TRANSICION ENERGETICA COLOMBIA BID-MINENERGIA-2403_2021
CAPÍTULO 4Movilidad sostenible y eficiencia energéticaEl sector transporte consume un 40% de laenergía del país y el 96% de esa energía seconcentra en el consumo de combustiblesfósiles. El impacto negativo sobre el medioambiente que tiene esa realidad es innegable.Sumado a esa situación, la actividad concentrael 54% del total de las pérdidas en energíapor motivos de bajo rendimiento, con un costoaproximado de 3.000 millones de dólaresanuales. El diagnóstico revela que es urgentela implementación de medidas de eficienciaenergética y cambio tecnológico.tras la suscripción del acuerdo de París sobreel cambio climático, se asumió el compromisode reducir en 51% estas emisiones para 2030,el cumplimiento de la meta nacional dependede lo que suceda en este segmento.La respuesta pasa, entonces, por cambiostecnológicos y la incorporación de nuevosenergéticos que permitan migrar hacia untransporte sostenible y bajo en carbono. Lasacciones desarrolladas en los últimos añosapuntan en esa dirección.Al mismo tiempo, la contaminación golpeadirectamente la salud de los ciudadanos. Deacuerdo con el Departamento Nacional de Planeaciónlos costos asociados a la baja calidaddel aire en el país ascendieron a 12 billonesde pesos en 2018 y estuvieron relacionadoscon 8.000 muertes.Como si lo anterior no fuera suficiente, y segúnlo indicado en el Inventario Nacional de Gasesde Efecto Invernadero de Colombia a cargo delIDEAM, el sector transporte es el responsabledel 12% de las emisiones del país, lo que correspondeal equivalente de 28 millones detoneladas de dióxido de carbono. Dado que,Lo que se ha hechoEl Plan Nacional de Desarrollo para este cuatrienioestá articulado con los objetivos señaladosy establece lineamientos que apuntanen un mismo sentido. Por ejemplo, hay unameta definida de 6.600 vehículos eléctricosregistrados en el Registro Único Nacional deTránsito (RUNT) para 2022. Al menos cuatrodocumentos del Consejo Nacional de PolíticaEconómica y Social (CONPES) establecen políticasespecíficas sobre este tema xxii .Como parte de ese propósito, opera la mesainterinstitucional de transporte sostenible55
conformada por los ministerios de Transporte,Ambiente y Minas y Energía, además del DepartamentoNacional de Planeación y la UPME.En 2020, se realizaron dos talleres dirigidosa la construcción de la Estrategia Nacionalde Transporte Sostenible en modo carretero,férreo, fluvial, lacustre y marítimo de embarcacionesmenores, con el fin de identificar lasbarreras hacia el uso de tecnologías de bajaso cero emisiones, y definir un plan de acción.De manera complementaria, la Resolución40177 del mismo año definió los energéticosde bajas o cero emisiones teniendo como criteriofundamental su contenido de componentesnocivos para la salud y el medio ambiente. Así,la energía eléctrica y el hidrógeno quedaronclasificados como energéticos de cero emisiones,mientras que se clasifican como energéticosde bajas emisiones, el gas natural, el gaslicuado de petróleo, la gasolina, el alcohol carburantey sus mezclas, con contenido de azufremáximo de 50 ppm, y el diésel, biodiésel ysus mezclas, con contenido de azufre máximode 50 ppm. No obstante, se considera que lascero y bajas emisiones de los energéticos parael sector transporte dependerán a su vez de latecnología vehicular en la cual se utilicen.Igualmente, la Ley 1964 de 2019, busca generaresquemas de promoción para el usode vehículos eléctricos y de cero emisiones,de tal manera que las estrategias y accionesformuladas contribuyan al despliegue de unamovilidad sostenible. La norma estableció beneficiostributarios en la importación y comprade automotores, aparte de descuentoscomerciales en la revisión técnico-mecánica yen el seguro obligatorio, así como la exencióna medidas que restringen la movilidad comoel pico y placa y día sin carro. También fomentael despliegue de infraestructura de carga yla incorporación de vehículos eléctricos en eltransporte público y oficial, entre otros.La Estrategia Nacional de Movilidad Eléctricaforma parte de los esfuerzos realizados medianteun plan de acción dirigido a la formulaciónde un marco regulatorio y de políticapara la promoción de esta, la generación demecanismos económicos que impulsen el mercadode estos vehículos, el establecimiento delineamientos técnicos y la definición de accionespara el despliegue de la infraestructura decarga de este tipo.Combustibles de alta calidad, unelemento claveDado el alto consumo de energéticos en el sectortransporte, es de gran importancia ofreceral país gasolinas con mejor calidad. A lo largode este siglo un conjunto de normas se ha concentradoen disminuir los materiales contaminantesy nocivos para la salud, al igual quea promover el uso de motores más limpios,especialmente en lo que corresponde al transportede pasajeros.La Ley 1972 de 2019 determina que el Ministeriode Minas y Energía desarrollará las accionespertinentes para garantizar la producción,importación, almacenamiento, adición y calidaden la distribución de combustibles necesariospara el cumplimiento de los estándares deemisión 2 . De igual forma, la citada Resolución562 A partir del primero de enero de 2023 el contenido de azufre para diésel estará entre 15 y 10 ppm, y para el primero de diciembre de2025 será de 10 ppm.
