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microrregión 4: sola de vega - Secretaría de Desarrollo Social y ...

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2 Fundamentos <strong>de</strong> la planeación microrregional<br />

1. FUNDAMENTOS DE LA PLANEACIÓN MICRORREGIONAL<br />

1.1 Fundamento Jurídico<br />

El PED 2011 – 2016, establece la regionalización como el enfoque que <strong>de</strong>finirá la planeación en el estado, ante las<br />

disparida<strong>de</strong>s que presentan las diferentes regiones que lo conforman, ésta resulta una herramienta útil para<br />

facilitar la solución <strong>de</strong> problemas comunes en territorios que comparten características similares, y al mismo<br />

tiempo, promover y facilitar la integración <strong>de</strong> las mismas, particularmente en los aspectos económico, político y<br />

social.<br />

El reconocimiento a la importancia <strong>de</strong> la regionalización como herramienta <strong>de</strong> planeación y coordinación para las<br />

activida<strong>de</strong>s y políticas públicas, parte a nivel fe<strong>de</strong>ral <strong>de</strong>s<strong>de</strong> el artículo 115 <strong>de</strong> la Constitución Política <strong>de</strong> los Estados<br />

Unidos Mexicanos, en el que se señala la posibilidad <strong>de</strong> establecer convenios <strong>de</strong> colaboración y asociación tanto<br />

entre municipios como entre comunida<strong>de</strong>s; señala también entre las faculta<strong>de</strong>s <strong>de</strong> los mismos, la <strong>de</strong> participar en<br />

la formulación <strong>de</strong> planes <strong>de</strong> <strong>de</strong>sarrollo regional; con lo que se consolida la importancia <strong>de</strong> la participación municipal<br />

<strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> la planeación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>sarrollo, así como la necesidad <strong>de</strong> conformar regiones y microrregiones que<br />

favorezcan la generación <strong>de</strong> sinergias entre los propios municipios que les faciliten la gestión y el logro <strong>de</strong> objetivos<br />

comunes.<br />

Este mismo espíritu <strong>de</strong> impulso a la integración municipal y el fomento a la colaboración regional se mantiene en el<br />

artículo 113 <strong>de</strong> la Constitución Política <strong>de</strong>l Estado <strong>de</strong> Oaxaca, en el que se regula la libre asociación entre<br />

municipios, <strong>de</strong> acuerdo a sus filiaciones étnicas, históricas y territoriales; <strong>de</strong>scribe entre sus capacida<strong>de</strong>s la <strong>de</strong><br />

participar activamente en la elaboración <strong>de</strong> planes <strong>de</strong> <strong>de</strong>sarrollo regional, los cuales <strong>de</strong>ben alinearse a los planes<br />

generales en la materia, en este caso, el Plan Estatal <strong>de</strong> <strong>Desarrollo</strong>.<br />

Debe mencionarse que es tal la importancia <strong>de</strong>l municipio <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> la legislación estatal que <strong>de</strong>rivado <strong>de</strong>l artículo<br />

mencionado en el párrafo anterior, y para establecer sus competencias, faculta<strong>de</strong>s y <strong>de</strong>beres en las materias <strong>de</strong><br />

planeación, <strong>de</strong>sarrollo administrativo y servicios públicos, en la Ley <strong>de</strong> Planeación, <strong>Desarrollo</strong> Administrativo y<br />

Servicios Públicos Municipales, en su artículo 2 señala la facultad <strong>de</strong> los municipios <strong>de</strong> asociarse y coordinarse entre<br />

sí, o incluso con el Estado para la más eficaz prestación <strong>de</strong> los servicios y el mejor ejercicio <strong>de</strong> las funciones que les<br />

correspondan.<br />

Derivada <strong>de</strong> la misma Ley, referente a los planes municipales, el artículo 46 en sus fracciones V y VII señala la<br />

importancia <strong>de</strong> la congruencia entre éstos y los que se conformen a nivel estatal y regional, es por ello que como<br />

eje rector <strong>de</strong> los planes microrregionales se toma el PED 2011 – 2016.<br />

De esta manera, la planeación microrregional se fundamenta no sólo en materia legal sino particularmente como<br />

una forma <strong>de</strong> organización que permite la participación <strong>de</strong> los municipios en la planeación y gestión <strong>de</strong> las políticas<br />

públicas que les ayu<strong>de</strong>n a mejorar las condiciones <strong>de</strong> vida <strong>de</strong> la población, y al mismo tiempo, generar sinergias<br />

regionales que hagan más eficiente el uso <strong>de</strong> los recursos.

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