06.01.2013 Views

91728 ' r ' r - Comisión Federal de Competencia

91728 ' r ' r - Comisión Federal de Competencia

91728 ' r ' r - Comisión Federal de Competencia

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

(<br />

W<br />

COMISION FEDERAL<br />

DE<br />

COMPETENCIA<br />

L' ,<br />

PLENO<br />

Resolución<br />

Baxter, S.A. <strong>de</strong> C.V. y otros<br />

Expediente número 10-03-2006<br />

establecidos precisamente por la licitante. Continúa afirmando "... pues sus patrones<br />

muestran una alternancia entre ellos para ganar licitaciones al igual que disminuyen<br />

sólo ante factores que incrementan la competencia..." La anterior afirmación y<br />

razonamiento que preten<strong>de</strong> imputar la responsabilidad <strong>de</strong> mi representada carece <strong>de</strong><br />

fundamento pues, como se ha insistido, el precio fue <strong>de</strong>terminado por la misma entidad<br />

convocante, que la alternancia pue<strong>de</strong> <strong>de</strong>berse precisamente a la competencia <strong>de</strong> dicho<br />

mercado y es la misma <strong>Comisión</strong> la que advierte la participación <strong>de</strong> nuevos<br />

competidores, por lo que no pue<strong>de</strong> afirmar que no es un mercado competido, cuando<br />

existen cuando menos diez participantes reconocidos por la propia <strong>Comisión</strong> y un<br />

número mayor i<strong>de</strong>ntificado en el mercado.<br />

Son infundados los argumentos <strong>de</strong> Cryopharma, ya que el IMSS no estableció precios <strong>de</strong><br />

referencia en las adquisiciones <strong>de</strong> dos mil dos a dos mil seis, conforme a lo señalado por el<br />

IMSS en un oficio dirigido a la comisiónl83 en el que mencionó lo siguiente:<br />

"I-afgura <strong>de</strong><br />

precios máximos <strong>de</strong> referencía (...) "fue utílizada por el IMSS a partir <strong>de</strong> las licitaciones<br />

públicas realizadas en 2006 para el abasto <strong>de</strong> 2007, precisando que en las adquisiciones<br />

<strong>de</strong> 2002 a 2006, el Instítuto no <strong>de</strong>terminó precios máxímos <strong>de</strong> referencia. Es <strong>de</strong>cir, fue<br />

hasta el 8 <strong>de</strong> agosto <strong>de</strong> 2006 cuando el IMSS utílizó, en la mayoría <strong>de</strong> las licitacion"t ¡...¡<br />

dichos precios <strong>de</strong> referencia para la celebración <strong>de</strong> las licitaciones públicas (...) Asimismo,<br />

(...) el IMSS no celebruba durante el período comprendído entre enero <strong>de</strong> 2003 a julio <strong>de</strong><br />

2006 licítaciones con Ia Jígura <strong>de</strong> precios máximos <strong>de</strong> refereneia o cualquier concepto<br />

aruilogo (...,)<br />

" [Énfasis añadido].<br />

Por lo anterior, la comisión no pue<strong>de</strong> aten<strong>de</strong>r los argumentos vertidos por cryopharma<br />

sobre los "precios <strong>de</strong> referencia", 1,3 Qll€ el IMSS no utilizó los mis¡nos-para las<br />

adquisiciones <strong>de</strong>l dos mil dos a dos mil seis, y el período <strong>de</strong> investigación <strong>de</strong>l asunto que<br />

nos ocupa comprendió <strong>de</strong>l dos mil tres al dos mil seis, por tanto, es inatendible su<br />

argumento.<br />

Por otro lado, son inoperantes los argumentos referentes a que esta <strong>Comisión</strong> pasa por alto<br />

el hecho <strong>de</strong> que los precios a los que se licita en el Sector Salud son menores que aquéllos<br />

prevalecientes en el Sector Privado, esto es así, ya que esta información es irrelevanti para<br />

el presente caso.<br />

Asimismo, son infundadg! los argumentos referentes a que las cifras en las que se basá<br />

esta <strong>Comisión</strong> para llegar a las conclusiones no se dieron a conocer a Cryopharma, esto es<br />

falso, ya que las cifras existen en el oficio <strong>de</strong> probable responsabilidu¿ "o-á pu"¿"<br />

observarse <strong>de</strong> las fojas 66 ala76 referente a las claves 1050 v 1031.<br />

o<br />

,\,.+<br />

tE3<br />

Fojas 91555 a las 9155? d€l expediente.<br />

\J,<br />

327<br />

32{t54

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!