25.12.2012 Views

Su negocio en Baja Sajonia - Herfurth & Partner

Su negocio en Baja Sajonia - Herfurth & Partner

Su negocio en Baja Sajonia - Herfurth & Partner

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

) Acciones<br />

El capital social <strong>en</strong> la sociedad anónima<br />

está dividido <strong>en</strong> acciones. Las acciones<br />

repres<strong>en</strong>tan una cuota específica del<br />

capital social. Hasta 1998, el derecho<br />

alemán conocía las acciones de suma, mas<br />

no las de cuota. Actualm<strong>en</strong>te, la ley<br />

permite expresam<strong>en</strong>te las acciones sin<br />

valor nominal d<strong>en</strong>ominadas “Stückaktie”.<br />

Las acciones no pued<strong>en</strong> ser emitidas por<br />

debajo de su valor nominal o, mejor dicho,<br />

por debajo del valor fijado <strong>en</strong> función del<br />

capital social, pero sí pued<strong>en</strong> ser emitidas<br />

por un valor mayor. El valor nominal, o<br />

mejor dicho el valor de cada acción fijado<br />

de acuerdo al capital social, no puede ser<br />

m<strong>en</strong>or a 1 euro; las cantidades nominales<br />

mayores deb<strong>en</strong> ser expresadas <strong>en</strong> unidades<br />

de euros completas. El derecho de acciones<br />

alemán permite dotar a las acciones con<br />

distintos derechos, especialm<strong>en</strong>te con<br />

aquellos vinculados a la repartición de los<br />

b<strong>en</strong>eficios y del patrimonio societario. Este<br />

tipo de acciones pued<strong>en</strong> estar privadas del<br />

derecho a voto. Por el contrario, no se<br />

permit<strong>en</strong> acciones con más de un derecho<br />

a voto. La sociedad puede emitir tanto<br />

acciones al portador como acciones<br />

nominativas. En tanto el pago de acciones<br />

no se haga efectivo, sólo pued<strong>en</strong> ser emitidas<br />

acciones nominativas. La transfer<strong>en</strong>cia de<br />

acciones al portador se consigue a través<br />

del acuerdo y <strong>en</strong>trega del título; las acciones<br />

nominativas son tranferidas por <strong>en</strong>doso.<br />

Las acciones nominativas se registrarán <strong>en</strong><br />

el Registro de Acciones de la sociedad, de<br />

tal forma que sólo qui<strong>en</strong> aparezca <strong>en</strong> el<br />

mismo será reconocido por la sociedad<br />

66 C. Formas societarias para empresas<br />

como accionista legítimo. La sociedad<br />

debe proceder a la inscripción, si el interesado<br />

corrobora su titularidad mediante el<br />

<strong>en</strong>doso. Desde inicios del 2001 se permite<br />

llevar un Registro de Acciones electrónico.<br />

c) Dirección y organización<br />

Una sociedad anónima debe contar con<br />

tres órganos: la junta directiva, el consejo<br />

de administración y la junta g<strong>en</strong>eral de<br />

accionistas. La dirección de la sociedad<br />

anónima alemana se sust<strong>en</strong>ta <strong>en</strong> un<br />

sistema dualista, esto es, a través de la<br />

junta directiva como órgano de dirección y<br />

del consejo de administración como<br />

órgano de control.<br />

La junta directiva es el órgano de dirección<br />

de la sociedad anónima. Dirige la sociedad<br />

anónima bajo su propia responsabilidad.<br />

La Ley sobre Control y Transpar<strong>en</strong>cia <strong>en</strong> el<br />

Sector Empresarial de 1998 obliga a la<br />

junta directiva a adoptar ciertas medidas,<br />

<strong>en</strong> especial un sistema de control que le<br />

permita detectar con anticipación aquellos<br />

peligros que puedan afectar la subsist<strong>en</strong>cia<br />

y desarrollo de la sociedad. La junta<br />

directiva puede estar compuesta por una o<br />

más personas, las cuales sólo pued<strong>en</strong><br />

repres<strong>en</strong>tar a la sociedad <strong>en</strong> conjunto<br />

(repres<strong>en</strong>tación colectiva). Los estatutos<br />

pued<strong>en</strong> preveer un poder de repres<strong>en</strong>tación<br />

