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Untitled - Revista Pensamiento Penal

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216<br />

FAUSTINO MARTÍNEZ MARTÍNEZ<br />

lo preceptuado, de lo validado, de lo contenido. Pérez-Prendes postula<br />

la existencia de tres modalidades de defensa: la resistencia, la reacción<br />

o defensa institucional (verbigracia los procesos forales aragoneses) y,<br />

finalmente, las religiosas, “imprecaciones violentas, frecuentemente maldiciones<br />

para el otorgante, el beneficiario o el eventual perturbador que se<br />

atreviesen a violar lo prometido”. 86 Es este catálogo de desgracias futuras<br />

el que nos mueve a realizar este vaciado de la documentación medieval,<br />

fijando como límite los convencionalmente admitidos siglos XII y XIII,<br />

siglos ricos en cambios, en orígenes y en gestaciones de nuevas realidades<br />

jurídicas agrupadas bajo la denominación única de derecho común.<br />

La finalidad del presente trabajo es, pues, observar, aglutinar, examinar,<br />

cómo se realiza en todos los textos consultados (los más relevantes<br />

a nuestro juicio) el manejo de la terminología bíblica, su conexión con<br />

la realidad jurídica, el por qué de esas referencias o mensajes bíblicos,<br />

el valor como apólogo, como prontuario moral de los ejemplos que se<br />

ponen en aquellos momentos finales de la documentación para impetrar<br />

en el alma de los creyentes, destinatarios de las mismas normas jurídicas<br />

en cuanto que integrantes de esa suprema comunidad jurídica, al<br />

cumplimiento de todos y cada uno de los extremos contenidos en la do-<br />

se, Facultad de Derecho-Servicio de Publicaciones, 2004, t. I, pp. 187-190. Con mayor<br />

profundidad, insistiendo en el perfil simbólico de los documentos y de sus elementos<br />

constitutivos, véase Sáez, C., “Documentos para ver, documentos para leer”, AEM, núm.<br />

29, 1999, pp. 815-899; y del mismo “El signo como emblema”, AEM, vol. 33, núm. 1,<br />

2003, pp. 339-363, con abundante bibliografía. Una reflexión general sobre la simbología<br />

y el lenguaje del derecho puede consultarse en Radbruch, G., Introducción a la filosofía<br />

del derecho, México, Fondo de Cultura Económica, 1997, pp. 134-152, bajo la rúbrica<br />

“La estética del derecho”, con especiales indicaciones bibliográficas en pp. 144 y 152.<br />

86 Cfr. Pérez-Prendes, J. M., “Derechos y libertades en la Edad Media”, en AA. VV.,<br />

Derechos y libertades en la Historia, Valladolid, Universidad de Valladolid, Secretariado<br />

de Publicaciones e Intercambio Editorial, 2003, p. 38, pequeña contribución escrita con<br />

la maestría de siempre, con la clara conceptualización de lo jurídico, la perfecta exposición<br />

paulatina de los elementos que forman desde fuera del derecho el derecho mismo,<br />

y la claridad histórica de la terminología empleada, cosa que no sucede con otro trabajo<br />

coetáneo dedicado a exportar sin el menor rubor científico palabras de nuestro siglo y lo<br />

que con ellas conlleva a los dificultosos territorios del Medievo. Cfr. Pérez Marcos, R.<br />

M., “Los derechos humanos hasta la Edad Moderna”, en Gómez Sánchez, Y. (coord.),<br />

Pasado, presente y futuro de los derechos humanos, México, Comisión Nacional de los<br />

Derechos Humanos, 2004, pp. 29-60. El lector avispado podrá comprobar la diferencia<br />

de trato y de respeto que media entre un hombre culto y una persona aficionada a la cultura,<br />

y se decantará claramente por el primero de ellos, salvo que medien otros intereses<br />

fuera de los puramente intelectuales.

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