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conformada por los ministerios de Transporte,
Ambiente y Minas y Energía, además del Departamento
Nacional de Planeación y la UPME.
En 2020, se realizaron dos talleres dirigidos
a la construcción de la Estrategia Nacional
de Transporte Sostenible en modo carretero,
férreo, fluvial, lacustre y marítimo de embarcaciones
menores, con el fin de identificar las
barreras hacia el uso de tecnologías de bajas
o cero emisiones, y definir un plan de acción.
De manera complementaria, la Resolución
40177 del mismo año definió los energéticos
de bajas o cero emisiones teniendo como criterio
fundamental su contenido de componentes
nocivos para la salud y el medio ambiente. Así,
la energía eléctrica y el hidrógeno quedaron
clasificados como energéticos de cero emisiones,
mientras que se clasifican como energéticos
de bajas emisiones, el gas natural, el gas
licuado de petróleo, la gasolina, el alcohol carburante
y sus mezclas, con contenido de azufre
máximo de 50 ppm, y el diésel, biodiésel y
sus mezclas, con contenido de azufre máximo
de 50 ppm. No obstante, se considera que las
cero y bajas emisiones de los energéticos para
el sector transporte dependerán a su vez de la
tecnología vehicular en la cual se utilicen.
Igualmente, la Ley 1964 de 2019, busca generar
esquemas de promoción para el uso
de vehículos eléctricos y de cero emisiones,
de tal manera que las estrategias y acciones
formuladas contribuyan al despliegue de una
movilidad sostenible. La norma estableció beneficios
tributarios en la importación y compra
de automotores, aparte de descuentos
comerciales en la revisión técnico-mecánica y
en el seguro obligatorio, así como la exención
a medidas que restringen la movilidad como
el pico y placa y día sin carro. También fomenta
el despliegue de infraestructura de carga y
la incorporación de vehículos eléctricos en el
transporte público y oficial, entre otros.
La Estrategia Nacional de Movilidad Eléctrica
forma parte de los esfuerzos realizados mediante
un plan de acción dirigido a la formulación
de un marco regulatorio y de política
para la promoción de esta, la generación de
mecanismos económicos que impulsen el mercado
de estos vehículos, el establecimiento de
lineamientos técnicos y la definición de acciones
para el despliegue de la infraestructura de
carga de este tipo.
Combustibles de alta calidad, un
elemento clave
Dado el alto consumo de energéticos en el sector
transporte, es de gran importancia ofrecer
al país gasolinas con mejor calidad. A lo largo
de este siglo un conjunto de normas se ha concentrado
en disminuir los materiales contaminantes
y nocivos para la salud, al igual que
a promover el uso de motores más limpios,
especialmente en lo que corresponde al transporte
de pasajeros.
La Ley 1972 de 2019 determina que el Ministerio
de Minas y Energía desarrollará las acciones
pertinentes para garantizar la producción,
importación, almacenamiento, adición y calidad
en la distribución de combustibles necesarios
para el cumplimiento de los estándares de
emisión 2 . De igual forma, la citada Resolución
56
2 A partir del primero de enero de 2023 el contenido de azufre para diésel estará entre 15 y 10 ppm, y para el primero de diciembre de
2025 será de 10 ppm.