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Untitled - Revista Pensamiento Penal

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LA CRÍTICA AL SISTEMA JURÍDICO DEL DERECHO COMÚN 27<br />

se puede referir al Decreto de Graciano, texto que manejaría el maestro<br />

en cuestión en el ejercicio de sus labores docentes; a una decisión pontificia,<br />

de las que se habían recopilado en el texto anterior que constituía<br />

su genuino material de trabajo; o simplemente a la propia decisión de la<br />

Muerte que adopta esta forma jurídica solemne. 58<br />

El canciller Pero López de Ayala nos proporciona el tercero de estos<br />

textos más antiguos en los que figura la crítica al derecho común. A finales<br />

del siglo XIV y durante su encarcelamiento, el canciller escribe una<br />

obra que mezcla varios géneros y tendencias: el Libro rimado de palacio,<br />

donde se combinan reflexiones sobre las virtudes cardinales, los pecados<br />

capitales, las obras de misericordia, de marcada raíz teológica, con consejos<br />

y recomendaciones a los gobernantes de cara a la consecución de<br />

la justicia dentro de sus respectivos reinos. Incidentalmente se abordan<br />

cuestiones jurídicas, como en el caso de la descripción del pecado de<br />

avaricia y de una vertiente muy conocida y abundante, la simonía. No<br />

importa tener conocimientos, tener libros o capacidad para desempeñar<br />

un cargo eclesiástico. Lo único que cuenta es realmente el dinero, de ahí<br />

el sentido del último verso que puede, a nuestro entender, ser objeto de<br />

dos interpretaciones. Decretal en el sentido de resolución jurídica pontificia,<br />

de modo que ni aun contando con el respaldo del Sumo Pontífice se<br />

podrá acceder a esa masa patrimonial que integran los beneficios. Pero<br />

también puede presentar otra acepción. Con la decretal, es decir, con el<br />

conocimiento de las colecciones canónicas de decretales, no se consigue<br />

ningún beneficio eclesiástico:<br />

Aquí es simonia que faze mucho mal,<br />

A quien tiene oro e plata çinco obispados val,<br />

Aunque sea letrado, si aquesto le fal,<br />

Non l’darán benefiçio por el su decretal. 59<br />

Pero el texto tiene un apartado propio para los abogados, para los letrados,<br />

de los que se critica, sobre todo, su extraordinaria ambición eco-<br />

58 Ibidem, p. 25, versos 449-456: “Maestro famoso sotil e capaz, / que en todas las artes<br />

fuestes sabidor, / non vos acuytedes, linpiad vuestra faz, / que a pasar avredes por este<br />

dolor, / yo vos leuare ante un sabidor / que sabe las artes syn ningunt defecto; / sabredes<br />

leer por otro decrepto, / portero de maça, venid al tenor”.<br />

59 López de Ayala, P., Libro rimado de palacio, Kenneth, Adams (ed.), Madrid, Cátedra,<br />

1993, p. 150, estrofa 78.

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