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Tarifa Honesta - Itaipú 2023 - Orlando Valdes

Definir correctamente el nuevo Costo de los Servicios de Electricidad de Itaipú durante la Revisión del Anexo “C” del Tratado es de vital importancia para el país. Las nuevas reglas impactaran directamente en las diferentes instituciones administradoras de los recursos de Itaipú. En Paraguay, la Ande, el Ministerio de Hacienda y la Itaipú margen derecha. Causa preocupación el documento divulgado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de nuestro país, en fecha 25 de mayo de 2021, bajo el título “Temario Preliminar”. Según el mismo el Paraguay dirá no a la reducción máxima posible del costo unitario del servicio de electricidad de Itaipú. La propuesta va de contramano a lo que establece el Anexo “C” del Tratado, vigente. Los Grupos de Trabajo promueven la aplicación de una tarifa elevada artificialmente con el objeto de aumentar los recursos destinados al multimillonario rubro “Gastos de Explotación” de Itaipú. En esta cuenta esta asignado los famosos “Gastos Sociales y Ambientales” a cargo de la binacional. Estos recursos económicos son utilizados de manera discrecional y fuera de la observación de los organismos de control de la República del Paraguay. Ya la reducción de la tarifa por la directa aplicación del Anexo “C” vigente, le permitirá al Estado paraguayo obtener extraordinarios ingresos al capturar de la Ande, parte de su mayor rentabilidad, consecuencia de la reducción de la tarifa de Itaipú. Estos recursos se canalizaran con total transparencia, hoy inexistente, para obras de infraestructura esenciales al país a través del Presupuesto general de Gastos de la Nación (PGN). Cumpliendo lo establecido en el Tratado no será necesario negociar nada con el Brasil, ni atar o ceder en otros puntos de interés nacional para conseguir algo que Paraguay lo puede hacer sin necesidad de acuerdo mutuo con Brasil. El “Temario Preliminar”, elaborado por los Grupos de Trabajo, en manos de la contraparte, tiene todas las condiciones de transmitir el mensaje de que nuestros negociadores, más que negociar, están en la búsqueda de partícipes para concretar objetivos muy difusos.

Definir correctamente el nuevo Costo de los Servicios de Electricidad de Itaipú durante la Revisión del Anexo “C” del Tratado es de vital importancia para el país.
Las nuevas reglas impactaran directamente en las diferentes instituciones administradoras de los recursos de Itaipú.
En Paraguay, la Ande, el Ministerio de Hacienda y la Itaipú margen derecha.
Causa preocupación el documento divulgado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de nuestro país, en fecha 25 de mayo de 2021, bajo el título “Temario Preliminar”.
Según el mismo el Paraguay dirá no a la reducción máxima posible del costo unitario del servicio de electricidad de Itaipú.
La propuesta va de contramano a lo que establece el Anexo “C” del Tratado, vigente.
Los Grupos de Trabajo promueven la aplicación de una tarifa elevada artificialmente con el objeto de aumentar los recursos destinados al multimillonario rubro “Gastos de Explotación” de Itaipú.
En esta cuenta esta asignado los famosos “Gastos Sociales y Ambientales” a cargo de la binacional.
Estos recursos económicos son utilizados de manera discrecional y fuera de la observación de los organismos de control de la República del Paraguay.
Ya la reducción de la tarifa por la directa aplicación del Anexo “C” vigente, le permitirá al Estado paraguayo obtener extraordinarios ingresos al capturar de la Ande, parte de su mayor rentabilidad, consecuencia de la reducción de la tarifa de Itaipú.
Estos recursos se canalizaran con total transparencia, hoy inexistente, para obras de infraestructura esenciales al país a través del Presupuesto general de Gastos de la Nación (PGN).
Cumpliendo lo establecido en el Tratado no será necesario negociar nada con el Brasil, ni atar o ceder en otros puntos de interés nacional para conseguir algo que Paraguay lo puede hacer sin necesidad de acuerdo mutuo con Brasil.
El “Temario Preliminar”, elaborado por los Grupos de Trabajo, en manos de la contraparte, tiene todas las condiciones de transmitir el mensaje de que nuestros negociadores, más que negociar, están en la búsqueda de partícipes para concretar objetivos muy difusos.

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ITAIPÚ 2023

TARIFA

HONESTA

MSc. Ing. Orlando Valdés

Asunción – Paraguay

Año 2021


Copyright © 2021 MSc. Ing. Orlando

Todos los derechos reservados

Los personajes y eventos descritos en este libro son ficticios. Cualquier

similitud con personas reales, vivas o muertas, es una coincidencia y

no es la intención del autor.

Ninguna parte de este libro puede ser reproducida, almacenada en un

sistema de recuperación o transmitida de cualquier forma o por

cualquier medio, electrónico, mecánico, fotocopiado, grabación o de

otro modo, sin el permiso expreso por escrito del editor.

ISBN-13: 9781234567890

ISBN-10: 1477123456


DEDICATORIA

(+) Juliana Escobar de Valdés

(+)Ezequiel Valdés López

(+)Luis María Valdés Escobar


AGRADECIMIENTOS

A mi Familia.


COLABORACIÓN

Ing. Stilber Ramón Valdés Escobar

Ing. Hugo Lesme

Ing. Alfonzo González

Ing. Miguel Otazu.

Dr. Carlos María Valdés

Tapa y diagramación Lic. Oscar Lugo


CONTENIDO

DEDICATORIA ......................................................4

AGRADECIMIENTOS ...........................................5

COLABORACIÓN ..................................................6

PROLOGO ............................................................ 12

CAPITULO 1 ........................................................ 21

EL “TEMARIO PRELIMINAR” DE CANCILLERÍA

................................................................................... 21

1.1-Aspectos técnicos de la Revisión ....................... 24

1.2-Adelanto de la Revisión del Anexo “C”............... 26

CAPITULO 2 ........................................................ 28

DETERMINACIÓN DE LA TARIFA DE ITAIPÚ.

................................................................................... 28