único o formas mixtas del mismo. Respecto<br />

de las relaciones internas, la sociedad<br />

puede limitar las facultades de la junta<br />

directiva (administración). Sin embargo, esto<br />

no afecta la relación con terceros (poder<br />

de repres<strong>en</strong>tación). Este mismo principio<br />

se aplica a la mayoría de las demás formas<br />

europeas de sociedad anónima.<br />

El consejo de administración se compone<br />

de 3 a 21 personas; dep<strong>en</strong>di<strong>en</strong>do del<br />

número del personal se establecerá si una<br />

parte de sus miembros serán trabajadores<br />

de la empresa. Así, <strong>en</strong> caso de contar la<br />

sociedad anónima con más de 500<br />

empleados, un tercio del consejo deberá<br />

estar conformado por repres<strong>en</strong>tantes de<br />

los trabajadores (Ley sobre un Tercio de<br />

Participación), mi<strong>en</strong>tras que <strong>en</strong> caso de<br />

más de 2000 empleados, la mitad del<br />

consejo deberán ser repres<strong>en</strong>tantes de los<br />

trabajadores (Ley de Cogestión). El consejo<br />

de administración no sólo vigila a la junta<br />

directiva, sino que además puede nombrar<br />

o destituir a sus miembros. Esto puede<br />

suponer una posición de poder relevante.<br />

Las medidas que sólo pued<strong>en</strong> ser tomadas<br />

por la junta directiva no pued<strong>en</strong> ser<br />

transferidas al consejo de administración.<br />

Los estatutos pued<strong>en</strong> establecer la aprobación<br />

previa del consejo de administración como<br />

requisito necesario para la conclusión de<br />

determinados tipos de <strong>negocio</strong>s.<br />

La junta g<strong>en</strong>eral de accionistas es el<br />

órgano superior de la sociedad anónima y<br />

se compone de la reunión de todos los<br />

accionistas. Designa al consejo de<br />

administración, <strong>en</strong> tanto éste sea elegible<br />

por los socios, y se reúne <strong>en</strong> juntas<br />

ordinarias y extraordinarias. La junta<br />

g<strong>en</strong>eral de accionistas carece de la potestad<br />

de dirigir a la junta directiva; sólo puede<br />

tomar una decisión respecto de la dirección<br />

de la empresa cuando la junta directiva<br />

expresam<strong>en</strong>te así lo haya solicitado. Las<br />

decisiones se toman por mayoría simple<br />

de votos; <strong>en</strong> casos especiales, por ejemplo<br />

modificación de los estatutos, éstas se<br />

toman por mayoría calificada, esto es 3/4<br />

del capital repres<strong>en</strong>tado. El derecho a voto<br />

de las acciones por individual puede ser<br />

otorgado a un repres<strong>en</strong>tante; <strong>en</strong> caso de<br />

ser este repres<strong>en</strong>tante un instituto crediticio,<br />

éste estará sujeto a determinadas restricciones<br />

formales. La junta de accionistas decide,<br />

<strong>en</strong>tre otras cosas, sobre la separación de<br />

los miembros de la junta directiva y del<br />

consejo de administración, sobre la<br />

modificación de los estatutos y sobre el<br />

destino de los b<strong>en</strong>eficios. Con el 5% del<br />

superávit anual se constituye una reserva<br />

legal; esto se seguirá realizando hasta que<br />

se obt<strong>en</strong>ga una reserva igual al 10% del<br />

capital social.<br />

d) Sociedad anónima pequeña<br />

La sociedad anónima se volvió más atractiva<br />

para las pequeñas empresas gracias a la<br />

modificación legislativa de 1994, la cual<br />

introdujo la forma jurídica de la sociedad<br />

anónima pequeña. Hasta un tamaño<br />

determinado de la empresa, se dejarán de<br />

aplicar normas destinadas a la protección<br />

de los terceros inversionistas. De igual modo,<br />

se han limitado normas sobre publicidad,<br />

toma de acuerdos y demás reglas formales.<br />

La sociedad anónima pequeña no es un<br />

tipo societario <strong>en</strong> sí o una forma especial<br />

de sociedad anónima, sino sólam<strong>en</strong>te una<br />

sociedad con una regulación especial.<br />

C. Formas societarias para empresas 67

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!