16.05.2022 Views

Inv. esp. UERS 1-01-2012 a 31-08-2020

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

JUfí<br />

año 2<strong>01</strong>6 y los precios suministrados en la cotización del proveedor<br />

Eléctrica, SRL (Telecsa), RNC n.° 102-<strong>31</strong>513-2, verificamos sobreval<br />

artículos (materiales eléctricos) adquiridos, por un valor de RD$1,490,<br />

pudo comprobar la calidad de estos.<br />

acjon<br />

Disposiciones Legales<br />

Considerando, que el informe de la investigación <strong>esp</strong>ecial evidencia<br />

sobrevaloración de precios de adquisición de bienes (materiales eléctricos); en tal<br />

sentido, procede observar las disposiciones del artículo 26, párrafo II de la Ley<br />

n.° 10-07 de fecha 8 de enero del año 2007, que expresan:<br />

^Artículo 26,- Controles Previos. Los ejecutores directos de las operaciones o<br />

actividades, en los diferentes niveles de la organización de cada entidad u<br />

organismo sujeto al ámbito de la presente ley, son r<strong>esp</strong>onsables antes de darle<br />

trámite, realizarlas, autorizarlas y ordenar o expedir la r<strong>esp</strong>ectiva orden o<br />

libramiento de pago, de aplicar controles internos previos o autocontroles con la<br />

finalidad de determinar su veracidad, exactitud y cumplimiento de las normas de<br />

ejecución del presupuesto y demás disposiciones legales que las regulen; que se<br />

ajustan a las r<strong>esp</strong>ectivas normas básicas de control interno emitidas por la<br />

Contraloría General de la República y que corr<strong>esp</strong>onden a los fines y objetivos<br />

de la institución<br />

Párrafo II: Las Unidades de Auditoría Interna aplicarán procedimientos del<br />

control interno posterior para comprobar la aplicación y efectividad de los<br />

controles previos a que se refiere este artículo e informar sus resultados a la<br />

r<strong>esp</strong>ectiva entidad u organismo<br />

Considerando, que procede observar las disposiciones del artículo 47 numeral 3,<br />

literal e) del Decreto n.° 491-07 de fecha 30 de agosto del año 2007, que expresan:<br />

Artículo 47. Componentes de! Proceso de Control Interno, Con fines de la<br />

implantación del proceso de control interno institucional en las entidades y los<br />

organismos del ámbito de la Ley ¡0-07, los cinco componentes previstos en el<br />

Artículo 24, de la Ley, se definen como sigue:<br />

3, Actividades de Control. La administración de las entidades y los organismos<br />

bajo el ámbito de la Ley ¡0-07 deberán diseñar y adoptar las medidas y las<br />

prácticas de control interno, que mejor se adapten a los procesos<br />

organizacionales, a los recursos disponibles, a las estrategias definidas para el<br />

Página 27 de 30

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!