2.1-La Propuesta. .................................................... 29

2.2-El sobrecosto artificial. ...................................... 30

CAPITULO 3 ........................................................ 32


ACTUALIZACIÓN DE “ROYALTIES” Y DE

“RESARCIMIENTO” ................................................. 32

3.1-La “Imposibilidad” de actualización de los valores

de Compensación por Cesión de Energía. ................ 33

3.2-Nuevos Conceptos. ........................................... 34

3.3-Confusión en las atribuciones de la Itaipú

Binacional. .............................................................. 37

CAPITULO 4 ........................................................ 39

LIBRE DISPONIBILIDAD, VENTA DE ENERGÍA,

COGESTIÓN PLENA Y CONTROL DE CUENTAS. 39

4.1- Libre Disponibilidad, Venta De Energía. ............ 39

4.2-Aprobación de la NR 18/95 por el Brasil. ........... 40

4.3-Control por parte de Contraloría General de la

Republica. ............................................................... 41

CAPITULO 5 ........................................................ 43

ITAIPÚ BINACIÓNAL, SUS ETAPAS. ................ 43

5.1-Etapa de construcción. ...................................... 44

5.2-Producción con deuda y consumo asimétrico. ... 46

5.3-Producción sin deuda y consumo asimétrico. .... 48

5.4-Producción sin deuda y consumo igualitario. ..... 48

CAPITULO 6 ........................................................ 50

TARIFAS DE ITAIPÚ Y ANDE, SUS

DIFERENCIAS. ......................................................... 50

6.1-Diferencia entre tarifa Itaipú y de Ande. ............ 52

CAPITULO 7 ........................................................ 54

CRITERIOS APLICADOS PARA EL ANALISIS. 54


7.1-Los Criterios. ..................................................... 55

CAPITULO 8 ........................................................ 57

EL PUNTO DE PÀRTIDA .................................... 57

8.1- Componentes del Costo del Servicio de

Electricidad. ............................................................ 57

8.2-Distribución de recursos por institución. ........... 59

8.3- Recursos administrados por Instituciones de la

República del Paraguay. .......................................... 60

CAPITULO 9 ........................................................ 63

LOS RESULTADOS ............................................. 63

9.1-Mantener la Tarifa Actual. ................................. 63

9.2-Aplicar una Tarifa Intermedia. ........................... 66

9.3 -Aplicación de la Tarifa Baja. .............................. 69

9.4-Venta de excedentes en el mercado brasileño... 70

CAPITULO 10 ...................................................... 73

OTRAS PROPUESTAS. ........................................ 73

10.1-Sobrara 1.000 millones de dólares al año. ....... 73

10.2-Modificación del Tratado. ............................... 74

10.3-Revisión de la deuda. ...................................... 75

10.4-Revisión de Anexos A y B ................................. 75

10.5- Con relación a las “Propuestas”. ..................... 76

CAPITULO 11 ...................................................... 78

LA TARIFA DE ITAIPÚ DEBE SER LA MENOR

POSIBLE. ................................................................... 78


11.1-Determinación de la participación de Ande y

Eletrobras. .............................................................. 79

11.2-Ingresos por tarifa aplicada. ............................ 81

11.3-Los benéficos de la Tarifa Baja. ........................ 84

11.4-La “Compensación” por “Cesión de Energía”. .. 85

CAPITULO 12 ...................................................... 88

RENTA ELECTRICA DE LA ANDE EVITARA SU

QUIEBRA .................................................................. 88

12.1- Las Tarifas de la Ande. .................................... 88

12.2- Fuentes de renta eléctrica de Ande. ............... 90

12.3-Criterios utilizados para estimar la renta

eléctrica de la Ande. ................................................ 90

12.4--Renta por reducción del costo de la energía de

Itaipú. ..................................................................... 92

12.5- Renta por la “Venta” de excedentes. .............. 94

12.6- Resumen de la Renta de la Ande. ................... 96

12.7- Utilización de la Renta eléctrica. ..................... 98

CAPITULO 13 .................................................... 101

COMERCIALIZACIÓN DE EXCEDENTES DE

ENERGIA ELECTRICA EN EL BRASIL. ............... 101

13.1-Las instalaciones. .......................................... 102

13.2-Nodo de Interconexión. ................................. 104

13.3-Alternativas de contratación. ........................ 105

13.4-Modalidad de Venta o Intercambio. .............. 106

13.5-Los contratos. ............................................... 107


CAPITULO 14 .................................................... 109

LOS “GASTOS DE EXPLOTACION” DE ITAIPÚ.

................................................................................. 109

14.1-Los “Gastos de Explotación”. ......................... 110

14.2-Sus efectos. ................................................... 112

CAPITULO 15 .................................................... 115

CAMINO A LA REVISION. ............................... 115

15.1-Los acuerdos. ................................................ 117

CAPITULO 16 .................................................... 121

QUÉ HACER CON LOS EXCEDENTES A PARTIR

DEL 2023. ................................................................ 121

16.1-El Rol del Estado. ........................................... 122

16.2-El marco regulador. ....................................... 123

16.3-Las acciones específicas en cuanto a la

utilización. ............................................................ 125

16.4-En cuanto a la política de precios. ................. 126

16.5-Con relación al aspecto institucional. ............ 127

CAPITULO 17 .................................................... 129

LA BÚSQUEDA DEL DESPRESTIGIO DE LA

ANDE. ..................................................................... 129

17.1-La búsqueda de solución. .............................. 132

17.2-Las negociaciones.......................................... 133

17.3--Impacto en la revisión del Anexo “C”............ 134

17.4-Las declaraciones. ......................................... 135

CONCLUSIÓNES ............................................... 137


RECOMENDACIONES ...................................... 143

ANEXO 1 ............................................................ 147

Declaración conjunta Lugo-Lula .......................... 147

ANEXO 2 ............................................................ 161

Temario Preliminar Cancillería ............................ 161

ANEXO 3 ............................................................ 179

Reclamos de Eletrobras ........................................ 179

BIBLIOGRAFÍA ................................................. 187

RESEÑA DEL LIBRO ........................................ 189

ACERCA DEL AUTOR ...................................... 191

ACTUALIDAD DEL SECTOR ELECTRICO ..... 194

Libro Itaipu 2023 ¡AHORA O NUNCA! .............. 195


PROLOGO

E

sta próxima la fecha en que la deuda

contraída por Itaipú Binacional para su

construcción quedará saldada.

Sin embargo continuara la asimetría entre la Ande y

la Eletrobras en el consumo de la energía producida

en la hidroeléctrica.

Definir correctamente el nuevo Costo de los

Servicios de Electricidad de Itaipú durante la

Revisión del Anexo “C” del Tratado, previsto para el

2023, es de vital importancia para el país.

La aplicación de nuevas reglas impactara

directamente en las diferentes instituciones

administradoras de los recursos de Itaipú.

En el Paraguay, estas son la Ande, el Ministerio

de Hacienda y la Itaipú margen derecha.

La tarifa de Itaipú afecta a la Ande y a Eletrobras,

por ser estas las empresas que la financia.

Incorporar conceptos no previstos en el Tratado y

que afecten la composición de la tarifa de Itaipú, no

es recomendable.


Inclusive, podrá causar el colapso financiero de la

empresa estatal de energía eléctrica, la Ande.

Causa preocupación el documento divulgado por

el Ministerio de Relaciones Exteriores de nuestro

país, en fecha 25 de mayo de 2021, bajo el título

“Temario Preliminar” (Anexo 2).

Llamativamente el formato de presentación del

escrito, que trata la revisión del Anexo “C”, impide

que lo llamemos de postura paraguaya.

Sin embargo, en ella se expone las conclusiones

de los Grupos de Trabajo de la Cancillería creados

específicamente para considerar los asuntos

relacionados con la revisión.

El escrito registra claramente la intención de

plantear, en representación de nuestro país, la

aplicación de una Tarifa Intermedia en el proceso de

revisión del Anexo “C”.

Definen como Tarifa Intermedia a un costo

unitario de la potencia media contratada, menor al

actual, pero superior al posible de obtener, luego de

la cancelación de la deuda.

Si consideramos como válido el contenido del

“Temario Preliminar” distribuido por Cancillería, el

Paraguay dirá no a la reducción máxima posible del

costo unitario del servicio de electricidad de Itaipú.

La propuesta va de contramano a lo que establece

el Anexo “C” del Tratado, vigente.


Sus autores, los Grupos de Trabajo de la

Cancillería, argumentan que la Tarifa Intermedia

permitirá la creación de “Fondos Especiales”. El

destino de estos recursos no está debidamente

fundamentados por sus proponentes.

También proponen asignar recursos, a “obras”

qué no pasan del imaginario de sus proponentes.

En el “Temario Preliminar” se argumenta una

supuesta imposibilidad de reclamar la libre

disponibilidad de los excedentes de energía

pertenecientes al Paraguay.

Y lo más llamativo, se aboga fuertemente por

continuar manteniendo el secretismo absoluto en el

manejo de los recursos multimillonarios de la

Binacional. Principalmente de los “Gastos de

Explotación”.

Todo indica que con la Tarifa Intermedia se busca

que Itaipú capture parte de la renta eléctrica que

tendrá la Ande con la reducción del costo de

producción de Itaipú,

Esta propuesta permitirá a Itaipú aumentar los

recursos a ser administrados bajo el rubro “Gastos de

Explotación”, a cargo de los Directores y Consejeros

de la margen derecha.

No se analiza en el documento que aplicando la

tarifa más baja posible a la energía de Itaipú, la Ande

se verá inmensamente beneficiada.


Podrá incentivar la electrificación de la economía

paraguaya.

Con los recursos ahorrados en la compra de la

energía de Itaipú, la Ande, podrá conceder incentivos

para la instalación de industrias mano de obra

intensiva.

Por qué no promover la sustitución de

combustibles de origen fósil, 100 % importado, por

energía hidroeléctrica barata, renovable y no

contaminante del ambiente. Siempre en los casos en

que sean convenientes.

La reducción, al mínimo, del costo de Itaipú,

permitirá a la Ande transferir a sus usuarios parte del

ahorro obtenido en la compra de la energía de Itaipú.

Con esta, la ciudadanía de menores ingresos

podrán utilizar electrodomésticos para el bienestar de

la familia, cocina eléctrica, en vez de a gas importado

o leña.

Podrán dejar el ventilador para dar un paso

enorme en sus vidas con el acceso al aire

acondicionado.

Por fin la célebre ducha eléctrica podrá ser usada

por las familias de menores recursos, que en días de

invierno deben asearse con agua fría.

Los que elaboraron la propuesta deben explicar a

la ciudadanía porque se debe aplicar costos unitarios


artificialmente aumentados a la energía producida en

Itaipú.

No tiene sentido pagar más caro por un producto

que es posible obtenerlo a menor precio, con la

misma calidad y confiabilidad.

Por aplicación del Anexó “C”, de acuerdo a lo

establecido en el Ítem – VI.1, el costo unitario dela

energía producida en Itaipú debe bajar.

Esto no está en discusión, y la reducción será

como minino en un 62 % del monto actual.

La propuesta del “Temario Preliminar” indica la

intención de aumentar los recursos destinados al

multimillonario rubro “Gastos de Explotación” de

Itaipú.

