06.12.2021 Views

castro-empresarial-la-letra-hipotecaria_compress

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

LA LETRA HIPOTECARIA

Las Letras Hipotecarias son una buena alternativa para hacer inversiones en

instrumentos de renta fija de mediano y largo plazo. A través de este mecanismo, los

bancos financian los préstamos que piden las personas que desean comprar un

inmueble.

En el momento que una persona solicita un crédito hipotecario, se genera una

posibilidad de ganancia para un inversionista. Esto ocurre porque estos préstamos se

financian mediante la venta de las denominadas Letras Hipotecarias. Cabe recordar

que con estos documentos el banco sale en la búsqueda de recursos que requiere el

cliente.

Este tipo de instrumentos cuentan con la doble garantía del banco emisor y de la

cartera hipotecaria de éste. En su mayoría están expresados en Unidades de Fomento

(UF).

Así, cuando una persona pide un crédito hipotecario a través de letras, el banco está

actuando como intermediario. La institución financiera no presta el dinero, sólo emite

las letras que ofrece en venta en el mercado.

Por lo tanto, la cantidad de dinero que recaude el banco al vender la letra será el monto

que cubrirá el crédito hipotecario. Y la cifra dependerá de la tasa interna de

retorno (TIR) a la que el mercado descuente la letra emitida. Recordemos que la TIR

es la tasa que refleja el valor presente de los flujos futuros. A mayor riesgo de una

inversión, mayor es el retorno que se espera de ella y por lo mismo será mayor la TIR

que el mercado asigne a un instrumento.

Entonces, puede ocurrir que el banco ofrezca letras con una cierta tasa de emisión

(que determina la cuantía de los cupones que pagará la letra), pero que a la vez, dicha

tasa difiera de la TIR que el mercado use para valorar ese instrumento.

Por ejemplo: para otorgar un crédito el banco puede emitir una letra por un valor de

2.000 UF con cupones que tienen una tasa de interés de emisión de 5%. Si el

inversionista valora esa letra descontándola a una tasa mayor que 5%, el efecto final

será que el dinero recaudado será menor a 2.000 UF. Es decir, la letra se venderá bajo

su valor par.

Si la persona pidió al banco un crédito por 2.000 UF mediante letras hipotecarias y

sucede lo descrito en el párrafo anterior, a la persona le “faltará” dinero. Cuando se

toma un crédito hipotecario con letras es muy importante tener en cuenta que se puede


terminar cubriendo una parte de las necesidades de fondos con un crédito de consumo

de mayor

Costo para financiar el faltante.

Los créditos hipotecarios se distinguen por el tipo de documento que da

origen a la obligación de pago.

Los tipos de instrumento más utilizados para los créditos hipotecarios son las Letras de

Crédito o Hipotecarias y los Mutuos Hipotecarios.

A continuación, se describen sus características más importantes:

Crédito Hipotecario con Letras de Crédito:

Se financia con un instrumento que emite el banco, llamado "letras hipotecarias". Éstas

pueden ser transadas por el banco en la Bolsa de Valores o ser adquiridas por éste o

un tercero, obteniéndose así los recursos que financian el crédito otorgado al deudor.

El precio que se obtiene por la venta de estas letras varía de acuerdo a las condiciones

del mercado, por lo que puede generarse una diferencia positiva o negativa entre el

valor de la letra ("valor par") y el precio al que ésta se transa.

En la escritura debe precisarse la parte contratante que se hará cargo o se beneficiará

de esta diferencia. En caso que resulte ser el deudor, éste deberá pagar la diferencia

negativa que eventualmente se produzca.

Para mayor información, sobre este tema se debe revisar el Capítulo 9-1 de la

Recopilación Actualizada de Normas de la Superintendencia de Bancos e Instituciones

Financieras (SBIF) sobre "Operaciones con letras de crédito".

Mutuo Hipotecario Endosable:

En este caso el Banco financia el préstamo con recursos propios.

El solicitante del crédito recibe el monto aprobado y no se genera una diferencia como

puede ocurrir en los créditos otorgados con letras hipotecarias.

Este tipo de crédito puede ser transferido por parte del banco mediante endoso, el que

queda registrado en la escritura pública respectiva.

Sin perjuicio de lo anterior, la administración del crédito queda radicada en el banco, por

lo que, el canal de comunicación del deudor para todos los efectos sigue siendo éste.

Para mayor información, sobre este tema se debe revisar el Capítulo 8-4 de la

Recopilación Actualizada de Normas de la Superintendencia de Bancos e Instituciones

Financieras (SBIF) sobre "Mutuos hipotecarios endosables".

Mutuo Hipotecario No Endosable:

En este caso el Banco también financia el préstamo con recursos propios, pero a

diferencia del anterior no puede ser transferido mediante endoso.


Su regulación queda circunscrita a lo que se pacte en el respectivo contrato y a la Ley

18.010 sobre Operaciones de crédito de dinero y la Ley General de Bancos.

LETRA HIPOTECARIA.

CONCEPTOS:

Son instrumentos financieros de renta fija emitidos por un banco emisor

con la finalidad de otorgar un préstamo para ser destinado a la construcción

o adquisición de una vivienda.

Las letras hipotecarias se rigen en el Título III de la Ley 24441 (art 35 a

49).Son títulos valores con garantía hipotecaria. Pueden emitirse títulos o

pueden ser escriturales, constituyen un nuevo título de crédito. Intervienen

en ella el librador y el beneficiario. Es un documento que contiene una

promesa incondicional e irrevocable de una prestación, otorga a cada nuevo

titular un derecho autónomo de esa prestación.

FINALIDAD.

Su finalidad es permitir la circulación del crédito manteniendo la garantía

hipotecaria

REQUISITOS DE LETRAS HIPOTECARIAS

Nombre del deudor.

Nombre del acreedor.

Monto de la obligación.

Plazos de pago.

Lugar de pago.

Intereses compensatorios y punitorios.

Ubicación del inmueble hipotecado.

Tenencia que acredita su pago.

Los fijados en las reglamentaciones que se dicte.

EN RESUMEN.

Las Letras Hipotecarias son instrumentos emitidos mayoritariamente por bancos y que

cuentan con la doble garantía del banco emisor y de la cartera hipotecaria de éste. La

mayoría están expresadas en UF.

Las letras hipotecarias son prepagables a valor par. Por esta razón, si un inversionista

compra una letra sobre su valor par, y el emisor decide propagar la letra a valor par, el

inversionista pierde la diferencia entre el precio y el valor par de la letra. Este es el riesgo

de prepago.

Los Bonos de Empresas son instrumentos emitidos por las empresas. Sus plazos más

típicos fluctúan entre 6 y 20 años.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!