faze”; p. 376: “Pues non ay dubda que Dios es justo /<br />

e a ninguno tuerto non faze”; p. 378: “Que su poder asoluto podría / a todos asolver o los<br />

condenar, / mas de su poder ordenado usar / derecho conviene fazer todavía; / por ende,<br />

de essa guisa gran tuerto faría / si pena el malo jamás non oviesse, / como si al bueno bien<br />

non le diesse, / a cada qual d’ellos segunt meresçía”.<br />

89 Véase supra.<br />

90 Una fuerte crítica a los operadores gubernativos y judiciales en el poema que compone<br />

Álvarez de Villasandino, en Cancionero, cit., nota 76, pp. 78-81, dirigida a los<br />

regidores y gobernadores de los reinos, a los recaudadores y a los escribanos. El nivel de<br />

depravación, corrupción y ruina moral lo expresa con claridad la última estrofa: “Señor,<br />

mucho más diría / si lo quisiesse dezir, / mas non lo podría escrevir / en dos noches e un<br />

día; / tanta es la burlería / que en la corte veo andar / que non la podrié contar / un Maestro<br />

en Theología”.<br />

91 Ibidem, p. 615, versos 57-59: “Assí llego a ser muy grand emperante, / que me<br />

obedesçen muy muchos reyes, / e fago decretos e fueros e leyes”.<br />

92 Ibidem, p. 746, versos 267-274: “Yo leí, quiero dezilla, / su nobleza de dos reys /<br />

que fezieron nobles leys / e fechos de maravilla; / don Fernando e su quadrilla, / que ganó<br />

con sus bondades / a las muy nobles çibdades / de Córdoba e de Sevilla”.

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