En esta cuenta esta asignado los famosos “Gastos

Sociales y Ambientales” a cargo de la binacional.

Estos recursos económicos son aplicados de

manera discrecional y fuera del control de los

organismos competentes de la República del

Paraguay.

Es evidente la intención de consolidar a la Itaipú

margen derecha como un organismo fuera del control

de su propietario, el Estado paraguayo.

Esto se desprende del hecho de que en el

“Temario Preliminar” los Grupos de Trabajo de la


Cancillería proponen la creación de un organismo de

control supra nacional.

Si esto llegara a prosperar, existirá el riesgo de que

nuestro país pierda la soberanía sobre nuestros

recursos energéticos.

Por el superlativo interés de las autoridades

paraguayas, en dificultar el ingreso de los

organismos de control del Estado paraguayo, en la

binacional, es natural concluir que existe la intención

de continuar con el manejo discrecional y secreto de

los multimillonarios recursos proveídos por Ande y

Eletrobras a la institución.

A estas dificultades se suman la imposibilidad de

instaurar organismos de control y coordinación del

uso y administración de la energía en el Paraguay.

Es permanente el rechazo de los organismos del

poder ejecutivo y del parlamento, de los proyectos de

Ley presentados sobre este tema.

Nos referimos a la creación del Ministerio de

Energía y Minas.

También está a la vista el proposital manejo

desprolijo de la Ande.

Una empresa del Estado encargada por Ley de la

Nación del manejo del sector eléctrico paraguayo,

representante de las Altas Parte Contratantes en

Itaipú y en Yacyreta, jamás puede atravesar por las


situaciones económicas y financieras que se le

endilga.

Salvo que intereses ocultos, tengan la intención de

llevar al colapso financiero a una de las instituciones

más importantes para el desarrollo del país.

Los acontecimientos evidencian que esto se va

dando de diferentes formas, evitando la operación

sincronizada entre la binacionales Itaipú y Yacyreta,

creando conflictos innecesarios con la empresa

brasileña Eletrobras (ver Anexo 3).

Actualmente se está gestando una deuda por no

pago de la energía adquirida de Itaipú.

Para peor, se acusa a la Ande de apropiación de

parte de la energía de propiedad de la Eletrobras (ver

Anexo 3).

Estos hechos no pueden ser casuales. Forman

parte de un entramado de acciones cuyas

consecuencias negativas, en poco tiempo más, si no

se corrigen, afectaran a toda la ciudadanía honesta de

nuestro país.

El “Temario Preliminar”, elaborado por los

Grupos de Trabajo de la Cancillería, en manos de la

contraparte, transmitirá el mensaje de que nuestros

negociadores están tratando de engañar a la

ciudadanía paraguaya y que, más que negociar, están

en la búsqueda de cómplices para concretar sus

objetivos.


Hoy, en el confuso panorama creado en vísperas

de la toma de decisión sobre el costo del servicio de

Itaipú, surge con fuerza una situación relacionada

con el pasado, la deuda espuria.

Un hecho histórico de extraordinaria importancia,

que debe ser revisado, debatido y sus responsables,

si corresponde, castigados ejemplarmente

Sin embargo esto no debe diluir el tema que

condiciona el futuro de nuestra sociedad, el debate

tarifario.

Dentro de 12 o 13 años la ciudadanía paraguaya

estará usando el 100 % de la producción de Itaipú.

En esa ocasión estará a la vista los resultados

económicos y financieros de haber adoptado una u

otra opción de tarifa, una modalidad de contratación

u otra.

Posiblemente se abrirá un debate parecido al de

hoy, por la deuda. Esperamos que no sea necesario

estar señalando con el dedo a los más nuevos vende

patrias.

Con la reducción de la tarifa por la directa

aplicación del Anexo “C” vigente, el Estado

paraguayo igualmente puede tener extraordinarios

ingresos que lo puede capturar a través de la Ande.

La figura ya existe, se denomina aporte

gubernamental. Por este mecanismo, parte de la


mayor rentabilidad de la Ande será trasferida a las

arcas del Estado.

Es uno de los resultados positivos de la reducción

de la Tarifa de Itaipú.

Con esto se canalizaran los recursos con total

transparencia, hoy inexistente, porque las

binacionales funcionan como un extra Estado, para

obras de infraestructura esenciales al país a través del

Presupuesto General de Gastos de la Nación (PGN).

Además, en esta situación no será necesario

negociar nada con el Brasil, ni atar o ceder en otros

puntos negociables para conseguir algo que Paraguay

lo puede hacer sin necesidad de acuerdo mutuo con

Brasil.

En las propuestas presentadas en el “Temario

Preliminar”, elaboradas por los Grupos de Trabajo de

la Cancillería, una vez más se manifiesta en toda su

magnitud el desprecio al SER paraguayo. El daño

que se intenta causar a la sociedad paraguaya es

enorme y definitivamente este tipo de acciones debe

acabar.

MSc. Ing. Orlando Valdés

Primavera 2021


CAPITULO 1

EL “TEMARIO PRELIMINAR” DE

CANCILLERÍA

E

n nuestra condición de asesor Ad Honoren de

comisiones conformadas en el parlamento

tuvimos acceso al documento distribuido por

la Cancillería en la “Comisión Nacional de

Seguimiento de las Negociaciones de la Revisión de

Anexo “C” del Tratado de Itaipú” del Parlamento.

El documento es de fecha 25 de mayo de 2021, y se

la menciona como “Temario Preliminar del

Ministerio de Relaciones Exteriores”.

El documento inicialmente relata

cronológicamente las instrucciones que fueran dadas

por el Ejecutivo al Ministerio de Relaciones

Exteriores para la creación de la Comisión Asesora

Ad Honorem para la Revisión del Anexo “C” del

Tratado de Itaipú.

Esta fue implementada a través de la Resolución

N° 1.033 del 24 de octubre de 2019.


Dicha comisión Asesora cumplió funciones por el

plazo de 6 meses, del 03/09/2019 al 03/03/2020.

Por Decreto 3173/2019, se conformó el Equipo

Negociador, integrado por el Ministerio de

Relaciones Exteriores, Ministerio de Obras Públicas

y Comunicaciones, Gabinete Civil de la Presidencia

de la República y la Administración Nacional de

Electricidad (ANDE). Esto conforme recomendación

de la Comisión Asesora.

El objetivo del Equipo Negociador, según el

documento, es representar al Gobierno Nacional en

el proceso de Revisión del Anexo “C” y en otros

asuntos relacionados que le sean encomendados.

Se asignó a la Cancillería Nacional la

coordinación general.

Informa además que se constituyeron los Grupos

de Trabajo, cuya misión es desarrollar, analizar y

estudiar asuntos específicos relacionados con las

negociaciones.

Los Grupos de Trabajo son el Técnico, Comercial,

Económico y Jurídico

Se puede observar que las asignaciones de tareas

no están acompañadas de orientaciones en el sentido

de tomar como base de los trabajos la abundante

literatura existente en relación a la búsqueda del

desarrollo económico y social del país.


En ellas están definidas las prioridades y el

camino a seguir para alcanzar los diferentes objetivos

nacionales de mediano y largo plazo.

Y lo más importante, fueron elaborados por

organismos nacionales e internacionales

especializados en la materia.

Un documento mínimo como base de los trabajos

podría ser el “Plan Maestro de la Ande”. Sin embargo

no es citado en ningún momento.

El Equipo Negociador y sus Grupos de Trabajo

están integrados por excelentes técnicos que sin

embargo no tienen el perfil ni la atribución para

definir Políticas de Estado que tengan como objetivo

promover el desarrollo económico y social de la

República del Paraguay.

El “Temario Preliminar” también informa que la

Cancillería Nacional coordina una plataforma

interinstitucional denominada Grupo de Análisis y

Seguimiento

La misma está integrada por la Cancillería

Nacional y por representantes del Ministerio de

Obras Públicas y Comunicaciones, la

Administración Nacional de Electricidad y la Itaipú

margen derecha.

Se observa que el equipo humano que lo integra

es eminentemente técnico y está abocada a elaborar

propuestas en ese carácter con miras a su aplicación


en el proceso de Revisión del Anexo “C” del Tratado

de Itaipú.

También se informa que promovieron encuentros

con representantes de la sociedad civil mediante

notas remitidas a partidos políticos, gremios,

asociaciones, sindicatos y universidades.

Sobre los resultados de estos llamados, aparte de

la transcripción de las notas de respuestas de algunas

de las organizaciones, no se tiene noticias.

