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Rallo-Una-Revolución-Liberal-para-España

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estatal. Pero eso no quita para que pueda revertirse este indeseable proceso

que ha tendido a nacionalizar la unidad básica de convivencia humana. Para

ello pueden emplearse tres vías.

La primera vía, la más genuinamente privada, es la creación desde cero

de nuevas ciudades. Un promotor inmobiliario (en un sentido amplio, esto

es, incluyendo la promoción cooperativa de los propietarios futuros)

encargado de la construcción de miles de viviendas puede,

simultáneamente, responsabilizarse del planeamiento urbanístico y de la

construcción y el mantenimiento de los espacios comunes (carreteras,

alcantarillado, alumbrado, parques, plazas, etc.): únicamente deberá

enajenar, junto a la propiedad de cada inmueble, una cuota de copropiedad

sobre las zonas comunes de la ciudad, incluyendo entre ellas sus órganos de

gobierno (dedicados, entre otros menesteres, a consensuar unánimemente

los estatutos que establecerán los derechos y las obligaciones de cada

copropietario sobre las zonas y servicios comunes). Otra opción más

ambiciosa sería que el promotor construyera las viviendas, se dedicara a

alquilarlas y corriera él con los gastos de mantenimiento y la regulación de

las zonas comunes (como sucede en los hoteles y grandes complejos

turísticos). En el primer caso tendríamos una propiedad privada comunal,

en el segundo una propiedad privada individual: en ambos casos, los

problemas de externalidades y de bienes públicos asociados a la provisión

de servicios municipales quedarían plenamente solventados.

En Estados Unidos hay 62 millones de personas —un quinto de la

población— que viven en comunidades privadas de propietarios

(Homeowner Associations). Cuando una persona adquiere un inmueble

situado dentro de estas comunidades está, a su vez, adquiriendo una cuota

de copropiedad sobre los espacios (calles, alcantarillados, alumbrado,

piscinas...) y sobre los órganos de gobierno que determinan tanto los

estatutos por los que se rigen todos los copropietarios como los servicios

que deben prestarse (limpieza, seguridad...). Las normativas aprobadas por

el órgano privado de gobierno pueden ser en algunos casos muy laxas, pero

en otros pueden llegar a ser bastante detalladas (normas arquitectónicas o

estilos de vida), según cuál sea la percepción de los residentes sobre la

importancia de las distintas externalidades (McKenzie, 2003).

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