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Untitled - Revista Pensamiento Penal

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SÁTIRA CONTRA LA PREDILECCIÓN DEL DERECHO ROMANO 363<br />

/ del sistema escolar tan corrompido”, quien prohibirá “la enseñanza temeraria”<br />

del derecho romano (una reforma que no se había materializado<br />

al tiempo de este escrito). A partir de ese instante, cuando la reforma se<br />

materialice y se estudie el derecho nacional, los estudiantes podrán escuchar<br />

dignísimas lecciones “con fruto tuyo y de la patria un día”, se evitarán<br />

los enredos de antaño, se primará la capacidad deductiva, a partir de<br />

principios, de los mismos estudiantes, con confianza en la razón y en su<br />

poder. 55 La proclama final vuelve a insistir en las notas referidas que guían<br />

la crítica: nacionalismo y antirromanismo. Se debe silenciar “el romanismo<br />

y sus secuaces”, para que los códigos nacionales salgan del olvido y<br />

sean los únicos enseñados en las aulas. Ello permitirá conocer ese genio<br />

nacional hasta ahora callado y oculto, ese monumento magnífico que han<br />

construido las leyes primordiales y las costumbres patrias, cuyo abandono<br />

“nos trajo duros males”. ¿Significa eso abandonar el derecho romano? Ni<br />

mucho menos. Lo que sucede es que ese orden antiguo debe ser consultado<br />

“por gala” y “no con preferencia”, erradicando la práctica de antaño,<br />

mezcla de error y de capricho. Todo lo cual conducirá a la creación de un<br />

alumnado más ilustrado, más sabio y más libre. Concluido el discurso y<br />

ante el desengaño que el joven Andrés ha sufrido, éste pide un poco de<br />

silencio y de tiempo para la reflexión. Tras un plazo prudente, acepta el<br />

consejo y pregunta dónde se explica ese derecho nacional. El autor lo<br />

lleva hasta la clase “en que se estudia con gran provecho”, la cátedra de<br />

Jurisprudencia del Real Colegio Seminario de San Carlos y de San Am-<br />

lector de la cátedra de Prima de Cánones, continuó sus estudios en España. Los cargos<br />

que desempeñó son innumerables: fundador de la Real Sociedad Patriótica, diputado en<br />

las Cortes, síndico perpetuo del Real Consulado de Agricultura y Comercio, consejero de<br />

Indias, miembro de la Junta para la Pacificación de las Américas, académico de la Real<br />

Academia de Derecho Patrio y Común de Madrid, marqués de la Gratitud, cruz de Isabel<br />

La Católica, entre otros muchos. Véase Pezuela, J. de la, op. cit., nota 42, t. I, pp. 32-36;<br />

y Calcagno, F., op. cit., nota 40, pp. 49-57. Sobre el mismo, véase el magnífico trabajo de<br />

Beatriz Bernal, Cuba: fundamentos de la democracia. Antología del pensamiento liberal<br />

cubano desde fines del siglo XVIII hasta fines del siglo XX, compilación y estudio introductorio<br />

de Beatriz Bernal, Madrid, Fundación Liberal José Martí, 1994, 1994, pp. 23-42<br />

y pp. 45 y ss., para el mencionado Arango.<br />

55 Tercetos núms. 137-140: “Entonces sí, que sin tan falsa guía / de Astrea oirás dignísimas<br />

lecciones / con fruto tuyo y de la patria un día: / Entonces desearás, no en los<br />

centones / que el pedantismo compiló, enredarte, / sino hacer de principios deducciones,<br />

/ y más firme en tus luces apoyarte, / que no siguiendo el rancio magisterio, / en Javoleno<br />

o Celso asegurarte. / Hoy goza libre la razón su imperio, / y no las sutilezas con sus bases,<br />

/ sino el estudio de las ciencias serio”.

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