Consideramos que el equipo de Cancillería no

tiene atribuciones para convocar a la ciudadanía a

reflexionar sobre los caminos que debe o no seguir el

gobierno de la República para alcanzar el desarrollo

integral del país.

Esta tarea es competencia de otros estamentos del

Estado paraguayo a cargo de especialistas en el

análisis de los requerimientos de la Republica para su

desarrollo integral.

Hoy, la herramienta que el país dispone es la

energía eléctrica barata y renovable.

1.1-Aspectos técnicos de la Revisión

El “Temario Preliminar” define que los trabajos a

ser realizados durante la revisión consisten en


examinar todos los conceptos y componentes del

Anexo “C” para actualizarlos, o bien renegociarlos.

Los elementos sujetos de revisión son los que se

refieren a las bases financieras y de prestación del

servicio de electricidad.

Correctamente aclara que nada impide que ambos

países pueden plantear tratar otros asuntos

relacionados con el Tratado en cualquier momento

que las Altas Partes consideren oportuno.

El documento, “Temario Preliminar”, interno de

nuestro país, no especifica que se busca lograr en el

proceso de Revisión del Anexo “C”.

Consideramos que un objetivo a lograr seria

realizar los ajustes necesarios en el Anexo y el

Tratado para que sea posible acceder, con las mejores

condiciones técnicas y económicas posibles, a la

energía correspondiente al Paraguay.

Hoy la utilización de la energía correspondiente al

Paraguay esta presa a condicionamientos que fueron

establecidos en el momento de la concepción del ente

binacional.

Estas restricciones probablemente se justificaron

en la época, considerando las condiciones

económicas, financiera y política del Brasil y

Paraguay.

Luego de 50 años de la firma del Tratado, las

circunstancias han variado, razón por la cual es


necesario actualizar las condiciones del servicio

eléctrico. Esto es lo previsto en el Anexo “C”.

Otro punto básico a negociar es la actualización

del monto asignado al Paraguay en concepto de

“Compensación” por “Cesión de Energía” a un valor

equivalente al pagado por la energía a los

generadores en el mercado eléctrico regulado del

Brasil. Esto no se consideró en el “Temario

Preliminar”

1.2-Adelanto de la Revisión del Anexo “C”.

En el documento elaborado por los Grupos de

Trabajo y distribuido por Cancillería se afirma que

desde una visión país, la disminución de la “tarifa”

ya en el año 2022 podría significar perder la

oportunidad de reemplazar los componentes “deuda

y cargas financieras”, por otros posibles

componentes vinculados a otros intereses

estratégicos.

Estos serían obras para la navegación, aumento de

la capacidad de generación, infraestructura eléctrica,

etc.

Con estas afirmaciones se da a entender, no se

afirma, que existe la necesidad de adelantar la fecha

de revisión del Anexo “C”.


El argumento es que el país perdería supuestos

beneficios de no hacerlo.

Adelantar o no la revisión es una decisión que

debe ser consensuado en los diferentes estamentos

que conforman la sociedad paraguaya.

Mientras tanto lo importante es ir cumpliendo con

los plazos y criterios establecidos en el Anexo “C”

vigente.

Lo mejor para el país siempre será el

cumplimiento de lo establecido en el Tratado y sus

documentos complementarios.

Proponer o afirmar lo contrario debe tener una

justificación muy clara y contundente.


CAPITULO 2

DETERMINACIÓN DE LA TARIFA DE

ITAIPÚ.

E

n el “Temario Preliminar” propuesto por los

Grupos de Trabajo de la cancillería se

informa que realizaron simulaciones, bajo la

hipótesis de que se mantengan los conceptos y las

condiciones básicas actuales del Anexo “C”, para

escenarios post 2023.

Los resultados se obtuvieron aplicando tres tipos de

tarifas

Tarifa Alta; 22,60 U$D/Kw-Mes.

Para conseguir mantener la tarifa actual

incluyeron “nuevos componentes" en el Costo del

Servicio de Electricidad, en sustitución del Servicio

de la Deuda, en similar proporción, alrededor del

62%.

Tarifa Intermedia; 15,00 U$D/Kw-Mes.

Para esta alternativa también incluyeron “nuevos

componentes” en el Costo del Servicio de


Electricidad, en sustitución del Servicio de la Deuda,

en una proporción de alrededor del 50% de ésta.

Tarifa Baja; 9,61 U$D/kW. Mes

Es la aplicación del Anexo “C”. No incluyeron

“nuevos componentes” en el Costo del Servicio de

Electricidad, en sustitución del Servicio de la Deuda.

La Tarifa desciende automáticamente.

2.1-La Propuesta.

Las propuestas presentadas por los Grupos de

Trabajo, que no pasan de eso, son cuestionables.

Entre otros aspectos, por el hecho de presentar una

sola alternativa. La aplicación de la Tarifa

Intermedia.

Para justificarla, el trabajo propone la creación de

“nuevos componentes” para el Anexo “C” violatorias

a las disposiciones del Tratado y además poco

favorables para la Ande y sus usuarios.

A pesar de que los integrantes de los grupos son

excelentes técnicos, falta la participación de técnicos

especialistas del área de Planificación y Desarrollo

nacional. Por este motivo creemos que los Grupos de

Trabajo no pueden definir prioridades en la

aplicación de los recursos que supuestamente se

obtendrían. Lo más grave no son las propuestas pero

si el espíritu de las mismas.


No hacen ninguna referencia a las consecuencias

negativas que tendrá para Ande y sus usuarios la

aplicación de la Tarifa Intermedia en el costo del

servicio de electricidad.

2.2-El sobrecosto artificial.

Los costos adicionales incorporados en la Tarifa

Intermedia propuesta por los Grupos de Trabajo

serán pagados en un 76 % por los usuarios de la

ANDE y un 24 % por la Eletrobras. Esta es la

participación estimada de ambas empresas en la

compra de la energía paraguaya de Itaipu en el

periodo 2023/2032. A partir del 2032, los costos

adicionales serán pagados en un 100 % por los

usuarios de la Ande.

Se verifica, por los resultados encontrados, que la

idea de que mayoritariamente el sobrecosto artificial

aplicado a la tarifa de Itaipú será pagada por la

Eletrobras, no pasa de una verdad a medias.

Los estudios indican que en un plazo de 10 años

la Ande consumirá toda la parcela paraguaya de

itaipu. Este plazo podría prolongarse, por varias

razones, sin embargo no será superior a unos pocos

años más. Según los cálculos la participación de la

Eletrobras será solo del 24 % en la compra de la

energía paraguaya sobrefacturada.


Como máximo podría durar 14 años, con una

participación máxima del 31 %. Esto considerando

Yacyreta y Acaray.

En realidad, la aplicación de la Tarifa Intermedia

o mantener la Tarifa Actual significa mayor pago de

los usuarios de la Ande por el consumo eléctrico.

La participación de la Eletrobras disminuye año a

año, en función del aumento sostenido del consumo

de energía de nuestro país.

Finalmente, en el año 2032 el 100 % del

incremento artificial propuesto será pagada por los

usuarios de la Ande, a través de la tarifa de consumo.

Increíblemente, los Grupos de Trabajo, no

presentan ninguna alternativa a la detallada más

arriba.


CAPITULO 3

ACTUALIZACIÓN DE “ROYALTIES” Y DE

“RESARCIMIENTO”

L

os Grupos de Trabajo de la Cancillería para

justificar el sobre costo artificial,

denominada Tarifa Intermedia, proponen la

“actualización” de dos de los rubros que Itaipú

transfiere a las Altas Partes Contratantes. Los

“Royalties” y el “Resarcimiento”.

La propuesta sostiene que es posible hacerlo

mediante la aplicación de la Nota Reversal N° 1 del

11.02.1974, vigente.

Los “Royalties” percibidos por el Paraguay, que

ronda los 250 millones de dólares anuales, pasarían

a 500 millones de dólares anuales. Esto se aplicaría

a cada Alta Parte Contratante.

Usando la misma tesis se propone aumentar el

“Resarcimiento” actualmente percibido por la

ANDE y ELETROBRAS. El monto de

aproximadamente 20 millones de dólares anuales,


pasaría a 40 millones de dólares anuales por Alta

Parte Contratante.

Si bien a primera vista esto parece muy favorable

para nuestro país, se oculta a la ciudadanía el

impacto que tendrá en las facturas de los usuarios de

la Ande. El pago de estas “actualizaciones” será

realizado por los usuarios de la Ande.

Además, es llamativo que ahora, que aumenta

rápidamente el consumo de la Ande desde Itaipú,

hayan descubierto que es viable la aplicación de un

factor multiplicador cercano a 8,0 puntos.

3.1-La “Imposibilidad” de actualización de los

valores de Compensación por Cesión de

Energía.

