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Untitled - Revista Pensamiento Penal

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FAUSTINO MARTÍNEZ MARTÍNEZ<br />

ausencia de un modelo perfecto no implicó la ausencia de bocetos que implicaban<br />

reminiscencias feudales, de algunos reflejos, motivados en buena<br />

medida por la difusión de los textos legales y de la mejor literatura jurídica<br />

del momento. 45 Ello se pudo ver, antes que nada, en el campo lingüístico,<br />

que es el que ahora nos interesa y precisamente la vía lingüística pudo ser<br />

la que más rápidamente tuviese difusión en los siglos XII y XIII en que<br />

aparece la mayor parte de los poetas que integran el cancionero que ahora<br />

estudiamos. Con ello apuntamos una hipótesis: la posible introducción<br />

del vocabulario feudal pudo tener, además de las circunstancias clásicas<br />

y ya conocidas que ahora referiremos, otra vía de penetración más clara:<br />

nos referimos al papel difusor de la lírica provenzal que perfectamente ha<br />

podido coadyuvar a que unos recursos estilísticos, unos temas comunes<br />

y unos vocablos asimismo generalizados se difundiesen a los vecinos territorios<br />

hispánicos. Entre los siglos XI y XII, la terminología feudal más<br />

clásica llega a la Península como resultado del incesante influjo franco,<br />

flujo que no tiene porque darse necesariamente por un conducto político,<br />

formal, oficial, de rey a rey, de cancillería a cancillería. 46 El reinado de<br />

Sancho III el Mayor, rey de Navarra, es el que ha abierto las puertas a una<br />

mayor y más frecuente comunicación con la Europa de los reinos hispánicos.<br />

Sus sucesores en los diversos reinos conformados a su muerte no harán<br />

sino continuar esta misma dinámica de aperturismo, que llevará a una<br />

inundación de la cultura de procedencia gálica en el solar peninsular y a<br />

una adaptación de aquélla a sus necesidades propias. Las relaciones de las<br />

monarquías hispánicas con las cortes francesas, con el más claro ejemplo<br />

de Alfonso VI, que se casa en sucesivos momentos con nobles galas, y que<br />

da en matrimonio a sus hijas, Urraca y Teresa, a dos nobles borgoñones,<br />

Raimundo y Enrique, dan buena prueba de este fluido intercambio, que<br />

trae aparejado el desplazamiento de séquitos y personajes que jugarán un<br />

instituciones hispanas, Santiago de Chile, Editorial Jurídica de Chile, 1970; Viejos y nuevos<br />

estudios sobre las instituciones medievales españolas, 2a. ed., Madrid, Espasa-Calpe,<br />

1976 y “Une société d’exception dans l’Europe féodale”, AHDE, núm. 50, 1980, pp.<br />

1.249-1.276; Grassotti, H., Las instituciones feudo-vasalláticas en León y Castilla, 2 ts.,<br />

Spoleto, centro Italiano di Studi sull’Alto Medioevo, 1969 y, García de Valdeavellano, L.,<br />

El feudalismo hispánico y otros estudios de historia medieval, Barcelona, Ariel, 1981.<br />

45 Influencia en Partidas puesta de manifiesto por Riaza, R., “Las Partidas y los Libri<br />

Feudorum”, AHDE, núm. 10, 1933, pp. 5-18.<br />

46 Los factores que siguen, todos ellos enumerados por García de Valdeavellano, L.,<br />

“Las instituciones feudales en España”, El feudalismo hispánico y otros estudios de historia<br />

medieval, cit., nota 44, pp. 85 y 86.

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