Plan PMO - Unión Personal
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Instruc tivo<br />
Otras prácticas de mediana y alta complejidad, deben autorizarse en las Agencias de Atención habilitadas, desde donde serán direccionados<br />
a los centros correspondientes.<br />
Cuando el estado del paciente requiera que se le efectuen los exámenes diagnósticos en su domicilio, el médico deberá dejar constancia<br />
de tal situación en la orden, indicando “a domicilio”. Esta orden deberá autorizarse en las Agencias de Atención.<br />
El sistema prestacional es cerrado. Carecen de validez las órdenes emitidas por médicos e instituciones que no pertenezcan a esta cartilla<br />
médica.<br />
La siguiente solicitud será evaluada por Auditoria Médica:<br />
- Las prestaciones requeridas por casos de tuberculosis, HIV(+), peritransplantes, discapacidad, etc., requieren autorización previa de<br />
la Obra Social y derivación a los Centros de Diagnóstico a través de las Agencias de Atención.<br />
Los exámenes complementarios de diagnóstico que se detallan a continuación cuentan con sus correspondientes co-seguros:<br />
Laboratorio exámenes de Baja Complejidad<br />
Laboratorio exámenes de Alta Complejidad<br />
Prácticas de Baja complejidad<br />
Prácticas de Alta complejidad<br />
Prácticas de Kinesiologia y Fonoaudiología<br />
Nota: Se encuentran eximidas del pago de co-seguro las prácticas de Papanicolaou, Colposcopía, <strong>Plan</strong> Materno Infantil (P.M.I.),<br />
Oncología, Hemodiálisis y Prácticas en internación.<br />
• Internaciones<br />
En caso de una Internación Programada (no de urgencia), la Orden de Internación debe ser tramitada en cualquiera de las Agencias de<br />
Atención. Para obtener dicha orden debe presentar la credencial y la solicitud del médico tratante.<br />
Si la internación fuera de Urgencia (no programada), la Orden de Internación deberá tramitarse en cualquiera de las Agencias de Atención<br />
el primer día hábil siguiente o bien podrá hacerla la misma Institución vía fax.<br />
Recuerde: en toda internación existen gastos no cubiertos (extras, acompañantes de pacientes mayores de 15 años). Unicamente sobre<br />
estos gastos, la institución le podrá solicitar un anticipo a cuenta en concepto de garantía, el cual le será devuelto al egreso, en su<br />
totalidad, si no fue utilizado.<br />
Instructivo - 9