Plan PMO - Unión Personal
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Instruc tivo • Atención Ambulatoria 8 - Instructivo Elección del Médico Clínico Coordinador y Pediatra Coordinador El afiliado deberá elegir un médico Coordinador en el momento de su afiliación y podrá reemplazarlo si así lo desea, hasta dos veces en el año. Recuerde que por las características de este plan, usted deberá siempre referirse en primer término a su Médico Clínico o Pediatra Coordinador, quien además de llevar su Historia Clínica personal, lo derivará -si así fuera necesario- al médico especialista. Usted podrá consultar sin necesidad de dicha derivación, a los Médicos de Acceso Directo. Consultas Médicas Ambulatorias Los afiliados que necesiten atención médica programada, se comunicarán directamente con su Médico Clínico o Pediatra Coordinador con quien concertarán el turno. Consulta al Médico de Acceso Directo (Ginecólogo - Obstetra - Oftalmólogo - Oftalmólogo Infantil) El afiliado podrá recurrir directamente al profesional sin la derivación de su Médico Clínico o Pediatra Coordinador. Le hacemos saber que el Médico Ginecólogo y/u Obstetra podrá derivarlo a otro especialista, en caso de ser necesario. No así el Médico Oftalmólogo, debiendo para ello recurrir al Clínico o Pediatra Coordinador. Consultas al Especialista Su Médico Clínico Coordinador, Pediatra Coordinador o de Acceso Directo (Ginecólogo u Obstetra) le otorgará, cuando así lo considere un - Pedido de Interconsulta - con el Médico Especialista, debiendo concurrir a la consulta con la mencionada derivación. Co-seguros: Todas las consultas médicas ambulatorias abonarán el co-seguro correspondiente. Recuerde: Previo a la consulta deberá abonar el correspondiente co-seguro al Profesional tratante. Aviso: Concurra al consultorio con la credencial, el documento de identidad y en caso de los especialistas con el pedido de interconsulta. • Exámenes Complementarios de Diagnóstico Todas las prácticas y estudios que se enumeran en la presente cartilla no requieren autorización. Concurra directamente al profesional o institución reservando turno previamente y solicitando las indicaciones correspondientes, con su credencial, DNI y la orden del médico tratante donde conste diagnóstico. La validez de la prescripción es de 30 días.
Instruc tivo Otras prácticas de mediana y alta complejidad, deben autorizarse en las Agencias de Atención habilitadas, desde donde serán direccionados a los centros correspondientes. Cuando el estado del paciente requiera que se le efectuen los exámenes diagnósticos en su domicilio, el médico deberá dejar constancia de tal situación en la orden, indicando “a domicilio”. Esta orden deberá autorizarse en las Agencias de Atención. El sistema prestacional es cerrado. Carecen de validez las órdenes emitidas por médicos e instituciones que no pertenezcan a esta cartilla médica. La siguiente solicitud será evaluada por Auditoria Médica: - Las prestaciones requeridas por casos de tuberculosis, HIV(+), peritransplantes, discapacidad, etc., requieren autorización previa de la Obra Social y derivación a los Centros de Diagnóstico a través de las Agencias de Atención. Los exámenes complementarios de diagnóstico que se detallan a continuación cuentan con sus correspondientes co-seguros: Laboratorio exámenes de Baja Complejidad Laboratorio exámenes de Alta Complejidad Prácticas de Baja complejidad Prácticas de Alta complejidad Prácticas de Kinesiologia y Fonoaudiología Nota: Se encuentran eximidas del pago de co-seguro las prácticas de Papanicolaou, Colposcopía, Plan Materno Infantil (P.M.I.), Oncología, Hemodiálisis y Prácticas en internación. • Internaciones En caso de una Internación Programada (no de urgencia), la Orden de Internación debe ser tramitada en cualquiera de las Agencias de Atención. Para obtener dicha orden debe presentar la credencial y la solicitud del médico tratante. Si la internación fuera de Urgencia (no programada), la Orden de Internación deberá tramitarse en cualquiera de las Agencias de Atención el primer día hábil siguiente o bien podrá hacerla la misma Institución vía fax. Recuerde: en toda internación existen gastos no cubiertos (extras, acompañantes de pacientes mayores de 15 años). Unicamente sobre estos gastos, la institución le podrá solicitar un anticipo a cuenta en concepto de garantía, el cual le será devuelto al egreso, en su totalidad, si no fue utilizado. Instructivo - 9
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Instruc tivo<br />
• Atención Ambulatoria<br />
8 - Instructivo<br />
Elección del Médico Clínico Coordinador y Pediatra Coordinador<br />
El afiliado deberá elegir un médico Coordinador en el momento de su afiliación y podrá reemplazarlo si así lo desea, hasta dos veces en el año.<br />
Recuerde que por las características de este plan, usted deberá siempre referirse en primer término a su Médico Clínico o Pediatra Coordinador,<br />
quien además de llevar su Historia Clínica personal, lo derivará -si así fuera necesario- al médico especialista.<br />
Usted podrá consultar sin necesidad de dicha derivación, a los Médicos de Acceso Directo.<br />
Consultas Médicas Ambulatorias<br />
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concertarán el turno.<br />
Consulta al Médico de Acceso Directo (Ginecólogo - Obstetra - Oftalmólogo - Oftalmólogo Infantil)<br />
El afiliado podrá recurrir directamente al profesional sin la derivación de su Médico Clínico o Pediatra Coordinador.<br />
Le hacemos saber que el Médico Ginecólogo y/u Obstetra podrá derivarlo a otro especialista, en caso de ser necesario. No así el Médico Oftalmólogo,<br />
debiendo para ello recurrir al Clínico o Pediatra Coordinador.<br />
Consultas al Especialista<br />
Su Médico Clínico Coordinador, Pediatra Coordinador o de Acceso Directo (Ginecólogo u Obstetra) le otorgará, cuando así lo considere un - Pedido<br />
de Interconsulta - con el Médico Especialista, debiendo concurrir a la consulta con la mencionada derivación.<br />
Co-seguros:<br />
Todas las consultas médicas ambulatorias abonarán el co-seguro correspondiente.<br />
Recuerde: Previo a la consulta deberá abonar el correspondiente co-seguro al Profesional tratante.<br />
Aviso: Concurra al consultorio con la credencial, el documento de identidad y en caso de los especialistas con el pedido de interconsulta.<br />
• Exámenes Complementarios de Diagnóstico<br />
Todas las prácticas y estudios que se enumeran en la presente cartilla no requieren autorización. Concurra directamente al profesional o<br />
institución reservando turno previamente y solicitando las indicaciones correspondientes, con su credencial, DNI y la orden del médico<br />
tratante donde conste diagnóstico.<br />
La validez de la prescripción es de 30 días.