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91728 ' r ' r - Comisión Federal de Competencia

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sl9(] 6<br />

PLENO<br />

Resolución<br />

Bafer, S.A. <strong>de</strong> C.V. y otros<br />

Expediente número 10-03-2006<br />

responsables implicaba que las empresas se tumaban roles <strong>de</strong> ganadores y per<strong>de</strong>dores en las<br />

licitaciones analizadas.<br />

Por otro lado, resulta falso que la <strong>Comisión</strong> no haya motivado en el oficio <strong>de</strong> probable<br />

responsabilidad sus conclusiones, ni que aarezca <strong>de</strong> sustento ante la ausencia <strong>de</strong><br />

documentos y pruebas, dado que en éste se explico el comportamiento que observó esta<br />

autoridad, los documentos que analizó y los elementos <strong>de</strong> convicción que se allegó durante<br />

la investigación. Todo lo anterior, sirve <strong>de</strong> soporte a los argumentos y razonamientos que<br />

explican la existencia <strong>de</strong> la práctica anticompetitiva que se les imputó <strong>de</strong> manera presuntiva<br />

y la forma en la que se üeron involucrados cada uno <strong>de</strong> los agentes económicos<br />

emplazados.<br />

En el oficio <strong>de</strong> probable responsabilidad claramente se analizó en sus capítulos<br />

"ANALtsts<br />

intitulados<br />

DEL CoMPoRTAMIENTo rlE LAs FosruRAs', *MEDros<br />

*AcRBDrracrón<br />

DE coMttNrcActóN" y<br />

un r,e pRAcaIcAs, cuál fue el comportamiento adoptado por cada uno <strong>de</strong><br />

los emplazados durante las licitaciones <strong>de</strong>l IMSS investigadas y señal-ó que, en particular en<br />

el apartado <strong>de</strong>nominado "Erístencia <strong>de</strong> un acuerdo con el objeto <strong>de</strong> estáblecer, concertar o<br />

coordinar posturas",t26 cr¡.il fue la evi<strong>de</strong>ncia económica <strong>de</strong> la existencia <strong>de</strong>l acuerdo, los<br />

medios y canales <strong>de</strong> comunicación que facilitaron el acuerdo colusorio entre las empresas y<br />

la forma en la que coordinaron sus posturas. Todos estos razonamientos se encuenran<br />

respaldados tanto en la información que proporcionó el IMSS, la que entregaron diversos<br />

agentes económicos en respuesta a los requerimientos <strong>de</strong> información y a las<br />

comparecencias <strong>de</strong>sahogadas durante la investigación.<br />

Luego entonces, a través <strong>de</strong>l estudio <strong>de</strong> todos esos elementos, en su conjunto y<br />

concatenados entre sí, es que la <strong>Comisión</strong> llegó a la conclusión <strong>de</strong> que existía la irobable<br />

comisión <strong>de</strong> \a práctica monopólica absoluta prevista en la fracción IV <strong>de</strong>l artículo 9' d" lu<br />

[,FCE. Para ello, esta autoridad elaboró su análisis a partir <strong>de</strong> hechos conocidos, como los<br />

fueron: la participación <strong>de</strong> las empresas en las licitaciones qu€ se investigaron, las posturas<br />

con las que participaron en las licitaciones celebradas por el IMSS, las lióitaciones ganadas<br />

y perdidas, las ¡euniones en las que interactuaban <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> la <strong>Comisión</strong> <strong>de</strong> Abasto <strong>de</strong> la<br />

CANIFARMA, la comunicación telefonica constante que intercambiaban los directivos<br />

encargados <strong>de</strong> elaborar las propuestas <strong>de</strong> la empresa o proporciona¡ la información para<br />

<strong>de</strong>terminarlas antes <strong>de</strong> la celebración <strong>de</strong> las licitasiooeJ "on el IMSS. Todos estos<br />

elementos, fueron concatenados con un nexo <strong>de</strong> causa-efecto, en el cual se observó una: . ,<br />

altemancia en las posturas vencedoras y per<strong>de</strong>doras con los mismos precios ofertados, pdra<br />

inferir que la causa <strong>de</strong> dicho comportamiento es la existencia <strong>de</strong> un aiuerdo colusorio. alrno<br />

'26 Fo¡as 185 a ";0"-"" o**"* r**nsabilidad.<br />

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