Siempre de acuerdo con el “Temario Preliminar”,

la propuesta paraguaya es mantener sin variación el

concepto “Compensación” por “Cesión de Energía”.

Justifican dicha postura afirmando que no habría

fundamentos legales para hacerlo.

En realidad todo es posible, así lo establece los

artículos del Tratado. Hacerlo o no depende

exclusivamente de las voluntades de las Altas Partes

Contratantes.


Lo ideal para nuestro país es la cancelación del

concepto “Cesión de energía” y obtener la libre

disponibilidad de la energía paraguaya para

comercializarla a precio de mercado regulado en el

Brasil.

Una alternativa a esto sería establecer como

monto a pagar en concepto de “Compensación” un

valor que sumado con la tarifa de compra sea

compatible con el precio de la energía ofertada en el

mercado eléctrico regulado del Brasil.

La posibilidad de vender la energía paraguaya de

Itaipú (50 Hz), a precio de mercado regulado en el

Brasil, ya fue consensuada con el Brasil.

Está registrado en la “Declaración Conjunta

Lugo-Lula” del año 2009.

A la luz de los documentos existentes es

incomprensible la propuesta elaborada por los

Grupos de Trabajo.

3.2-Nuevos Conceptos.

El “Temario Preliminar” incorpora la idea de

“aprovechar” el “margen o brecha” que surge con la

culminación de la deuda de Itaipú.


La propuesta es que la “brecha” se utilice para

“Nuevas Inversiones” y “Fondos Especiales”.

Las “Nuevas Inversiones” se refieren a la

propuesta de construcción de la esclusa de

navegación, que si bien está incluida en el Anexo

“B” y tiene algunos estudios ya realizados, está muy

distante de que su construcción se inicie.

En caso de que se tome la decisión de construirla,

ahora, a partir del 2023, el financiamiento se deberá

realizar a través de préstamos, con años de gracia

para su pago, como se hicieron con todas las obras

de la binacional. Y con financistas que ofrezcan las

tasas más bajas de interés, evitando en lo posible que

sean grupos brasileños, como fue para la

construcción de Itaipú.

Financiarla mediante aportes mensuales

retenidos por la binacional, a partir del año 2023,

violara el equilibrio gastos/ingresos establecido en

el Tratado.

En el “Temario Preliminar” se incluye obras que

posibilitarían, según los Grupos de Trabajo,

aumentar la capacidad de generación de la Itaipú

Binacional.

Sin embargo, no existen avances concretos al

respecto. Finalmente se habla de la posibilidad de


realizar obras para aumentar el nivel operativo

máximo del embalse.

Todas estas obras, cuando se decida su

construcción, serán financiadas mediante préstamos

externos, como se realizó en ocasión de la

instalación de las 2 unidades adicionales, la 9A y la

18A.

Con relación a la creación de “Fondos

Especiales”, prevén recursos para grandes

reparaciones sobre los cuales no existen estudios

específicos y concretos.

Si existe la decisión de realizar la actualización

tecnológica de los equipos, tarea que se inició hace

varios años atrás y continúan.

Y lo absurdo, se propone realizar inversiones en

la infraestructura eléctrica del Paraguay. Esto no es

competencia de la Itaipú Binacional, si de la Ande,

bajo supervisión del Estado paraguayo.

Salta a la vista que se trata de justificar un costo

artificial de la energía de Itaipú incluyendo gastos en

rubros que no existen y/o no corresponden.

Las propuestas no poseen un sustento real,

concreto y no forman parte de ningún plan aprobado

por los estamentos correspondientes de las Altas

Partes Contratantes.


La inclusión en el Costo del Servicio de

Electricidad de montos a ser destinados a obras

futuras viola el Tratado de Itaipú.

La elaboración de un listado de obras y de

posibles reparaciones de daños que podrían aparecer

en un periodo de tiempo no determinado, no es

justificativo para aumentar el costo unitario del

servicio de electricidad de Itaipú.

3.3-Confusión en las atribuciones de la Itaipú

Binacional.

Los Grupos de Trabajo, recomiendan mantener

los “Gastos Sociales y Ambientales”.

Estas tareas son necesarias y deben continuar

dentro de las normativas previstas para el

mantenimiento ambiental del entorno del embalse.

Esta actividad es de extrema importancia para

mantener operativa la central por muchos años más.

Este rubro está destinado a la reducción de la

colmatación y de cualquier otro problema que la

comunidad que la rodea pueda ocasionar al embalse.

No es atribución de la Itaipú Binacional, y nunca

lo fue, intervenir en las políticas nacionales, fuera

del área de influencia del proyecto.


Se instaló una narrativa por la cual, por el solo

hecho de disponer de recursos, sin control de los

organismos nacionales y provenientes

supuestamente del Brasil, vía tarifas, la Itaipú puede

intervenir en cualquier ámbito de la vida nacional.

Es así, que se considera normal que tareas como

construcción de grupos habitacionales, escuelas,

colegios, centros de salud, centros recreativos, vías

de acceso, telecomunicaciones, instalaciones de

electricidad, agua corriente, sanitaria, pluviales y

otras obras de infraestructura, etc., sean financiadas

y realizadas directamente por Itaipú.

Si alguna vez Itaipú intervino en la ejecución y

financiamiento de obras de infraestructura, fue por

ausencia de las mismas en la zona de influencia del

proyecto, en la época de su construcción.

Es verdad, se construyeron ciudades enteras en

sustitución de las afectadas por el embalse. Esto

ocurrió principalmente en el lado brasilero.

Con el proyecto concluido y en funcionamiento,

la responsabilidad de la binacional, en cada una en

sus márgenes, es la de mantener las mejores

condiciones sociales y ambientales en el área de

influencia del embalse y nada más. Todo en

colaboración y bajo el control de ambos socios en el

emprendimiento binacional.


CAPITULO 4

LIBRE DISPONIBILIDAD, VENTA DE

ENERGÍA, COGESTIÓN PLENA Y

CONTROL DE CUENTAS.

D

e acuerdo con el Artículo XIII del Tratado

de ITAIPÚ, las Altas Partes pactaron la

modalidad de “Cesión de la Energía” en

caso de que uno de los países no tenga a capacidad

de consumir la totalidad de lo que le corresponde en

su sistema eléctrico. Este tema debe ser considerado

dentro de las conversaciones sobre la revisión del

Anexo “C”.

4.1- Libre Disponibilidad, Venta De Energía.

El “Temario Preliminar” recomienda no tratar

este tema, propone mantener la actual situación de

“Compensación” por “Cesión de Energía”.

Increíblemente, tampoco considera la posibilidad

de solicitar un aumento del monto que el Brasil


remesa en ese concepto. La propuesta de los Grupos

de Trabajo no es la más conveniente para el país.

La venta de energía a terceros países es posible y

la infraestructura para hacerla existe. Son las mismas

hoy utilizadas para el retiro de la energía de Itaipú y

Yacyreta por el Brasil y la Argentina

respectivamente.

Lo que falta es la voluntad de ambos países de

pagar por nuestra producción el precio de mercado.

Como obtener la libre disponibilidad de nuestra

energía es una de las tareas principales de los Grupos

de Trabajo.

Un buen inicio seria explorar la “Declaración

Conjunta Lugo/Lula” del año 2009.

4.2-Aprobación de la NR 18/95 por el Brasil.

Los Grupos de Trabajo proponen una

administración paritaria, completa y eficiente, pero

sobre todo formal en la conducción de la Entidad

Binacional.

Reconocen que desde el 21 de diciembre de 1995,

el manejo administrativo de la binacional no está

sustentada en documentos formales por la falta de

Notas Reversales correspondientes.


La modificación del Estatuto de Itaipú, Anexo

“A” del año 1995, fue aprobada por el Congreso

paraguayo, pero no por su par brasileño, razón por la

cual no entró en vigor. A raíz de ello, sigue

aplicándose la versión del Estatuto del 28 de enero

de 1986.

No es aceptable que la propuesta de Revisión del

Anexo “A”, sea la de aplicar la vieja propuesta no

aprobada por el Congreso brasileño.

Las actuales condiciones de consumo de energía

de nuestro país y la proximidad del cancelamiento

de la deuda de Itaipú, crea un escenario totalmente

distinto, por lo que es necesario una revisión del

Anexo “A” pero en base a la situación actual.

A pesar de que en el discurso se afirma que los

Directores Generales, los miembros del Consejo de

Administración y del Directorio Ejecutivo tienen las

mismas prerrogativas, sean paraguayos o brasileños,

en la práctica esa no es la verdad.

4.3-Control por parte de Contraloría General de

la Republica.

