7. Solucionario
7. Solucionario
7. Solucionario
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
SEGUNDO BIMESTRE Guía didáctica: Ética<br />
9.1 El servicio en la práctica tributaria debe ser realizado con competencia profesional, integridad y<br />
objetividad. En todos los casos, sus servicios deben ser consistentes con la ley. Se puede resolver<br />
una duda a favor de la entidad auditada o empleador si existe soporte razonable para la posición.<br />
9.2 El contador deberá asegurarse de que la entidad auditada o el empleador estén conscientes<br />
de las limitaciones inherentes a la asesoría y a los servicios tributarios de manera que ellos no<br />
interpreten equivocadamente una expresión de opinión como la afirmación de un hecho.<br />
9.3 Un contador que realiza o asiste la preparación de una declaración de impuestos debe advertir<br />
a la entidad auditada o al empleador de que la responsabilidad respecto al contenido de la<br />
declaración es de dicha entidad auditada o empleador. El contador debe dar los pasos necesarios<br />
para asegurar que la declaración tributaria se prepara apropiadamente sobre la base de la<br />
información recibida y verificada.<br />
9.4 La asesoría o las opiniones tributarias de consecuencias importantes que se dan a una entidad<br />
auditada o empleador deben quedar en constancia por escrito a través de una carta o en un<br />
memorando para los archivos.<br />
9.5 Un contador no se debe asociar con ninguna declaración o comunicación en la cual exista<br />
evidencia de que:<br />
a) Contiene una declaración falsa o engañosa.<br />
b) Contiene declaraciones o información suministrada imprudentemente o sin el suficiente<br />
conocimiento de que sean verdaderas o no.<br />
c) Omite u oscurece información requerida y tales omisiones u oscurecimientos pueden ser<br />
un engaño a las autoridades tributarias.<br />
9.6 En la preparación de una declaración tributaria, el contador puede confiar normalmente en<br />
la información suministrada por la entidad auditada o empleador bajo el supuesto de que tal<br />
información parece razonable. Si una revisión y verificación de los documentos y otra evidencia<br />
que soporta la información, es necesaria, el contador debe exigir que dichos respaldos le sean<br />
presentados y verificarlos. Además, el contador debe: a) Hacer uso de las declaraciones de la<br />
entidad auditada correspondientes a los años anteriores, si es factible. b) Hacer las indagaciones<br />
razonables cuando la información presentada parezca incorrecta o incompleta. c) Hacer<br />
referencia a los registros de las operaciones del negocio.<br />
9.7 Cuando un contador que se entera de un error importante o de una omisión en una declaración<br />
tributaria correspondiente a un año anterior (con el cual el contador puede o no haber estado<br />
relacionado), o de la falta de presentación de una declaración tributaria requerida, el contador<br />
tiene la responsabilidad de:<br />
a) Avisar oportunamente a la entidad auditada o empleador sobre el error u omisión y<br />
recomendar que se haga esa revelación a las autoridades tributarias.<br />
b) Si la entidad auditada o empleador no corrige el error, el contador debe: Informar a la<br />
entidad auditada o empleador de que no es posible representarlo con respecto a esa<br />
declaración tributaria o a otra información relacionada que se haya presentado a las<br />
autoridades. Deberá considerar si continúa la relación con la entidad auditada o empleador<br />
en cualquier actividad que sea consistente con las responsabilidades profesionales.<br />
UNIVERSIDAD TÉCNICA PARTICULAR DE LOJA La Universidad Católica de Loja 117