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Villanueva Figueroa Vladimir Dario Diplomado

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RESUMENES DE EXPOSICIONES

Plantas de tratamiento de aguas residuales

Para el uso adecuado de una planta de tratamiento se debe tener en cuenta los siguientes

criterios:

• Características del agua residual

• Calidad y cantidad del agua a tratar

• Normativa aplicable

• Tipo de uso posterior (uso agrícola, riego de jardín, uso de W.C y de desagüe a drenaje

Las plantas de tratamiento se caracterizan por:

• Eliminación de residuos sólidos o gruesos

• Pretratamiento (remoción de residuos desechables de mayor tamaño como pañales,

toallas, etc)

• Para usos comerciales y algunos usos residenciales se les recomienda contar con

trampas de grasas

• Se pueden identificar dos modelos de uso de estas plantas como lo son las aerobias y las

no aerobias, siendo las aerobias las mejores para el tratamiento de aguas

• Su función se caracteriza por tanques, sedimentos, tuberías y un sistema de bombeo

• Se requiere evitar que haya zonas muertas debido a que conlleva a que la limpieza de

las aguas no sea al %100

• Todas las plantas producen lodos residuales

• Existen plantas más costosas las cuáles dan mejor resultado siendo algunos de ellos la

claridad de las aguas que se obtienen, así como lo inoloro de las mismas mediante capas

de arena, uso de luz ultravioleta y carbón activado

Dentro de las normativas que rigen a estas plantas de tratamiento se encuentran:

• NOM 001: Tipo A, B y C (descarga directa a cuerpos de agua)

• NOM 002: Tratamiento para posterior descarga a sistema de drenaje de la zona

• NOM 003: Tratamiento de descarga para su posterior uso por cuenta propia

El uso de plantas de tratamiento se debe de calcular para mínimo unas 5 o 6 familias de 4 a 5

integrantes cada una, esto con la finalidad de que sea rentable a mediano plazo el uso de esta.


Impacto ambiental

Es un instrumento de la política ambiental que tiene el objetivo de prevenir, mitigar y restaurar

los daños al ambiente, así como la regulación de obras o actividades para evitar o reducir sus

efectos negativos en el ambiente y en la salud humana.

El medio ambiente, la naturaleza del espacio virgen, social y económico se tiene que proteger o

en dado caso de dar un uso, este debe de ser fundamentado y respetando las diferentes reglas,

normas, manuales o convenios con un enfoque en la sostenibilidad.

Uno de las leyes o reglamentos que apoyan estas iniciativas acerca de la sustentabilidad y

sostenibilidad es el Ordenamiento Ecológico Territorial, el cuál es un instrumento para regular

el uso del suelo y las actividades productivas con el fin de aprovechar los recursos sin afectar al

futuro, esto se logra mediante el uso de articulaciones y políticas territoriales y la promoción de

patrones sustentables de ocupación y aprovechamiento del suelo.

Para saber el impacto ambiental que se tendrá en alguna zona natural a modificar es necesario

contar con una Manifestación de Impacto Ambiental, el cual nos ayudará a medir la viabilidad

del proyecto, posibles repercusiones, compensaciones económicas e incluso en algunos casos,

sirve para dar sentido a futuras modificaciones de espacios ya construidos los cuáles no

tomaron en cuenta esta variable.

La MIA se presenta posteriormente con la SEMARNAT para poder ser evaluada y

posteriormente ser autorizada. Una vez autorizada la PROFEPA se encarga de verificar el

cumplimiento de los procesos, términos y condiciones previamente establecidos.

Los impactos ambientales ya vistos en la manifestación presentada pueden catalogarse como:

• Positivos o negativos: En base a lo proyectado o analizado por equipos de trabajo o

especialistas

• Acumulativos: Debido a acciones realizadas en el pasado que afectan el presente

• Directos o indirectos: Aquellos se sabe que al transcurso del tiempo se tendrán

• Residuales: Mediante medidas de mitigación

• Sinérgicos: Actuación de varios elementos tanto naturales como artificiales que detonan

un impacto (como incendios)

• Reversibles o irreversibles: Aquellos que se pueden modificar o en dado caso de ser

irreversible multar

• Continuos o periódicos: Aquellos que se conoce que cada cierto tiempo se verán (como

lluvias, temblores, etc)

Villanueva Figueroa Vladimir Darío

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