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Untitled - Revista Pensamiento Penal

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SÁTIRA CONTRA LA PREDILECCIÓN DEL DERECHO ROMANO 339<br />

vencer al monarca de que la solución absolutista pasa por una necesaria<br />

intervención en todos los campos, ninguno de los cuales puede quedar al<br />

margen del sólido poder de un Estado en su máxima expresión. Pero aquí<br />

se hallaban los principales escollos: sectores hostiles al cambio, personajes<br />

y grupos reaccionarios, rigidez escolástica, escasa sensibilidad de<br />

numerosos claustros a la innovación y a disciplinas de tipo experimental,<br />

combinado con el abigarrado conjunto de privilegios (pontificios, episcopales,<br />

regios, municipales, etcétera) que presentaba la institución universitaria,<br />

determinaron el fracaso en primera instancia de los intentos de<br />

modificar el panorama de los estudios. Fracaso que se gestó y que vino<br />

motivado precisamente por el propio estamento de los docentes, los más<br />

refractarios a la modificación de un estilo de trabajo convencional. Fracaso<br />

que, sin embargo, no implicó ni la rendición, ni la claudicación del<br />

poder real y de los pensadores reformistas.<br />

La reforma no podía ser radical y tampoco revolucionaria. El camino<br />

a recorrer para la exaltación final del derecho regio pasaba por tres fases<br />

o etapas ineludibles, si se quería que el salto en el espacio no fuese<br />

mortal: una primera, de cohabitación para eludir la ruptura traumática, es<br />

decir, el estudio de ambos derechos, tratando de fijar las concordancias y<br />

diferencias entre el romano y el nacional; una segunda etapa, en la cual<br />

se pasaría al estudio directo de los textos legales patrios y, una tercera,<br />

implicaría ya la elaboración de manuales en los que se realizasen exposiciones<br />

de conjunto, globales, de las leyes nacionales. 23 La misma reivindicación,<br />

en una medida menos intensa, se va a predicar en relación con<br />

el derecho canónico y la búsqueda de una cierta coexistencia pacífica<br />

con un pretendido derecho nacional canónico-hispánico, tema que no nos<br />

ocupa porque la virulencia de tal enfrentamiento no fue parangonable a<br />

la lucha con Roma. El proceso se iniciará siguiendo este esquema ideal<br />

trazado en tres momentos sucesivos, aunque un problema surgía a la hora<br />

de proceder a la clara identificación de ese derecho patrio que se debatía<br />

en el positivo y el histórico, es decir, entre un derecho que pugnaba por<br />

hacerse un hueco dentro de los compendios legislativos al uso, por ser<br />

aplicado y un derecho que, al mismo tiempo, no podía negar, ni ocultar su<br />

procedencia medieval en muchos casos. Lo primero que había que hacer,<br />

una vez obtenido el triunfo, era recuperar, reformular y sistematizar ese<br />

derecho de tradición histórica porque nada se había hecho al respecto. No<br />

se había cultivado como tal, salvo contadas excepciones, el conocimiento<br />

23 Ibidem, p. 325.

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