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Inv. esp. UERS 1-01-2012 a 31-08-2020

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CGRD<br />

INFORME FINAL<br />

a) Sin evidencias de certifícación de existencias de fondos<br />

Se evidenció la ausencia de Certificación de Existencia de Fondos, que indique la<br />

disponibilidad de recursos, para dichas compras.<br />

El Decreto n° 543-12, de fecha6 de septiembre de 2<strong>01</strong>2, que establece el Reglamento de la<br />

Ley sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, y deroga el<br />

Reglamento n.° 490-07, del 30 de agosto de 2007, en su capítulo V Procedimientos De<br />

Selección, artículo 32, Párrafo I, expresa lo siguiente:<br />

''PARRAFO I: La Entidad Contratante, previamente a la convocatoria, deberá contar con<br />

la certificación de existencia defondos en el sentido de que tiene apropiación presupuestaria<br />

y que va estar considerada en la programación financiera de la ejecución. En tal<br />

certificación se hará constar el número de la partida y los recursos disponibles a lafecha de<br />

suscripción del documento<br />

Reacción de la administración v/o exdirectores de la entidad<br />

Mediante comunicación de fecha 30 de noviembre de 2021, suscrita por la Licda. Thelma<br />

Eusebio, exdirectora general de la <strong>UERS</strong>, expresa:<br />

"Ya que la <strong>UERS</strong> nunca contó con el Sistema Integrado de Administración Financiera y del<br />

Estado (SIGEF) creado por la ley 5-07, nuestros fondos provenían de CDEEE en el<br />

sistema SAP, las solicitudes de pedidos para iniciar un proceso de compras, se le<br />

asignaban una cuenta contable en la cual el sistema verifica si estaban los fondos<br />

suficientes para proceder con dicho proceso y como hemos comentado anteriormente el<br />

sistema SAP trabaja en secuencias, y no se pueden saltar los pasos, es decir que sin<br />

presupuesto en el sistema no permite realizar un proceso de compras". (SIC).<br />

Comentarios v conclusiones de los auditores de la CCRD:<br />

En virtud de las consideraciones expresadas en la réplica por la Licda. Thelma Eusebio,<br />

exdirectora de la Unidad de Electrificación Rural y Sub-Urbana (<strong>UERS</strong>), y en ausencia de<br />

las certificaciones de existencia de fondos, la observación se mantiene.<br />

INFORME DE LA INVESTIGACIÓN ESPECIAL PRACTICADA A LA<br />

UNIDAD DE ELECTRIFICACIÓN RURAL Y SUB-URBANA (<strong>UERS</strong>)<br />

PERÍODO <strong>01</strong>/<strong>08</strong>/2<strong>01</strong>2 - <strong>31</strong>/<strong>08</strong>/<strong>2020</strong><br />

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