Con relación a la falta de control y transparencia

del manejo de las cuentas de la Margen Derecha de

la Itaipú Binacional, los Grupos de Trabajo


proponen la creación de un organismo supranacional

para realizar la tarea de control.

Esto en la práctica es la promoción de la pérdida

de soberanía del Estado paraguayo sobre la Central

Hidroeléctrica Binacional Itaipú.

El proyecto de creación de la citada Comisión

Binacional de Cuentas parte de la premisa de que

toda auditoría a la Entidad debe hacerse sobre la base

de un acuerdo entre ambos condóminos.

Esto según los entendidos en la materia está

totalmente fuera de lo establecido en el Tratado y sus

documentos complementarios.

Desde luego que garantizar la ausencia de control

y transparencia en el uso de los recursos destinados

a los “Gastos de Explotación”, es probablemente una

de las partes más celosamente cuidadas en el

“Temario Preliminar”.


CAPITULO 5

ITAIPÚ BINACIÓNAL, SUS ETAPAS.

L

os planteos de los Grupos de Trabajo de la

Cancillería en el documento denominado

“Temario Preliminar” del Ministerio de

Relaciones Exteriores de fecha 25 de mayo de 2021,

son preocupantes.

Proponen la creación de “nuevos beneficios” para

el país y el aumento de algunos ya vigentes. Estos

serán financiados, según consta en los 14 puntos del

material, mediante la aplicación de una “Tarifa

Intermedia” a la energía producida en Itaipú

Binacional.

Esto mediante el aprovechamiento de la “Brecha”

existente entre la tarifa actual y la que corresponde,

según el Tratado, al final del pago de toda la deuda

de la binacional.

El “Temario Preliminar” no se refiere a las

consecuencias negativas que tendrán sobre los

proveedores de los recursos necesarios para el


efecto. En el caso paraguayo, los usuarios de la

Ande.

Se da a entender que el financiamiento lo

realizara el Brasil, a través un sobrecosto a ser

pagado por los usuarios brasileros de la energía de

Itaipú.

Análisis puntuales de las propuestas presentadas

por los Grupos de Trabajo de la Cancillería no

permiten visualizar en toda su magnitud los

inconvenientes que estas incorporan. Es necesario

analizar las propuestas en una ventana o periodo de

tiempo. Nunca con un enfoque puntual.

A seguir realizaremos una breve descripción de

los más importantes periodos de la vida institucional

de la Itaipú Binacional. Lo resumimos en etapas

culminadas, en ejecución y por iniciar.

Cada una de ellas presenta características

especiales. La etapa inicial es la que describiremos a

continuación.

5.1-Etapa de construcción.

Este periodo se comenzó en el año 1973 y

culminó con la instalación y puesta en marcha de las

18 unidades generadoras iniciales de Itaipú.


La construcción de Itaipú fue una solución al

problema de límites entre Paraguay y Brasil.

Además, cubrió la necesidad de satisfacer la

creciente demanda de energía, especialmente del

Brasil, en un contexto de incrementos importantes

del precio del petróleo.

El financiamiento de la construcción fue posible

mediante préstamos obtenidos por la propia

binacional. El manejo de estos recursos estuvo a

cargo de los integrantes de la Dirección y del

Consejo de Administración de la binacional.

Los gastos, por lo menos en la margen derecha,

nunca tuvo el control de los organismos propios de

la República del Paraguay.

Durante la construcción de Itaipú, entre los años

1973 a 1990, Paraguay registró el crecimiento

económico más importante de su historia, con un

promedio anual de casi el 10%.

Este nivel fue superior al promedio de

Latinoamérica y el Caribe para el periodo.

Como referencia, al momento del inicio de su

construcción año 1973, el costo estimado de la obra

fue de aproximadamente U$D 2.000 millones.

Este monto en la época equivalía a

aproximadamente 200 % del PIB de Paraguay frente

al 2,3 % del Brasil.


El boom económico sin precedentes asociado a la

construcción de Itaipú y al auge de precios agrícolas

de la época no sentó bases sólidas para el desarrollo

económico y social sostenido de nuestro país.

No se implementaron las condiciones básicas

para la diversificación del sistema productivo

nacional y, especialmente, no se invirtió en el capital

humano. La construcción de Itaipú si dio origen a

una casta de privilegiados, producto de la

sobrefacturación de los costos de la construcción, los

llamados «Barones de Itaipú». Fue el origen de la

corrupción a gran escala basada en contrataciones

con Itaipú sin control de la ciudadanía.

La importancia de Itaipú siempre ha sido

relativamente menor para el Brasil, no así para el

Paraguay. Nuestro país es pequeño y hasta la fecha

poco desarrollado.

La siguiente etapa es la que hoy se desarrolla y la

denominaremos;

5.2-Producción con deuda y consumo

asimétrico.

Este periodo se caracteriza por la producción de

energía con el costo condicionado al componente

pago de la deuda contraída para la construcción.


La otra característica de este periodo es el bajo

consumo del Paraguay de su parcela de energía en la

binacional

Esta fase se inició en el año 1985 y finalizara en

el año 2023. Es importante destacar que la etapa de

construcción no concluyo abruptamente.

Desde mayo del año 1985, la construcción y la

producción de energía comenzaron a convivir por

varios años. La entrada en servicio de las unidades

generadoras fue gradual, esta situación es propia en

la construcción de una hidroeléctrica del tamaño de

Itaipú.

Muchos de los criterios establecidos en el Anexo

“C” del Tratado no fueron aplicados sino a partir de

la instalación total de las 18 unidades generadoras.

La culminación del pago de la deuda está

programada para el año 2023. Dicho pago afecta en

aproximadamente el 62% del costo unitario de los

servicios de electricidad de Itaipú.

Históricamente el mayor porcentaje de pago es

realizado por el consumidor brasileño. Esto ocurre

porque el Brasil es el mayor consumidor de la

producción de la binacional.

La siguiente ventana de tiempo es;


5.3-Producción sin deuda y consumo asimétrico.

Esta se iniciará en el año 2023, antes que la

Ande pueda consumir toda la energía paraguaya en

50 Hz producida en la binacional.

Se estima que el equilibrio en el consumo se

producirá aproximadamente en el año 2032. Es

decir, dentro de 10 años, contados desde el 2023.

Para nuestro país esta etapa de transición es

sumamente importante en razón de que el

crecimiento de la demanda del sistema eléctrico

paraguayo es acelerado. Esta situación recomienda

que el costo del servicio de electricidad de Itaipú,

debe ser el más bajo posible.

El último periodo es de equilibrio en el consumo

de las Altas Partes Contratantes, la llamamos;

5.4-Producción sin deuda y consumo igualitario.

Es el tiempo en que existirá finalmente el

equilibrio en el consumo de la energía producida en

la binacional. Este periodo se iniciará

aproximadamente en el año 2032.


El consumo igualitario de la producción de la

central afectara profundamente varios paradigmas

vigentes desde el inicio de la producción de Itaipú.

A partir del año 2032 los beneficios que Itaipú

concede a las Altas Partes Contratantes serán

financiados de manera igualitaria.

Es decir, el 100 % de los gastos realizados en el

territorio paraguayo serán financiados por los

usuarios de la Ande.

La verdad de hierro es que el hecho de que

actualmente el Brasil aporte recursos para financiar

parte de los beneficios que se transfieren al Paraguay

es circunstancial y a cada año se reduce y terminara

aproximadamente en el año 2032.

Todo esto afectara a las instituciones que reciben

o administran los recursos provenientes de la Itaipú

Binacional.

Las instituciones son tres, la Ande, el Ministerio

de Hacienda y la Itaipú margen derecha. En el caso

de Itaipú, específicamente en el rubro “Gastos de

Explotación”.

A partir del año 2032, los costos de operación de

la binacional serán pagados de manera igualitaria

por el consumidor paraguayo y el brasileño. Por esta

razón las mismas deben ser las menores posibles


CAPITULO 6

TARIFAS DE ITAIPÚ Y ANDE, SUS

DIFERENCIAS.

E

n agosto de 2023 vence el plazo para la

Revisión de las disposiciones del Anexo “C”

del Tratado de Itaipú. Conforme

establecido, la actual tarifa tendrá una reducción del

orden del 62% luego de la aplicación de los criterios

determinados en el documento.

En su presentación los Grupos de Trabajo del

Ministerio de Relaciones Exteriores afirman que

consideraron tres escenarios sobre el futuro precio

de la energía de Itaipú.

Primero: mantener el precio actual.

Segundo: establecer una Tarifa Intermedia.

Tercero: su reducción en el orden del 62%.

