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91728 ' r ' r - Comisión Federal de Competencia

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COMISION FEDERAL<br />

DE<br />

COMPETENCIA<br />

PLENO<br />

Resolución<br />

Baxter, S.A. <strong>de</strong> C.V. y otros<br />

Expediente número 10-03-2006<br />

recordarse que la transparencia <strong>de</strong> dicha informacíón ha sido incluso consagrada en la<br />

propia Constitución Política <strong>de</strong> los Estados Unidos Mexicanos, por lo que su<br />

conocímiento y el hecho <strong>de</strong> que entre empresas compartan ücha información, no pue<strong>de</strong><br />

consi<strong>de</strong>rarse ílegal o ser suficiente para inferir válidamente la existencia <strong>de</strong> actos<br />

ilegales, sobre todo caando incluso tal circunstancia en realidad evüa la necesidad <strong>de</strong><br />

acuerdos para mantener, como se ha dicho, participaciones <strong>de</strong> mercado y precios más o<br />

menos estables por cada empresa o persona ínvolucrada en un mercado.<br />

"<br />

La manifestación anterior constituye una confesión expresa en términos <strong>de</strong>l artículo 95 <strong>de</strong>l CFPC<br />

y tiene valor pleno en contra <strong>de</strong> Baxter, <strong>de</strong> conformidad con los artículos 96, 197 y 200 <strong>de</strong>l<br />

mismo or<strong>de</strong>namiento legal, toda vez que fue formulada por su representante legal, quien cuenta<br />

con po<strong>de</strong>r General para Pleitos y Cobranzas así como con cláusula especial para articular y<br />

absolver posiciones, <strong>de</strong> confor,midad al inskumento público número cuarenta y tres mil<br />

seiscientos dieciocho, mismo que consta en el expediente a folios 5672 a 5704.""'<br />

Por tanto, queda acreditado que, no existiendo razón <strong>de</strong> ser alguna" Baxter intercambiaba<br />

información relacionada con los fallos <strong>de</strong> las licitaciones públicas y mantenía constante<br />

comunicaqión con sus competidores, en relación a las licitaciones públicas <strong>de</strong>l IMSS, a pesar <strong>de</strong><br />

que ésta fuera información pública y cualquiera <strong>de</strong> las.empresas participantes pudo haber tenido<br />

acceso a ésta información medianüe Internet.<br />

Finalmente, tambien existe evi<strong>de</strong>ncia económica que sugiere la imposibilidad <strong>de</strong> que los patrones<br />

en las licitaciones se <strong>de</strong>ban a un comportamiento individual <strong>de</strong> las emplazadas. Dicho análisis<br />

ec¡nómico, contenido en el oficio <strong>de</strong> probable responsabilidad, estudió y explicó el<br />

comportamiento <strong>de</strong> las posturas presentadas por las empresas anplazadas durante el período<br />

investigado.<br />

Ese estudio prueba que el compodamiento <strong>de</strong> las ernplazadas no correspon<strong>de</strong> a un mercado<br />

competitivo, pues es prácticamente imposible que los patrones analizados en el presente oficio se<br />

<strong>de</strong>ban al comportamiento individual <strong>de</strong> dichas empresas. Por el contrario, la evi<strong>de</strong>ncia económica<br />

correspon<strong>de</strong> a la intención <strong>de</strong> los agentes económicos <strong>de</strong> concerta¡, establecer o coordinar<br />

posturas <strong>de</strong> licitaciones entre ellos.<br />

Así, la existencia <strong>de</strong> los canales <strong>de</strong> comunicación, la comunicación efectiva que se dio entre las<br />

emplazadas en periodos c€rcanos a las licitaciones y la evi<strong>de</strong>ncia <strong>de</strong> carácter económico<br />

<strong>de</strong>muestran que el comportamiento <strong>de</strong> dichas empresas no corespon<strong>de</strong> a un comportamiento<br />

individual, sino que constituyen elementos para formar el juicio <strong>de</strong> esta autoridad, siempre a la<br />

luz <strong>de</strong> diversos elementos probatorios que, adminiculados entre sí, posibiliten a esta autoiidad<br />

. 2rr<br />

Otorgaclo el siete <strong>de</strong> noviernbre <strong>de</strong> dos mil seis anle la f€ <strong>de</strong>l licenciado José Maria Morer¿ Go¡¿álcz, Nota¡io Público númem ciento áos <strong>de</strong>l<br />

\ rr n Distrifo Fe<strong>de</strong>r¿I,<br />

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