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LawyersEC (Fifth Edition)

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Las prácticas colusorias horizontales<br />

son mecanismos de coordinación<br />

mediante los cuales dos o más<br />

empresas que ejercen entre sí presión<br />

competitiva en el mercado<br />

Existe abundante literatura sobre las condiciones necesarias para que prospere un<br />

cartel. De manera resumida, para su correcto funcionamiento los carteles necesitan<br />

comunicación efectiva, estabilidad externa e interna, y baja capacidad de detección. Esto<br />

significa que no existan personas externas que puedan amenazar el funcionamiento del<br />

cartel (estabilidad externa) y que los miembros del cartel tengan más incentivos para<br />

alinear su conducta que para desviarla (estabilidad interna).<br />

La estabilidad externa dependerá principalmente en la estructura del mercado: la<br />

cantidad de competidores efectivos (concentración) y las barreras de entrada que existan.<br />

Mientras menos competidores actuales y potenciales existan más probabilidades de<br />

éxito tiene un cartel. Si el mercado es contestado o competitivo, no sería rentable la<br />

estrategia del cartel.<br />

También es importante para los miembros de un cartel la estabilidad interna. Un<br />

miembro del cartel puede beneficiarse del incremento del precio de sus competidores,<br />

bajando el precio y apropiándose de todos los clientes. Para que esto no suceda es<br />

necesario que las empresas puedan monitorear y castigar a los miembros rebeldes que<br />

no cumplan con lo acordado.<br />

Este tipo de conductas pueden ser sancionados drásticamente por nuestra normativa.<br />

La principal consecuencia es una sanción pecuniaria.<br />

Como explico a continuación, los contratos de consorcio pueden ser el perfecto caballo<br />

de troya para infiltrar un cartel dentro de un procedimiento licitatorio.<br />

Idealmente, los competidores miembros del consorcio “de bien” son incapaces de ofertar el<br />

bien o servicio requerido de manera individual. Así, juntando su capacidad de producción o<br />

complementando su oferta a través de un consorcio, logran obtener la capacidad para satisfacer<br />

la demanda, del sector público o privado.<br />

Sin embargo, los consorcios pueden también ser el vehículo idóneo para establecer un cartel.<br />

A través de estos, las empresas establecen mecanismo para garantizar la estabilidad interna a<br />

la que me he referido. Por medio de este mecanismo pueden garantizarse que no competirán<br />

en un determinado proyecto o subasta. Por ejemplo, en lugar de participar en el proceso de<br />

contratación pública de manera separada (competidor A y competidor B), lo hacen a través de<br />

una sola oferta (Consocio AB), eliminando la competencia entre ellos.<br />

Además, a través de estos contratos pueden establecerse mecanismos para monitorear el<br />

comportamiento de los miembros en los mercados, generando la obligación de reportar<br />

información y designando personal de las empresas para este efecto. Pueden, de igual manera,<br />

establecerse sanciones entre las empresas que pueden ser ejecutables ante un órgano<br />

jurisdiccional o arbitral.<br />

Existen notables preocupaciones respecto a este tema por parte de entidades internacionales. La<br />

OECD ha establecido entre sus recomendaciones para la contratación pública, ser sumamente<br />

cautelosos con estas figuras, resaltando su potencial abuso por parte de cartelistas. 8 Para la<br />

Federal Trade Commission de Estados Unidos los consorcios constituyen un típico mecanismo<br />

de bid rigging. 9<br />

Para la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), autoridad de competencia colombiana,<br />

en el contexto de la compra pública, la continua participación a través de consorcios podría<br />

indicar la existencia de un cartel y ser una herramienta para coludirse, señala esta agencia:<br />

Si bien son figuras lícitas que han sido concebidas para la<br />

facilitación de esfuerzos entre los individuos o las empresas<br />

competidoras, en ocasiones pueden<br />

resultar un instrumento idóneo<br />

para prácticas anticompetitivas, en la<br />

medida en que son un escenario ideal para<br />

el intercambio de información por parte de los<br />

integrantes de los mismos. 10<br />

EL CONSORCIO COMO<br />

HERRAMIENTA DEL CARTEL<br />

En muchas ocasiones los miembros del consorcio son competidores y utilizan a esta<br />

figura para participar en un determinado proceso de contratación pública o para ofertar<br />

algún bien o servicio para el que exista demanda en el mercado.<br />

8 OECD. Guidelines for Fighting Bid Rigging in Public Procurement “Because joint bids can be a way to split profits among bid<br />

riggers, be particularly vigilant about joint bids by firms that have been convicted or fined by the competition authorities for collusion.<br />

Be cautious even if collusion occurred in other markets and even if the firms involved do not have the capacity to present separate<br />

bids.”<br />

9 FTC. Bid Rigging. https://www.ftc.gov/advice-guidance/competition-guidance/guide-antitrust-laws/dealings-competitors/bidrigging<br />

“Other bid-rigging agreements involve subcontracting part of the main contract to the losing bidders, or forming a joint<br />

venture to submit a single bid. ”<br />

10 Superintendencia de Industria y Comercio (Colombia). GUÍA PRÁCTICA COMBATIR LA COLUSIÓN EN LAS LICITACIONES.<br />

11 INDECOPI. Guía para Combatir la Concertación en las Contrataciones Públicas.. https://tinyurl.com/mr2z6x5p)<br />

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