El primer y segundo escenario permite mantener

abierta la posibilidad de intervenir en las finanzas de

la binacional mediante la contratación de


multimillonarios préstamos, realizar obras o crear

fondos especiales, con cargo a la binacional.

Mantener la tarifa actual o reducirla solo

parcialmente es la manera de incorporar recursos

para el pago de gastos no previstos en el Tratado de

Itaipú y sus documentos complementarios.

Las autoridades paraguayas y brasileñas de la

binacional difícilmente podrán llevar adelante la

aplicación de escenarios que impidan la reducción

máxima del costo de producción de la binacional.

De hecho los representantes del Brasil ya

divulgaron su intención de hacer cumplir a plenitud

lo establecido en el Anexo “C”.

La razón es simple, los escenarios en que el

precio de la energía de Itaipú no se reduce a los

niveles previstos, no son favorables a los intereses

soberanos del Paraguay y del Brasil.

Indudablemente lo mejor que le puede ocurrir a

cualquier nación del mundo es la reducción, al

mínimo, del precio de la energía que sustenta el

desarrollo de su economía.

El costo elevado de la energía ha generado

guerras inclusive.


6.1-Diferencia entre tarifa Itaipú y de Ande.

Las tarifas de estas empresas no son iguales, pero

sí son dependientes. A menor costo de la energía de

Itaipú, mayor renta para la Ande.

O en su defecto, permite la aplicación de menores

tarifas para sus usuarios. Es posible reducir los

montos hoy vigentes en el “Pliego 21” de tarifas de

la Ande.

A la Ande, en su condición de compradora de la

energía de Itaipú, le conviene y siempre le

convendrá obtener un precio de adquisición lo más

bajo posible.

Sabemos que la Ande, con la autorización del

Gobierno nacional, no de la Itaipú Binacional,

determina de manera libre y soberana la tarifa que

aplica a sus usuarios.

Hoy está vigente el “Pliego 21” de tarifas.

La tarifa de la Ande incluye, además del costo de

compra de Itaipú, los recursos necesarios para el

pago de las cuentas por la construcción, la operación

y el mantenimiento de la infraestructura eléctrica del

sistema eléctrico paraguayo.

Ya el precio de venta de la energía eléctrica

producida en Itaipú está determinado por las Altas

Partes Contratantes que integran las binacionales.


Lo ideal para sus clientes compradores, la Ande

y Eletrobras, es que sea la más baja posible. La

fijación de la tarifa de la Ande para sus usuarios, es

potestad de ella, con acuerdo del Gobierno nacional

Todo depende de la política tarifaria que se desee

aplicar.

La Ande ejecuta la política tarifaria, manteniendo

su valor actual, reduciéndola parcialmente o

totalmente. Todo depende de las metas que el

Gobierno nacional, a través de sus Políticas de

Estado, deseen lograr. Finalmente la Ande es la

ejecutora de las políticas tarifarias determinada por

el Gobierno nacional. Esto puede y lo hace la Ande.

La reducción del precio de la energía de Itaipú,

por aplicación de lo establecido en el Anexo “C”,

anula la posibilidad de que la binacional asuma

compromisos o realice labores fuera de lo

establecido en el Tratado y sus documentos

complementarios. La baja del costo de la energía de

Itaipú podrá ser transferida por la Ande, a sus

usuarios, como ya afirmamos, total o parcialmente.

La diferencia, la renta posible de la Ande por

mantener plena o parcialmente su “Pliego 21” de

tarifas, servirá para fortalecer su infraestructura,

realizar transferencias al gobierno central y el pago

de las deudas contraídas para el desarrollo del

sistema eléctrico paraguayo.


CAPITULO 7

CRITERIOS APLICADOS PARA EL

ANALISIS.

E

n este capítulo definimos criterios iniciales

para la obtención de los datos necesarios

para observar las consecuencias de aplicar

los tres costos unitarios establecidos en el

documento de Cancillería denominado “Temario

Preliminar”.

Los resultados se reflejaran en los montos que

ingresarán en las instituciones encargadas de la

administración de los recursos de Itaipú.

Las instituciones afectadas son la Ande,

Ministerio de Hacienda y la Itaipú margen derecha,

en el rubro “Gastos de Explotación”.

Incluimos los efectos de la cancelación del

concepto “Compensación” por “Cesión de Energía”,

pagada por el Gobierno del Brasil al Paraguay. Los

recursos para este pago no provienen de la Itaipú

Binacional.


También consideramos el impacto de

comercializar la energía excedente correspondiente

al Paraguay en el mercado eléctrico regulado del

Brasil.

Esta operación fue prevista en el Acuerdo Lugo-

Lula firmado en el año 2009. Sin embargo no consta

en las recomendaciones elaboradas por los Grupos

de Trabajo de la Cancillería.

7.1-Los Criterios.

1-Se considera como ventana de tiempo la etapa

denominada “Producción sin deuda y consumo

asimétrico”. La duración estimada es de 10 años.

Contados a partir del año 2023 al 2032.

2- Se establece como producción anual de la central

Itaipú en 75.000.000 Mwh/año.

3- Loa tres costos unitarios de potencia media de

Itaipú son las siguientes;

‣ Tarifa Actual: 22,6 U$D Kw-mes.

‣ Tarifa Intermedia: 15,0 U$D Kw-mes:

Es la propuesta presentada en el

“Temario Preliminar”.

‣ Tarifa Baja: 9,6 U$D Kw-mes.


4- El precio de la energía en U$D/Mwh se obtiene

en base a la generación de 75.000.000 Mwh/año.

5- No se considera la energía producida en Yacyreta

y Acaray.

6- La tasa de crecimiento para la energía consumida

es de 6,8 % anual compuesto. Valor utilizado por la

Ande en su último Plan Maestro.

7- Para el periodo de 2023 a 2032 la tarifa Ande para

sus usuarios es la establecida en el " Pliego 21". Con

esta tarifa la Ande paga el costo unitario actual de

Itaipú de 22,6 U$D Kw-mes.

8- Se estima como precio de venta en el Mercado

Regulado de Energía del Brasil el monto de 42 U$D/

Mwh.

9-La comercialización a cargo de la Ande. Se

considera “Nodo” de entrega las barras de 500 Kv

de la SE-MD- Hernandarias, Py.


CAPITULO 8

EL PUNTO DE PÀRTIDA

P

ara obtener los últimos datos referentes al

manejo de los recursos de la binacional

recurrimos a la información disponible en la

Memoria Anual del año 2.020.

8.1- Componentes del Costo del Servicio de

Electricidad.

La tabla 1 presenta los montos asignados a cada

uno de los componentes del Costo del Servicio de

Electricidad correspondiente al año 2020, en

millones de dólares. Esto conforme establecido en el

Anexo “C” del Tratado de Itaipú y sus Documentos

Complementarios.

Los recursos fueron provistos por la Ande y

Eletrobras mediante sus pagos por la compra de la

totalidad de la producción de central hidroeléctrica

binacional.


El gasto principal está relacionado con la

amortización de Préstamos y Financiamiento, y las

Cargas Financieras de los Préstamos. Ambos rubros

totalizan 2.058,5 millones de dólares. Corresponde

al 62 % del presupuesto anual de la entidad.

Tabla 1

El siguiente monto en importancia es el destinado

a los “Gastos de Explotación” de la entidad. El

monto correspondiente fue de 802,7 millones de

dólares.


Le sigue en orden de importancia los recursos

previstos para el pago de “Royalties” a las Altas

Partes Contratantes. Y Finalmente los destinados a

“Resarcimientos” y “Utilidades de capital”.

8.2-Distribución de recursos por institución.

En la tabla 2 abajo se presenta el destino asignado

a los recursos de la Itaipú Binacional, según el

Tratado, por institución.

Tabla 2


Los recursos denominados “Utilidades de

Capital” y “Resarcimientos” son transferidos

directamente a la Ande y Eletrobras.

Los correspondientes a “Royalties” son

transferidos al Ministerio de Hacienda del Paraguay

y de su equivalente en el Brasil.

En la tabla 2 se presenta el valor total, sin

discriminación por margen.

Los montos que corresponden a la “Amortización

de Préstamos y Financiamiento” y las “Cargas

Financieras de Préstamos” son entregados a los

“Acreedores” de la Itaipú Binacional.

El monto asignado como “Gastos de

Explotación” de Itaipú, es el único rubro realmente

administrado por la Entidad, mitad y mitad por

margen.

8.3- Recursos administrados por Instituciones de

la República del Paraguay.

En la Tabla 3 se observa el monto que recibió en

el año 2020 cada institución paraguaya de Itaipú

Binacional.

