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gramas internacionales, así como un fondo estatal para educación ambiental y obtención de recursos. Meta. Establecer en primera instancia convenios de carácter ambiental en materia de la educación y capacitación para el desarrollo sustentable de los recursos naturales de Nuevo León. Estrategia. Establecer convenios de cooperación y apoyo financiero tanto con los países que México ha establecido compromisos internacionales, como con instituciones educativas de todos los niveles. III. Acciones programáticas El comité interdisciplinario que se conforme para el seguimiento de este Programa deberá definir los alcances a corto, mediano y largo plazos y los mecanismos de financiamiento. Los subcomités de trabajo plantearán las acciones de manera programática. III. 1. La educación formal básica, media y superior deberá: • Incrementar el conocimiento y uniformizar el marco conceptual y metodológico de la educación ambiental en todos los niveles escolares de la educación formal. Lo anterior con la creación y establecimiento del programa permanente de formación y actualización docente en los aspectos de capacitación y educación ambiental. • Incorporar la educación ambiental en todos los niveles educativos del estado fundamentándose metodológicamente en la transversalidad curricular. • Crear y desarrollar materiales didácticos basados en la transversalidad, la continuidad y un marco de referencia que cree una metodología acorde a cada uno de los niveles y su integración. • Establecer un programa permanente de registro, certificación y evaluación para las personas físicas o morales involucradas en la educación y capacitación no formal. III. 2. La educación no formal deberá: • Crear e incorporar un programa de capacitación y comunicación educativa ambiental para las unidades de gestión gubernamental –dependencias federales, estatales y municipales– así como organismos no gubernamentales y ciudadanía en general. • Formar un grupo de trabajo metropolitano de fomento a la cultura ambiental. • Integrar a los medios masivos de comunicación. • Fomentar la difusión de la legislación ambiental, la protección ambiental y los recursos naturales. • Promover la participación de jóvenes de distintos sectores de la sociedad y PLANES ESTATALES DE EDUCACIÓN, CAPACITACIÓN Y COMUNICACIÓN AMBIENTALES • NUEVO LEÓN 419

niveles educativos en acciones de educación, capacitación y comunicación que contemplan las dependencias ambientales como Geo Juvenil, Globe, la Carta de la Tierra, etc. • Crear un grupo interinstitucional con los organismos del sector ambiental como la Comisión Nacional del Agua, Comisión Nacional Forestal, Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, PROFEPA, SAGARPA, SEDESOL, SCT, Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, Comisión para la Cultura y las Artes, Turismo y los municipios, entre otros. Estas actividades programáticas serán desarrolladas por los subcomités que se integren para dar cumplimiento a este programa según lo establecido en el Acuerdo de Colaboración signado por los participantes, siendo la mesa directiva del comité la que dé seguimiento y se asegurará de mantenerlo actualizado. IV. Calendario Éste se presenta de manera trimestral y correrá a partir de la fecha en que inicien los trabajos. IV.1. La educación formal básica, media y superior • Incrementar el conocimiento y uniformizar el marco conceptual y metodológico de la educación ambiental. • Incorporar la educación ambiental basada metodológicamente en la transversalidad curricular. • Crear y desarrollar materiales didácticos. • Crear y establecer un programa permanente de registro, certificación y evaluación. IV.2. La educación no formal • Crear e incorporar un programa de capacitación y comunicación educativa ambiental para las unidades de gestión. • Formar un grupo de trabajo metropolitano de fomento a la cultura ambiental. • Integrar a los medios masivos de comunicación. • Fomentar la difusión de la legislación ambiental, la protección ambiental y los recursos naturales. • Promover la participación de jóvenes de distintos sectores de la sociedad. • Crear un grupo interinstitucional con los organismos del sector ambiental. V. Seguimiento y evaluación del programa La evaluación y seguimiento al programa estará a cargo de la mesa directiva del Comité y del encargado de cada mesa de trabajo, mediante reuniones periódicas, debiendo elaborar un reporte mensual de avances. 420 PLANES ESTATALES DE EDUCACIÓN, CAPACITACIÓN Y COMUNICACIÓN AMBIENTALES • NUEVO LEÓN

gramas internacionales, así como un fondo estatal para educación ambiental y<br />

obtención de recursos.<br />

Meta. Establecer en primera instancia convenios de carácter ambiental en<br />

materia de la educación y capacitación para el desarrollo sustentable de los<br />

recursos naturales de Nuevo León.<br />

Estrategia. Establecer convenios de cooperación y apoyo financiero tanto con<br />

los países que México ha establecido compromisos internacionales, como con<br />

instituciones educativas de todos los niveles.<br />

III. Acciones programáticas<br />

El comité interdisciplinario que se conforme para el seguimiento de este<br />

Programa deberá definir los alcances a corto, mediano y largo plazos y los<br />

mecanismos de financiamiento. Los subcomités de trabajo plantearán las<br />

acciones de manera programática.<br />

III. 1. La educación formal básica, media y superior deberá:<br />

• Incrementar el conocimiento y uniformizar el marco conceptual y<br />

metodológico de la educación ambiental en todos los niveles escolares de la<br />

educación formal. Lo anterior con la creación y establecimiento del programa<br />

permanente de formación y actualización docente en los aspectos de<br />

capacitación y educación ambiental.<br />

• Incorporar la educación ambiental en todos los niveles educativos del estado<br />

fundamentándose metodológicamente en la transversalidad curricular.<br />

• Crear y desarrollar materiales didácticos basados en la transversalidad, la<br />

continuidad y un marco de referencia que cree una metodología acorde a<br />

cada uno de los niveles y su integración.<br />

• Establecer un programa permanente de registro, certificación y evaluación<br />

para las personas físicas o morales involucradas en la educación y capacitación<br />

no formal.<br />

III. 2. La educación no formal deberá:<br />

• Crear e incorporar un programa de capacitación y comunicación educativa<br />

ambiental para las unidades de gestión gubernamental –dependencias federales,<br />

estatales y municipales– así como organismos no gubernamentales<br />

y ciudadanía en general.<br />

• Formar un grupo de trabajo metropolitano de fomento a la cultura ambiental.<br />

• Integrar a los medios masivos de comunicación.<br />

• Fomentar la difusión de la legislación ambiental, la protección ambiental y<br />

los recursos naturales.<br />

• Promover la participación de jóvenes de distintos sectores de la sociedad y<br />

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