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Inv. esp. UERS 1-01-2012 a 31-08-2020

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obligación. Así mismo, las transacciones relativas a los ingreso,<br />

registrarse en la etapa percibida.<br />

Veracidad<br />

La información financiera debe ser fidedigna, resultando para ello imprescindible<br />

incorporar en los registros contables, exclusivamente, aquellas transacciones<br />

realmente ocurridas y, por consiguiente, expresadas en su adecuada dimensión.<br />

La terminología que se utilice debe ser precisa, de manera tal que evite las<br />

ambigüedades y resulte fácil de comprender por los usuarios que dispongan de<br />

un mínimo de conocimiento en la materia.<br />

Confiahilidad<br />

La información financiera debe reunir requisitos de certidumbre tal que le<br />

otorgue, frente a los usuarios, el carácter de creíble y válida para adoptar<br />

decisiones pertinentes<br />

Considerando, que en tal virtud, procede observar las disposiciones de los<br />

artículos 47, 48, 49 y 54, en donde se encuentran comprometidas las<br />

r<strong>esp</strong>onsabilidades administrativa y civil, por acción u omisión, y se establecen<br />

indicios de r<strong>esp</strong>onsabilidad penal, r<strong>esp</strong>ectivamente, de la Ley n.° 10-04 de fecha<br />

20 de enero del año 2004.<br />

5.3 Ausencia de normativas para el gasto ejecutado de beneficios laborales<br />

(Primas por antigüedad)<br />

En la ejecución presupuestaria verificamos que la <strong>UERS</strong>, ejecutó por concepto de<br />

primas por antigüedad, un monto de RD$ 176,833,735., para el período auditado,<br />

sin evidencia de una normativa interna aprobada para dichos beneficios.<br />

Es oportuno señalar que, los empleados beneficiados con esta compensación no<br />

pueden ser identificados en las nóminas, ya que las mismas no están clasificadas<br />

por objeto del gasto.<br />

Disposiciones Legales<br />

Considerando, que el informe de la investigación <strong>esp</strong>ecial, evidencia ausencia de<br />

normativas internas para el pago de beneficios laborales (primas por antigüedad);<br />

empleados beneficiados con esta compensación no pudieron ser identificados en<br />

las nóminas, ya que las mismas no están clasificadas por objeto del gasto; en tal<br />

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