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INFORME FINAL<br />
El Decreto n.° 491-07, Reglamento de Aplicación de la Ley n° 10-07, que Instituye el<br />
Sistema Nacional de Control Interno y de la Contraloría General de la República, del 30 de<br />
agosto de 2007, titulo IV Del Desarrollo y Aplicación del Control Interno y Auditoría Interna,<br />
capítulo II De los Componentes del Proceso de Control Interno, artículo 47, numeral 4,<br />
Información y Comunicación, literales a) y b), expresa:<br />
"4, Información y Comunicación. Las entidades y los organismos bajo el ámbito de la Ley<br />
10-07, deben establecer los mecanismos y los sistemas más adecuados para obtener,<br />
procesar, generar y comunicar de manera eficaz, eficiente y económica, la información<br />
financiera, administrativa, de gestión y de otro tipo requerida en el desarrollo de sus<br />
procesos, transacciones y actividades, así como en la operación de sus sistemas de control<br />
con miras al logro de los objetivos institucionales. Los principales elementos que se<br />
consideran en este componente son:<br />
a) Calidad y suficiencia de la información<br />
b) Sistema integrado de información (financiera y/o de gestión)<br />
Las Normas de Contabilidad Aplicables al Sector Público, emitidas por la Dirección General<br />
de Contabilidad Gubernamental (Digecog), Punto 4.1 Cualidades de la Información<br />
Contable, subtítulos Veracidad y Confíabilidad, disponen:<br />
"Veracidad. La información financiera debe ser fidedigna, resultando para ello<br />
imprescindible incorporar en los registros contables, exclusivamente, aquellas<br />
transacciones realmente ocurridas y, por consiguiente, expresadas en su adecuada<br />
dimensión.<br />
La terminología que se utilice debe ser precisa, de manera tal que evite las ambigüedades y<br />
resulte fácil de comprender por los usuarios que dispongan de un mínimo de conocimiento<br />
en la materia.<br />
Confíabilidad. La información financiera debe reunir requisitos de certidumbre tal que le<br />
otorgue, frente a los usuarios, el carácter de creíble y válida para adoptar decisiones<br />
pertinentes<br />
Asimismo, las referidas Normas, en el título 3,3 Normas Fundamentales de Contabilidad,<br />
subtítulo Reconocimiento de las Transacciones, dispone; "Determinar el momento en el cual<br />
se produce una modificación en la situación patrimonial o en los resultados, producto de las<br />
transacciones que el Ente, requiere reconocer estos hechos mediante los registros contables,<br />
pertinentes en cuanto a su magnitud y oportunidad.<br />
INFORME DE LA INVESTIGACIÓN ESPECIAL PRACTICADA A LA<br />
UNIDAD DE ELECTRIFICACIÓN RURAL Y SUB URBANA (<strong>UERS</strong>)<br />
PERÍODO <strong>01</strong>/<strong>08</strong>/2<strong>01</strong>2 - <strong>31</strong>/<strong>08</strong>/<strong>2020</strong><br />
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