microrregión 4: sola de vega - Secretaría de Desarrollo Social y ...
microrregión 4: sola de vega - Secretaría de Desarrollo Social y ...
microrregión 4: sola de vega - Secretaría de Desarrollo Social y ...
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
2 Fundamentos <strong>de</strong> la planeación microrregional<br />
1. FUNDAMENTOS DE LA PLANEACIÓN MICRORREGIONAL<br />
1.1 Fundamento Jurídico<br />
El PED 2011 – 2016, establece la regionalización como el enfoque que <strong>de</strong>finirá la planeación en el estado, ante las<br />
disparida<strong>de</strong>s que presentan las diferentes regiones que lo conforman, ésta resulta una herramienta útil para<br />
facilitar la solución <strong>de</strong> problemas comunes en territorios que comparten características similares, y al mismo<br />
tiempo, promover y facilitar la integración <strong>de</strong> las mismas, particularmente en los aspectos económico, político y<br />
social.<br />
El reconocimiento a la importancia <strong>de</strong> la regionalización como herramienta <strong>de</strong> planeación y coordinación para las<br />
activida<strong>de</strong>s y políticas públicas, parte a nivel fe<strong>de</strong>ral <strong>de</strong>s<strong>de</strong> el artículo 115 <strong>de</strong> la Constitución Política <strong>de</strong> los Estados<br />
Unidos Mexicanos, en el que se señala la posibilidad <strong>de</strong> establecer convenios <strong>de</strong> colaboración y asociación tanto<br />
entre municipios como entre comunida<strong>de</strong>s; señala también entre las faculta<strong>de</strong>s <strong>de</strong> los mismos, la <strong>de</strong> participar en<br />
la formulación <strong>de</strong> planes <strong>de</strong> <strong>de</strong>sarrollo regional; con lo que se consolida la importancia <strong>de</strong> la participación municipal<br />
<strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> la planeación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>sarrollo, así como la necesidad <strong>de</strong> conformar regiones y microrregiones que<br />
favorezcan la generación <strong>de</strong> sinergias entre los propios municipios que les faciliten la gestión y el logro <strong>de</strong> objetivos<br />
comunes.<br />
Este mismo espíritu <strong>de</strong> impulso a la integración municipal y el fomento a la colaboración regional se mantiene en el<br />
artículo 113 <strong>de</strong> la Constitución Política <strong>de</strong>l Estado <strong>de</strong> Oaxaca, en el que se regula la libre asociación entre<br />
municipios, <strong>de</strong> acuerdo a sus filiaciones étnicas, históricas y territoriales; <strong>de</strong>scribe entre sus capacida<strong>de</strong>s la <strong>de</strong><br />
participar activamente en la elaboración <strong>de</strong> planes <strong>de</strong> <strong>de</strong>sarrollo regional, los cuales <strong>de</strong>ben alinearse a los planes<br />
generales en la materia, en este caso, el Plan Estatal <strong>de</strong> <strong>Desarrollo</strong>.<br />
Debe mencionarse que es tal la importancia <strong>de</strong>l municipio <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> la legislación estatal que <strong>de</strong>rivado <strong>de</strong>l artículo<br />
mencionado en el párrafo anterior, y para establecer sus competencias, faculta<strong>de</strong>s y <strong>de</strong>beres en las materias <strong>de</strong><br />
planeación, <strong>de</strong>sarrollo administrativo y servicios públicos, en la Ley <strong>de</strong> Planeación, <strong>Desarrollo</strong> Administrativo y<br />
Servicios Públicos Municipales, en su artículo 2 señala la facultad <strong>de</strong> los municipios <strong>de</strong> asociarse y coordinarse entre<br />
sí, o incluso con el Estado para la más eficaz prestación <strong>de</strong> los servicios y el mejor ejercicio <strong>de</strong> las funciones que les<br />
correspondan.<br />
Derivada <strong>de</strong> la misma Ley, referente a los planes municipales, el artículo 46 en sus fracciones V y VII señala la<br />
importancia <strong>de</strong> la congruencia entre éstos y los que se conformen a nivel estatal y regional, es por ello que como<br />
eje rector <strong>de</strong> los planes microrregionales se toma el PED 2011 – 2016.<br />
De esta manera, la planeación microrregional se fundamenta no sólo en materia legal sino particularmente como<br />
una forma <strong>de</strong> organización que permite la participación <strong>de</strong> los municipios en la planeación y gestión <strong>de</strong> las políticas<br />
públicas que les ayu<strong>de</strong>n a mejorar las condiciones <strong>de</strong> vida <strong>de</strong> la población, y al mismo tiempo, generar sinergias<br />
regionales que hagan más eficiente el uso <strong>de</strong> los recursos.