Newsflash: Edición Abril 2024
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<strong>Edición</strong> abril <strong>2024</strong><br />
En los casos en que, desde la entrada<br />
en vigor de la Constitución de 1991,<br />
era evidente que la disposición<br />
acusada resultaba contraria al texto<br />
superior.<br />
En el evento en que los alcances<br />
retroactivos del fallo son<br />
indispensables para asegurar la<br />
protección de derechos<br />
constitucionales abiertamente<br />
desconocidos.<br />
En aquellas circunstancias en las que<br />
el efecto retroactivo del fallo es<br />
imprescindible para sancionar una<br />
violación flagrante y deliberada de la<br />
Constitución.<br />
Por lo anterior, no se observa muy<br />
probable la obtención de un fallo que<br />
tenga efectos de retroactivos, teniendo<br />
en cuenta que, golpearía aún más el<br />
presupuesto nacional, no solo para las<br />
vigencias futuras, sino respecto a los<br />
años anteriores.<br />
Si bien la Corte Constitucional ha fallado<br />
de forma retroactiva sobre temas<br />
tributario en el pasado, esto no asegura<br />
que los contribuyentes puedan recuperar<br />
el impuesto correspondiente a los años<br />
gravables que hubiesen sido pagados<br />
antes de la declaratoria de<br />
inconstitucionalidad. En definitiva,<br />
debemos esperar por el fallo de la Alta<br />
Corte para revisar sus alcances y efectos<br />
sobre este asunto.<br />
NUESTROS<br />
COMITÉS<br />
Espacios de interacción y<br />
participación para los afiliados,<br />
agrupados por áreas de interés.<br />
En ese sentido, el impuesto al<br />
Tributario<br />
Laboral<br />
Bilingüismo<br />
patrimonio es conocido en el<br />
ordenamiento tributario y los elementos<br />
del tributo se mantienen similares con la<br />
legislación actual, el cambio principal<br />
que trae la Ley 2277 es que lo introduce<br />
Seguridad<br />
Gobernanza<br />
Agro<br />
de forma permanente en el tiempo y<br />
esto es una de las principales razones<br />
por las cuales se podría sustentar su<br />
inconstitucionalidad, teniendo en<br />
cuenta que resultaría fácilmente<br />
confiscatorio un impuesto indefinido<br />
Propiedad<br />
Intelectual<br />
Comercio<br />
Exterior<br />
Medio<br />
Ambiente<br />
sobre el patrimonio de las personas.<br />
En relación con los efectos adversos, es<br />
claro que una declaratoria de<br />
inconstitucionalidad y la reducción de la<br />
financiación del presupuesto general<br />
generaría una preocupación y presión<br />
fiscal adicional sobre el Gobierno.<br />
NIIF<br />
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