06.01.2013 Views

91728 ' r ' r - Comisión Federal de Competencia

91728 ' r ' r - Comisión Federal de Competencia

91728 ' r ' r - Comisión Federal de Competencia

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

,O<br />

\,,111<br />

(/*-<br />

,. I I i,<br />

91912<br />

PLENO<br />

Resolucién<br />

Baxter, S.A. <strong>de</strong> C.V. y otros<br />

Expediente número 10-03-2006<br />

w) Se insiste en el hecho <strong>de</strong> que, no obstante que el periodo investigado corrió <strong>de</strong>l primero<br />

<strong>de</strong> enero <strong>de</strong>l dos mil dos al diecinueve <strong>de</strong> marzo <strong>de</strong>l dos mil nueve, esa <strong>Comisión</strong> <strong>de</strong><br />

manera arbitraria, injustificada y ten<strong>de</strong>nciosa, utTliza el periodo investigado a<br />

conveniencia, para tratar <strong>de</strong> justificar sus incorrectas manifestaciones, lo que acarrea<br />

perjuicio a mi mandante, señalada como probable responsable, resultando ten<strong>de</strong>ncioso<br />

el análisis.<br />

Este argumento resulta ¡Ig4¡p, ya que Cryopharma no dice <strong>de</strong> qué forma a su criterio<br />

se manipuló el periodo investigado, ni <strong>de</strong> qué forma se está katando para justificar el<br />

análisis económico plasmado en el oficio <strong>de</strong> probable responsabilidad, o cuáI es la<br />

afectación en su esferajurídica.<br />

Finalmente, no presenta información que <strong>de</strong>muestre que el incluir las licitaciones <strong>de</strong>l resto<br />

<strong>de</strong>l periodo <strong>de</strong> investigación modifique las conclusiones a las que anibó esta autoridad en el<br />

oficio <strong>de</strong> probable responsabilidad.<br />

Así las @sas, no basta con realizar meras manifestaciones. vagas, imprecisas y generales,<br />

sino que es necesaria su argumentación y comprobación para <strong>de</strong>svirtuar las imputaciones<br />

que esta autoridad le hizo al emplazado <strong>de</strong> manera presuntiva.<br />

Resultan aplicables por analogía al caso en concreto, la jurispru<strong>de</strong>ncia invocada<br />

anteriormente y cuyo rubro señala: "CONCEPTOS DE VIOLACIóN O AGRAVIOS. AUN<br />

CUANDO PARA L,,t PROCEDENCIA DE SU ESTUDIO BASTA CON EXPRESAR L.,4 CAASA DE<br />

PEDTR, ELLO NO IMPLTCA gUE LOS 0UEJOSOS O RECURnENTES SE LTMITEN A REALIZAR<br />

MERAS AFIRMACIONES SIN FUNDAMBNTO,,, la cual por economía procesal se tiene por<br />

transcrita como si alaletra se insertase en obvio <strong>de</strong> repeticiones innecesarias.<br />

x) De las manifestaciones anteriores, cabria preguntar a esa <strong>Comisión</strong>, enffe ofios:<br />

' Cuáles son los criterios, términos y condiciones utilizados para la evaluación <strong>de</strong><br />

los resultados <strong>de</strong>l conjunto <strong>de</strong> las licitaciones;<br />

¡ La evaluación y sus resultados se refieren a todos los medicamentos según<br />

fueron las razones para iniciar la investigación, o solamente a los sueros, o<br />

solamente a las insulinas, o solamente a las insulinas <strong>de</strong> la clave 1050, o<br />

solamente a las insulinas <strong>de</strong> la clave 1051, etcétera;<br />

' Por qué esa <strong>Comisión</strong> llevó a cabo dicha evaluación solamente a lo largo <strong>de</strong> gn<br />

año;<br />

. Por qué esa <strong>Comisión</strong> <strong>de</strong>terminó no realizar evaluaciones por todo el periédo,<br />

investigado; es <strong>de</strong>cir, <strong>de</strong>s<strong>de</strong> el primero <strong>de</strong> enero <strong>de</strong>l dos mil dos al nueve dq., ,<br />

marzo <strong>de</strong>l dos mil nueve; ...,.,,i:.,,.r:. i,. i,.r<br />

185

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!