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bicentenario_2

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12/Cuadernos del <strong>bicentenario</strong> del Estado de México<br />

del Estado y el Congreso nombraría un Consejo integrado por un<br />

teniente que haría las veces de Gobernador en caso de muerte o<br />

renuncia del Titular, y cuatro personas más que serían sus consultores.<br />

Para ocupar los puestos de gobernador y teniente debían ser<br />

ciudadanos en el ejercicio de sus derechos ciudadanos, nacidos en<br />

territorio mexicano, mayores de 30 años y de “convenientes aptitudes<br />

para gobernar”. Fueron nombrados dos personajes para gobernadores,<br />

que no eran oriundos del Estado de México: Manuel Gómez<br />

Pedraza fue nombrado gobernador interino, nació en Querétaro, y<br />

Melchor Muzquiz, nombrado teniente, nació en Coahuila.<br />

Múzquiz había ejercido primero las funciones de jefe político<br />

superior interino de la provincia de México, una vez establecida la<br />

forma República Representativa Popular Federal fue teniente gobernador,<br />

después gobernador interino y finalmente gobernador<br />

constitucional.<br />

Así fue nombrado Manuel Gómez Pedraza como gobernador<br />

interino, Melchor Muzquiz como teniente, José Alejo Alegría, José<br />

Francisco Nava, Mariano Esteva y Pedro Verdugo como consejeros;<br />

a todos se les citó para hacer el juramento de obediencia ante el<br />

Congreso, lo mismo que todos los empleados, autoridades, corporaciones<br />

del Estado, tanto civiles como militares y eclesiásticas. El<br />

tratamiento del gobernador y del teniente, tanto en forma verbal<br />

como escrita, sería el de Excelencia. El Juramento decía:<br />

¿Reconocéis la soberanía e independencia del Estado de México,<br />

en orden a su gobierno interior, representada por su Congreso<br />

Constituyente elegido con arreglo al acta constitutiva y ley de<br />

convocatoria? Sí reconozco, ¿Juráis obedecer y observar las leyes<br />

y decretos que de él emanen? Sí juro. Si así lo hiciereis Dios os<br />

lo premie. Y si no el Estado os lo demande.<br />

El ejecutivo, además de aplicar y respetar las leyes emanadas<br />

tanto del Legislativo general como del local, debía cuidar y salvaguardar<br />

la religión católica, en su carácter de exclusiva en toda la<br />

nación, y para ello debía, entre otras tareas, pedir a los religiosos las<br />

listas de los libros impíos prohibidos por la Iglesia, y a las autoridades<br />

municipales vigilar que estos no circularan entre los habitantes de<br />

esta entidad, así como tampoco instrumentos e imágenes obscenas<br />

que atacaran la moral y las buenas costumbres, esto en atención a<br />

una circular emitida por el Ministerio de justicia y negocios eclesiásticos.<br />

El Estado Mexicano y la Iglesia Católica, Apostólica,<br />

Romana, además del ejército, eran los encargados de gobernar y<br />

salvaguardar la paz y la tranquilidad de los mexicanos, tanto material

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