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Explora Tarragona: un recorrido por sus comercios destacados y publireportajes exclusivos
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Usted pregunta...
¿QuéLey
dice la
sobre
Comunidades
las
de propietarios?
Álex Jerez Rodríguez
PLACAS SOLARES EN
COMUNIDADES DE
PROPIETARIOS
Lo primero que debemos tener en cuenta en este
sentido es que en Catalunya existe una Ley
propia que regula todo lo relacionado con los
edificios de vecinos: el Llibre V del Codi Civil
Català. Además, recientemente se han efectuado
algunas modificaciones al respecto, recogidas en el
Decret LLei 28/2021, promovido por la necesidad que
los edificios se adapten a los nuevos tiempos en
materias tan importantes como la transición energética.
Por lo tanto, tras esta modificación, se establece que
para aprobar los acuerdos relativos a la mejora de
eficiencia energética y los sistemas de energías
renovables es suficiente con la mayoría simple de los
propietarios que a su vez representen a la mayoría de
las cuotas de participación.
Otra de las modificaciones realizadas en el marco legal
para este tipo de instalaciones que una vez aprobadas
obligan a todos los propietarios, es para aquellos
vecinos que voten en contra, por posibles problemas
económicos. Se ha establecido un “techo protector”
cuando la repercusión del gasto total de las obras de
instalación de placas fotovoltaicas supera las tres
cuartas partes del presupuesto ordinario, en este caso
solo participaran y se beneficiaran los propietarios que
hayan votado a favor y participen en el gasto.
Instalar paneles en un edificio comunitario
Llegados a este punto, vamos a ponerlo todo mucho
más claro. A la pregunta si es posible instalar paneles
solares en un edificio comunitario la respuesta es sí,
tanto de forma comunitaria para reducir el gasto de los
elementos comunes (ascensor, iluminación, piscina,
etc) como de forma particular (un vecino colocando sus
placas en la cubierta del edificio) y en ambas
situaciones basta con el acuerdo o el permiso de la
mayoría de los propietarios.
En algunos casos no se podrá realizar la instalación si
no se cumplen unos requisitos mínimos como son la
tipología del edificio, el consumo eléctrico o
simplemente por la configuración del tejado, sombras,
etc… Para ello, un profesional del sector realizará un
estudio previo para ver la viabilidad de la instalación.
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