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91728 ' r ' r - Comisión Federal de Competencia

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o Í<br />

L<br />

COMISION FEDERAL<br />

DE<br />

COMPETENCIA<br />

ezl9 7<br />

PLENO<br />

Resolución<br />

Baxter, S..d <strong>de</strong> C.V. y otros<br />

Expediente nrlmero 10-03-2006<br />

V. Si es posible <strong>de</strong>terminar participaciones <strong>de</strong> mercado con la información contenida en el<br />

oficio <strong>de</strong> probable responsabiüdad.<br />

a) La información que presenta el oficio <strong>de</strong> probable responsabilidad no permite verificar el<br />

cálculo <strong>de</strong> estas participaciones <strong>de</strong> mercado, ya que todo el análisis que se presenta es<br />

respecto a los precios promedio simple ofrecidos al IMSS y en ningún momento se<br />

presentan las cantida<strong>de</strong>s vendidas en cada licitación y a cada precio.<br />

La <strong>Comisión</strong> no menciona el objetivo <strong>de</strong> presentar esta tabla ni <strong>de</strong>riva conclusión <strong>de</strong> ella.<br />

Sin anbargo, si lo que se <strong>de</strong>sea es probar que las participaciones <strong>de</strong> mercado fueron<br />

similares y estables para cada uno <strong>de</strong> los participantes, la tabla 7 no contiene información<br />

necesaria para acreditar este hecho:<br />

r No es posible observar si durante ese periodo existieron variaciones en las<br />

participaciones <strong>de</strong> cada €mpresa, y<br />

r Las participaciones <strong>de</strong> las empresris cuestionadas en el oficio <strong>de</strong> probable<br />

responsabilidad presentan diferencias sustanciales al ser <strong>de</strong>l l9yo,20oA,28% y<br />

29% (dieaocho, veinte, veintiocho y veintinueve por ciento).<br />

Como lo indican las tablas 7 y 30<strong>de</strong>l oficio <strong>de</strong> probable responsabilidad, la participación estri<br />

calculada con base en el total <strong>de</strong>l importe ganado por cada postor en las licitaciones investigadas.<br />

En la primera tabla se observa que tan sólo los cuatro principales ganadores obtienen el SSW<br />

(noventa y cinco por ciento) <strong>de</strong>l importe total licitado; en tanto que la segunda tabla muestra que<br />

sólo tres participantes obtienen 93Yo (noventa y tres por ciento). El oficio <strong>de</strong> probable<br />

responsabilidad muestra cómo en ambos casos los respectivos participantes obtienen<br />

pnícticamente el total <strong>de</strong>l importe licitado en las licitaciones <strong>de</strong>l IMSS investigadas. Con ello se<br />

prueba que sí se pue<strong>de</strong>n calcular las participaciones y las tablas tienen un objetivo y conclusión.<br />

El perito no muestra que la existencia <strong>de</strong> variaciones en las participaciones lleve a conclusiones<br />

diferentes. De cualquier modo, el hecho <strong>de</strong> que sólo estas empresas obtengan casi la totalidad <strong>de</strong>l<br />

importe licitado durante el periodo investigado, conjuntamente con la similitud <strong>de</strong> su<br />

comportamiento, la alternancia <strong>de</strong> ganadores y per<strong>de</strong>dores, la coinci<strong>de</strong>ncia en las posiciones<br />

ganadoras y per<strong>de</strong>doras; y la evi<strong>de</strong>ncia <strong>de</strong> comunicación entre ellas, es lo que <strong>de</strong>muestra un<br />

probable comportamiento coordinado.<br />

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