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a la educación ambiental sea una garantía constitucional, de manera tal que se<br />

debe adicionar al artículo tercero fracción segunda inciso b, para quedar de la<br />

siguiente manera,<br />

DICE: Será nacional en cuanto que sin hostilidades y exclusivos se atenderá<br />

a la independencia económica de nuestro país al aprovechamiento de nuestros<br />

recursos;<br />

DEBERÁ DECIR: La protección de nuestros recursos naturales, la protección<br />

al ambiente y al equilibrio ecológico.<br />

Sociedad en general<br />

En las ciudades deberá presentarse particular interés a las acciones encaminadas<br />

a la construcción de una mejor calidad de vida, como mejorar la salud<br />

de los habitantes, promover el espíritu comunitario de apoyo, la vinculación<br />

con la naturaleza y no caer en los cuidados del ambiente apoyados con las normas<br />

dictadas con una sociedad de consumo.<br />

Fomentar la puesta en marcha de proyectos de educación ambiental, asociados<br />

a diversas actividades productivas, así como programas de restauración y<br />

conservación, sobre todo a nivel municipal.<br />

La educación ambiental en zonas rurales, deberá contribuir en la conservación<br />

y aprovechamiento racional de los recursos naturales, así como el mejoramiento<br />

de la calidad de vida de los habitantes, constituyéndose en un elemento<br />

que coadyuve al desarrollo socioeconómico y cultural de las comunidades.<br />

Sector Gobierno<br />

Para revertir los impactos ambientales negativos originados por las industrias,<br />

es necesario desarrollar programas educativos intensivos sobre: estudios de<br />

riesgo e impacto ambiental, reciclaje, reuso y reducción de desechos sólidos a<br />

nivel industrial y comercial; auditorias ambientales en los corredores industriales<br />

ubicados dentro del territorio estatal; control del manejo y disposición<br />

final de materiales, residuos y substancias peligrosos, gestión y legislación<br />

ambiental; salud ambiental; planeación, prevención y control de la contaminación<br />

en la mediana, pequeña y micro industria; evaluación de sitos altamente<br />

contaminados, monitoreo ambiental; reforestación y conservación de<br />

áreas ecológicas; formación de especialistas universitarios y de educadores<br />

ambientales, entre otros.<br />

En cuanto a la capacitación rural se hace necesario marcar un cambio en las<br />

pautas de reproducción y consumo, ya que el uso excesivo de agroquímicos,<br />

pesticidas y fungicidas provocan erosión. Es conveniente orientar los temas en<br />

esta área hacia el rescate de tecnologías tradicionales por su bajo impacto<br />

ambiental.<br />

También se propone la búsqueda de opciones de financiamiento y autogestión<br />

en materia de educación ambiental no formal para grupos y sectores<br />

prioritarios como son trabajadores y organizaciones gremiales, ya que éstos se<br />

encuentran inmersos en los procesos productivos industriales que deben ser<br />

PLANES ESTATALES DE EDUCACIÓN, CAPACITACIÓN Y COMUNICACIÓN AMBIENTALES • ESTADO DE MÉXICO 177

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