Inv. esp. UERS 1-01-2012 a 31-08-2020
VISTA, la Ley n,' 11-92, de fecha 16 de mayo del año 1992, Código Tributarlo de la República Dominicana, y sus modificaciones. VISTA, la Ley General de Libre Acceso a la Información Pública n.* 200-04, de fecha 28 de julio del año 2004. Por tales motivos, la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, después de haber deliberado, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, como al efecto APRUEBA, el Informe Final de la investigación especial practicada a la Unidad de Electrificación Rural y Sub-Urbana (UERS), por el período comprendido entre el !.• de agosto del año 2012 y el 31 de agosto del año 2020, y el Informe Legal correspondiente, los cuales forman parte integral de la presente resolución. ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR como al efecto DECLARA, que después de haber expuesto los detalles de los hallazgos reportados procede presentar las conclusiones acerca de las inobservancias e irregularidades detectadas en la investigación especial realizada a la Unidad de Electrificación Rural y Sub-Urbana (UERS), por el período comprendido entre el 1.® de agosto de 2012 y el 31 de agosto de 2020: 6.1 Diferencias entre la ejecución presupuestaria, nóminas físicas y nóminas en 'jq formato digital: '17 a) Diferencias entre nóminas según ejecución presupuestaria vs nóminas físicas por un monto ascendentes a RD$9,865,689. b) Diferencias entre nóminas según ejecución presupuestaria vs. nóminas en formato digital por RD$21,054,438. c) Diferencias entre nóminas físicas vs. nóminas en formato digital por un monto de RD$30,920,127. ^ ' 6.2 Pagos de personal no Identificados en las ejecuciones presupuestarias ascendentes a RD$234,651,192. RESOLUCIÓN No. AUO-x-2022-004, que aprueba el informe de la investigación especial practicada a la Unidad de Electrificación Rural y Sub-Urbana (UERS), por el período comprendido entre el 1.* de agosto del año 2012 y el 31 de agosto del año 2020. Página 6 de 9
6.3 Ausencia de normativas para el gasto ejecutado de beneficios laborales (Primas por antigüedad) ascendente a RD$176,833^735. 6.4 Registros incorrectos del gasto, ascendente a: a) RD$15,402,000., por concepto de gasolina, registrado en Compensación por Horas Extraordinarias. b) RD$12,353,833., por concepto de Prima de transporte, registrados en Compensación por Horas Extraordinarias. 6.5 impuesto sobre la renta dejado de retener a empleados de la entidad ascendente a RD$5,515,640. 6.6 Diferencias en lo presupuestado versus lo ejecutado en publicidad y propaganda ascendentes a RD$20,395,010. 6.7 Pagos por concepto de publicidad y propaganda a) Facturación a un solo proveedor sin el procedimiento de selección acorde con la Ley, ascendente a RD$30,572,924. b) Desembolsos por adquisición de bienes sin identificar el destino ascendentes a RD$2,602,653. i> c) Desembolsos sin certificación de recepción ascendentes a RD$4,421,612. 6.8 Expedientes de compras con irregularidades ascendentes a RD$395,730,007. a) Sin evidencias de certificación de existencias de fondos. b) Procedimientos de compras por Comparación de Precios que no están conforme a la ley. V c) Ausencia de contratos que formalicen la compra. RESOLUCIÓN No. AUO-X-2022-004, que aprueba el informe de la Investigación especial practicada a la Unidad de Electrificación Rural y Sub-ürbana (UERS), por el período comprendido entre el 1.* de agosto del año 2012 y el 31 de agosto del año 2020. Página 7 de 9
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VISTA, la Ley n,' 11-92, de fecha 16 de mayo del año 1992, Código Tributarlo de la<br />
República Dominicana, y sus modificaciones.<br />
VISTA, la Ley General de Libre Acceso a la Información Pública n.* 200-04, de fecha 28<br />
de julio del año 2004.<br />
Por tales motivos, la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, d<strong>esp</strong>ués de haber<br />
deliberado,<br />
RESUELVE:<br />
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, como al efecto APRUEBA, el Informe Final de la<br />
investigación <strong>esp</strong>ecial practicada a la Unidad de Electrificación Rural y Sub-Urbana<br />
(<strong>UERS</strong>), por el período comprendido entre el !.• de agosto del año 2<strong>01</strong>2 y el <strong>31</strong> de<br />
agosto del año <strong>2020</strong>, y el Informe Legal corr<strong>esp</strong>ondiente, los cuales forman parte<br />
integral de la presente resolución.<br />
ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR como al efecto DECLARA, que d<strong>esp</strong>ués de haber<br />
expuesto los detalles de los hallazgos reportados procede presentar las conclusiones<br />
acerca de las inobservancias e irregularidades detectadas en la investigación <strong>esp</strong>ecial<br />
realizada a la Unidad de Electrificación Rural y Sub-Urbana (<strong>UERS</strong>), por el período<br />
comprendido entre el 1.® de agosto de 2<strong>01</strong>2 y el <strong>31</strong> de agosto de <strong>2020</strong>:<br />
6.1 Diferencias entre la ejecución presupuestaria, nóminas físicas y nóminas en 'jq<br />
formato digital:<br />
'17<br />
a) Diferencias entre nóminas según ejecución presupuestaria vs nóminas<br />
físicas por un monto ascendentes a RD$9,865,689.<br />
b) Diferencias entre nóminas según ejecución presupuestaria vs. nóminas en<br />
formato digital por RD$21,054,438.<br />
c) Diferencias entre nóminas físicas vs. nóminas en formato digital por un<br />
monto de RD$30,920,127.<br />
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6.2 Pagos de personal no Identificados en las ejecuciones presupuestarias<br />
ascendentes a RD$234,651,192.<br />
RESOLUCIÓN No. AUO-x-2022-004, que aprueba el informe de la investigación <strong>esp</strong>ecial practicada a la Unidad de<br />
Electrificación Rural y Sub-Urbana (<strong>UERS</strong>), por el período comprendido entre el 1.* de agosto del año 2<strong>01</strong>2 y<br />
el <strong>31</strong> de agosto del año <strong>2020</strong>.<br />
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