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91728 ' r ' r - Comisión Federal de Competencia

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(<br />

7 \,\<br />

319i:?<br />

PLENO<br />

Resolución<br />

Baxter, S.A. <strong>de</strong> C.V. y otros<br />

Expediente nrimero 10-03-2006<br />

En efecto, la ausencia <strong>de</strong> una tabla que exponga un comparativo <strong>de</strong> los precios que<br />

resultaron ganadores <strong>de</strong> las licitaciones con los precios internacionales, no modifica en<br />

nada el análisis económico <strong>de</strong> las posturas <strong>de</strong> las emplazadas plasmado en el oficio <strong>de</strong><br />

probable responsabilidad y mediante el cual se observó que la igualdad <strong>de</strong> posturas<br />

ganadoras y per<strong>de</strong>doras en las licitaciones presentadas por los emplazados, junto con un<br />

alto margen <strong>de</strong> ganancias, revelan que, pese a tener la capacidad <strong>de</strong> ofrecer precios más<br />

competitivos y ejercer una verda<strong>de</strong>ra competencia en los procesos <strong>de</strong> licitaciór¡ no tuvieron<br />

la intención <strong>de</strong> competir y sí <strong>de</strong> coordinafse entre las empresas ahora ernplazadas.<br />

En cuanto a los <strong>de</strong>más arg¡mentos <strong>de</strong> Cryopharma, <strong>de</strong>be señalarse que es equivocado que<br />

la Gráfica I mostrada a foja 147 <strong>de</strong>l oficio <strong>de</strong> probable responsabilidad <strong>de</strong>ba contemplar<br />

los años que conforman el periodo investigado, ya que,lp atien<strong>de</strong>n a lo señalado en el<br />

oficio <strong>de</strong> probable responsabilidad que a su letra enuncia:"'<br />

"Como se veró mós a<strong>de</strong>lante, la informacün con Ia que cuenta estd <strong>Comisión</strong> permite concluir la<br />

. existencia <strong>de</strong> conduetas y hechos que probablemente actualiun la fraccíón IV <strong>de</strong>l artículo 9" <strong>de</strong> la<br />

LFCE en las licitaciones realizadas <strong>de</strong>s<strong>de</strong> dos mil tres hasta dos mil seis. Adicionalmente, esta<br />

autoridad se sirve <strong>de</strong> información <strong>de</strong> los años dos mil seis y dos mil siete que pemite contrastar el<br />

comportamíento <strong>de</strong> los agentes investigados a partir <strong>de</strong>l periodo en que ya no se registran las<br />

conductas mencionadas, y así reforzar el entendimiento <strong>de</strong> lo sucedído entre los eños dos mil tres<br />

y dos mil sek. "<br />

La intención <strong>de</strong> esa gráfrca, en coherencia con lo manifestado por el oficio <strong>de</strong> probable<br />

responsabilidad en la parte anteriormente transcrita, consiste en brindar un comparativo <strong>de</strong><br />

los años en los que se adürtió la probable existencia <strong>de</strong> la práctica monopólica absoluta y<br />

aquellos años en las que las condiciones <strong>de</strong>l mercado las obligaron a disolver el ciirtel, es<br />

<strong>de</strong>cir, <strong>de</strong>l comportamiento comprendido <strong>de</strong>l dos mil tres a dos mil siete, encontramos que<br />

fue entre dos mil cinco y dos mil seis, que el precio promedio en licitaciones para la<br />

insulina humana, presenta una caida más que obvia.<br />

por lo que hace al argumento <strong>de</strong> Fresenius, relativo al comparativo realizado en el<br />

documento intitulado "Comparaüvo <strong>de</strong> precios ofertados al IMSS vc. Precios promedio <strong>de</strong><br />

países <strong>de</strong> la UEt',r33 mismo que anexó en su contestación al oficio <strong>de</strong> probable<br />

iesponsabilidad, se le señala al emplazado que éste será valorado en el capítulo 6 <strong>de</strong> la<br />

presente resolución intitulado (V¡,ORIICIÓN Y ALCA¡ICE DE LAS PRUEBAS EN EL<br />

EXpEDIENTE<br />

', por lo que se analizará a <strong>de</strong>talle el presente argumento y en obvio <strong>de</strong> inútiles<br />

repeticiones, por economía procesal y dada la íntima relación que gUardan dichos<br />

argumentos se remite a ese pronunciamiento.<br />

'32 Fojas 30 y 3l <strong>de</strong>l oficio <strong>de</strong> probable responsabilidad i.' ' '<br />

r31 roho. ¡igos a 8?928 alei expediente. Modiante acue¡do <strong>de</strong>l veintisiete <strong>de</strong> mayo <strong>de</strong> dos mil nueve, dicln informacióo que ftre<br />

clasificada como confi<strong>de</strong>ncial en términos <strong>de</strong>l a¡tículo 3l bis, fracción II, <strong>de</strong> la LFCE<br />

200

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