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Las prácticas colusorias horizontales<br />
son mecanismos de coordinación<br />
mediante los cuales dos o más<br />
empresas que ejercen entre sí presión<br />
competitiva en el mercado<br />
Existe abundante literatura sobre las condiciones necesarias para que prospere un<br />
cartel. De manera resumida, para su correcto funcionamiento los carteles necesitan<br />
comunicación efectiva, estabilidad externa e interna, y baja capacidad de detección. Esto<br />
significa que no existan personas externas que puedan amenazar el funcionamiento del<br />
cartel (estabilidad externa) y que los miembros del cartel tengan más incentivos para<br />
alinear su conducta que para desviarla (estabilidad interna).<br />
La estabilidad externa dependerá principalmente en la estructura del mercado: la<br />
cantidad de competidores efectivos (concentración) y las barreras de entrada que existan.<br />
Mientras menos competidores actuales y potenciales existan más probabilidades de<br />
éxito tiene un cartel. Si el mercado es contestado o competitivo, no sería rentable la<br />
estrategia del cartel.<br />
También es importante para los miembros de un cartel la estabilidad interna. Un<br />
miembro del cartel puede beneficiarse del incremento del precio de sus competidores,<br />
bajando el precio y apropiándose de todos los clientes. Para que esto no suceda es<br />
necesario que las empresas puedan monitorear y castigar a los miembros rebeldes que<br />
no cumplan con lo acordado.<br />
Este tipo de conductas pueden ser sancionados drásticamente por nuestra normativa.<br />
La principal consecuencia es una sanción pecuniaria.<br />
Como explico a continuación, los contratos de consorcio pueden ser el perfecto caballo<br />
de troya para infiltrar un cartel dentro de un procedimiento licitatorio.<br />
Idealmente, los competidores miembros del consorcio “de bien” son incapaces de ofertar el<br />
bien o servicio requerido de manera individual. Así, juntando su capacidad de producción o<br />
complementando su oferta a través de un consorcio, logran obtener la capacidad para satisfacer<br />
la demanda, del sector público o privado.<br />
Sin embargo, los consorcios pueden también ser el vehículo idóneo para establecer un cartel.<br />
A través de estos, las empresas establecen mecanismo para garantizar la estabilidad interna a<br />
la que me he referido. Por medio de este mecanismo pueden garantizarse que no competirán<br />
en un determinado proyecto o subasta. Por ejemplo, en lugar de participar en el proceso de<br />
contratación pública de manera separada (competidor A y competidor B), lo hacen a través de<br />
una sola oferta (Consocio AB), eliminando la competencia entre ellos.<br />
Además, a través de estos contratos pueden establecerse mecanismos para monitorear el<br />
comportamiento de los miembros en los mercados, generando la obligación de reportar<br />
información y designando personal de las empresas para este efecto. Pueden, de igual manera,<br />
establecerse sanciones entre las empresas que pueden ser ejecutables ante un órgano<br />
jurisdiccional o arbitral.<br />
Existen notables preocupaciones respecto a este tema por parte de entidades internacionales. La<br />
OECD ha establecido entre sus recomendaciones para la contratación pública, ser sumamente<br />
cautelosos con estas figuras, resaltando su potencial abuso por parte de cartelistas. 8 Para la<br />
Federal Trade Commission de Estados Unidos los consorcios constituyen un típico mecanismo<br />
de bid rigging. 9<br />
Para la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), autoridad de competencia colombiana,<br />
en el contexto de la compra pública, la continua participación a través de consorcios podría<br />
indicar la existencia de un cartel y ser una herramienta para coludirse, señala esta agencia:<br />
Si bien son figuras lícitas que han sido concebidas para la<br />
facilitación de esfuerzos entre los individuos o las empresas<br />
competidoras, en ocasiones pueden<br />
resultar un instrumento idóneo<br />
para prácticas anticompetitivas, en la<br />
medida en que son un escenario ideal para<br />
el intercambio de información por parte de los<br />
integrantes de los mismos. 10<br />
EL CONSORCIO COMO<br />
HERRAMIENTA DEL CARTEL<br />
En muchas ocasiones los miembros del consorcio son competidores y utilizan a esta<br />
figura para participar en un determinado proceso de contratación pública o para ofertar<br />
algún bien o servicio para el que exista demanda en el mercado.<br />
8 OECD. Guidelines for Fighting Bid Rigging in Public Procurement “Because joint bids can be a way to split profits among bid<br />
riggers, be particularly vigilant about joint bids by firms that have been convicted or fined by the competition authorities for collusion.<br />
Be cautious even if collusion occurred in other markets and even if the firms involved do not have the capacity to present separate<br />
bids.”<br />
9 FTC. Bid Rigging. https://www.ftc.gov/advice-guidance/competition-guidance/guide-antitrust-laws/dealings-competitors/bidrigging<br />
“Other bid-rigging agreements involve subcontracting part of the main contract to the losing bidders, or forming a joint<br />
venture to submit a single bid. ”<br />
10 Superintendencia de Industria y Comercio (Colombia). GUÍA PRÁCTICA COMBATIR LA COLUSIÓN EN LAS LICITACIONES.<br />
11 INDECOPI. Guía para Combatir la Concertación en las Contrataciones Públicas.. https://tinyurl.com/mr2z6x5p)<br />
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