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Untitled - Revista Pensamiento Penal

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FAUSTINO MARTÍNEZ MARTÍNEZ<br />

un estilo poético rudimentario y elemental, ataca con dureza el sistema<br />

jurídico vigente, ese sistema jurídico en que la presencia del derecho romano<br />

seguía siendo esencial y basilar, no obstante su postergación en los<br />

sucesivos planes de estudio, que lo habían reducido a una sola asignatura.<br />

Pasemos ahora a la literatura.<br />

II<br />

La ampliación de los márgenes investigadores conduce a una mayor<br />

seguridad del conocimiento, a una mayor certeza —que es lo que se<br />

persigue en toda ciencia en última instancia—. Las advertencias que<br />

recientemente el profesor Nieto formula son claras en este sentido: no<br />

hay una verdad, ni una razón, sino múltiples que se combinan y armonizan<br />

entre sí. 41 El acceso al derecho no tiene que producirse necesaria y<br />

Julio Didot, con dedicatoria a Vives. La reimpresión que manejamos y que empleamos<br />

para la trascripción es realizada por la <strong>Revista</strong> General de Legislación y Jurisprudencia,<br />

con introducción y notas de Fermín Canellas Secades, catedrático de derecho civil de la<br />

Universidad de Oviedo, luego rector de la misma. Imprenta de la <strong>Revista</strong> de Legislación,<br />

Madrid, 1879. Así figura en Torres Campos, M., Bibliografía española contemporánea<br />

del derecho y de la política, 1800-1880: con tres apéndices relativos a la bibliografía<br />

extrajera sobre el derecho español, a la hispanoamericana y a la portuguesa-brasileña,<br />

Madrid, Librería de Fernando Fe, 1883-1897, p. 44, en el Apartado VI “Historia del Derecho”;<br />

C) Derecho español. 1. Derecho general y castellano; b) Obras doctrinales. Desde<br />

aquí quiero manifestar mi más profundo y sincero agradecimiento al profesor José María<br />

Coma Fort, de la Universidad Complutense de Madrid, quien me proporcionó el ejemplar<br />

indicado que ha servido de base para la construcción de este trabajo, hallado en una de<br />

sus múltiples pesquisas por las librerías de viejo, pasión ésta que compartimos.<br />

41 Cfr. Nieto García, A., Las limitaciones del conocimiento jurídico. Lección jubilar<br />

pronunciada en la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense el 12 de marzo<br />

de 2001, Madrid, Universidad Complutense, Facultad de Derecho, Servicio de Publicaciones,<br />

2001, pp. 49 y 50: “El peor de los pecados profesorales es, consecuentemente, el<br />

fundamentalismo. Las teorías fundamentalistas —nacidas en la soberbia del poder— no<br />

admiten su contingencialidad, su relatividad, la aparición de una crisis ni la posibilidad<br />

de su fin. A todo intento de reforma oponen su contrarreforma. No tienen interlocutores<br />

sino enemigos. No reconocen disidencias sino herejías. No se valen de jueces sino de<br />

alguaciles y verdugos. Yo entiendo, por el contrario, que en la Universidad cabemos<br />

todos y que la amicitia sapientiae a todos nos hermana. Esto no significa, sin embargo,<br />

admitir la cómoda doctrina del todo vale. No creo ciertamente que valga todo. En la<br />

doctrina jurídica hay grano y hay paja, hay profetas y falsos profetas, hay sabios y hay<br />

necios. Pero ¿quién puede arrogarse la suprema potestad de separar el grano de la paja, de<br />

arrancar las malas yerbas, de desenmascarar a los falsos profetas y de arrojar del templo<br />

a los mercaderes? ¿Es que puede establecerse una policía científica para censurar libros

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