El mayor volumen de recursos fue administrado

por la Itaipú Margen Derecha, 401,4 millones de


dólares. Es el monto correspondiente a los “Gastos

de Explotación”. Este monto es administrado sin

supervisión de los organismos de control del Estado

Paraguayo.

A la Ande le correspondió 41,3 millones de

dólares. Al Ministerio de Hacienda 212,1 millones

de dólares. Estos montos están sometidos al control

del Estado paraguayo.

Tabla 3



CAPITULO 9

LOS RESULTADOS

C

onforme explicado anteriormente

realizamos el análisis del periodo

2023/2032 aplicando los criterios

enunciados y considerando las diferentes tarifas

conforme propuesta del grupo de Trabajo de

Cancillería.

9.1-Mantener la Tarifa Actual.

La primera alternativa es mantener la Tarifa

Actual de 22,60 U$D/kW-Mes.

Su aplicación significa impedir que la Ande

pueda contratar el 100 % de la energía paraguaya de

la hidroeléctrica binacional.

El motivo es simple, el costo de hacerlo

significaría erogaciones que la Ande no puede

realizar.


Mantener la Tarifa Actual condena a la Ande a no

poder acceder a una renta eléctrica, lo que le obliga

a seguir en las mismas condiciones financieras,

según se divulga, sin reservas ni recursos para

fortalecer su infraestructura.

Obtener recursos mediante el aumento de la tarifa

a sus usuarios es inviable. La economía paraguaya

no soporta un aumento del costo de la energía

establecida en el “Pliego 21” de la Ande hoy vigente.

Mantener el costo actual de Itaipú significa tener

que pagar a la Itaipú Binacional en los próximos 10

años aproximadamente 12.864 millones de dólares.

Los recursos adicionales que provendrán de la

diferencia entre la Tarifa Actual y la real, que es la

Tarifa Baja, permanecerán en Itaipú, para su

administración discrecional y secreta por los

Directores y Consejeros de la Itaipú Binacional.

Se argumenta para justificar el mantenimiento de

la Tarifa Actual, que la mayor parte de este

sobrecosto artificial será solventado por el Brasil.

Esto es una verdad a medias.

Es cierto que la compra de la energía de Itaipú por

parte de Ande y Eletrobras es aún asimétrico. Los

cálculos indican que en promedio, en el periodo

2023/2032, el 76 % de la energía paraguaya

generada en Itaipú será consumida por la Ande. Solo


el 24 % de dicha energía será consumida por la

Eletrobras.

Esto significa que los ingresos por la venta de la

energía paraguaya de Itaipú serán proveídos por la

Ande y Eletrobras en esa proporción.

Posterior al año 2032 el 100 % del sobrecosto

artificial será pagado por los usuarios de la Ande.

Siempre a través de la tarifa mantenida

artificialmente cara.

Tabla 1:

En la Tabla 1 arriba, en la columna Ingresos, se

puede observar los recursos ingresados y su

distribución a los organismos designados para su

administración.

Obsérvese que la más beneficiada es la gerencia

paraguaya de la Itaipú, con un monto de 13.840

MU$D. Este monto es el que será ejecutado bajo el


rubro “Gastos de Explotación”, sin control de la

ciudadanía.

Manteniendo la tarifa actual de Itaipú Binacional,

en el periodo de tiempo considerado, el monto a ser

manejado a discreción, sin control del Estado

paraguayo, por los gerentes de la margen derecha, a

lo largo de los 10 años, es de 13.840 millones de

dólares.

Esta alternativa viola lo establecido en el Tratado

de Itaipú y sus documentos complementarios.

También ralentizara el crecimiento de la

economía paraguaya y propiciara la profundización

de la corrupción que ya asola el país.

9.2-Aplicar una Tarifa Intermedia.

Con la aplicación de la Tarifa Intermedia, la Ande

deberá pagar a la Itaipú Binacional, al cabo de 10

años, la suma de 8.536.773 MU$D.

Naturalmente es una cifra inferior a la anterior,

pero aun así tendrá un impacto negativo importante

en la economía de la Ande y del país.

La Ande podrá realizar ahorros en la compra de

energía desde Itaipú. Pero no será lo suficiente para

honrar sus compromisos ya asumidos, mucho menos


podrá obtener más fondos para fortalecer su

infraestructura.

Tampoco le será posible reducir la tarifa hoy

vigente para los usuarios del servicio de la Ande.

Incrementar innecesariamente el costo del

servicio de electricidad de Itaipú Binacional, en

cualquier época o momento, definitivamente es

perjudicial para la economía paraguaya.

Tabla 2:

En la Tabla 2 arriba se puede observar como la

inclusión de los sobrecostos innecesarios en la tarifa

de Itaipú permite que ocurra un aparente

“equilibrio” entre los ingresos de las instituciones

encargadas de administrar los recursos de la Itaipú

en la margen derecha.

Con la aplicación de esta Taifa Intermedia la

Ande obtiene un ahorro por reducción parcial de la

tarifa de Itaipú Binacional del orden de los 4.327


millones de dólares en los 10 años considerados.

Para generar estos recursos la Ande debe mantener

su tarifa actual vigente, establecida en el “Pliego

21”.

Estos recursos los podrá utilizar para el

fortalecimiento de su sistema eléctrico y cumplir con

los compromisos financieros ya asumidos. Sin

embargo son insuficientes, según las previsiones

realizadas por la Ande, en su Plan Maestro.

Por otra parte, la más beneficiada con la Tarifa

Intermedia nuevamente es la gerencia de la margen

derecha de Itaipú, que en un lapso de 10 años

dispondrá de 5.575 MU$D para su manejo

discrecional y sin control ciudadano. Siempre en el

rubro “Gastos de Explotación

El Ministerio de Hacienda además de los recursos

que provendrán mayoritariamente de los usuarios de

la Ande (74 %) continuara recibiendo los ingresos

en concepto de “Compensación” por “Cesión de

Energía” hasta el año 2.032, en que acabaran los

excedente en 50 Hz.

La Tarifa Intermedia genera un gasto innecesario

para los usuarios del servicio eléctrico a nivel

nacional. Retrasa el desarrollo de la economía Evita

la electrificación de la economía paraguaya.


9.3 -Aplicación de la Tarifa Baja.

La aplicación correcta de los criterios

establecidos en el Anexo “C” del Tratado de Itaipú

permite el aparecimiento de la Tarifa Baja de Itaipú,

cuyo monto es de aproximadamente. 9,61 U$D/kW-

Mes.

Con la vigencia de la Tarifa Baja, el Paraguay, a

través de la Ande, accede a las condiciones

necesarias para ejercer su soberanía energética.

Lo ejecutara mediante la contratación del 100 %

de la energía producida en 50 Hz de propiedad de la

República del Paraguay.

Así, con la Revisión del Anexo “C” del Tratado,

ha llegado el momento de que nuestro país cumpla

con la contratación de toda la potencia y energía a

que tiene derecho el Paraguay. En cantidades

estrictamente iguales entre ambos países.

Tabla 3


En la Tabla 3 arriba se puede observar que en este

caso se optó por mantener el concepto

“Compensación” por “Cesión de Energía”.

La distribución de recursos entre las instituciones

que administran los ingresos de Itaipú presenta

características diferentes a la observada con la Tarifa

Intermedia.

La Tarifa Baja permite que la Ande, por la

importante reducción de sus gastos por compra de

energía de Itaipú pueda acceder a una renta de hasta

7.803 millones de dólares.

Los 400.000 MU$D transferidos a la Ande por

Itaipú en el periodo de 10 años, más los ahorros por

aplicación de la Tarifa Baja permite que la Ande

administre mayores recursos, bajo control

ciudadano, y en la cantidad suficiente para fortalecer

su infraestructura y pago de sus acreencias.

El Ministerio de Hacienda continúa recibiendo

sus ingresos por Cesión de Energía y el valor vigente

en concepto de “Royalties”.

9.4-Venta de excedentes en el mercado

brasileño.

Consideramos los resultados que la Ande

obtendría mediante la venta de la energía no


utilizada para el consumo propio de Paraguay a

Brasil, mediante negociación directa entre Ande y

Furnas S.A.

Este es uno de los reclamos más antiguos del

Paraguay, disponer de sus excedentes para la venta

a precio de mercado

Tabla 4

En la Tabla 4 arriba se puede observar que la

venta de los excedentes paraguayos de la Itaipú a

precio de mercado producirán ingresos del orden

delos 5.276 millones de dólares en el periodo de los

10 años considerados.

Con esto la Ande podrá administrar en torno a

13.476 millones de dólares.

El Ministerio de Hacienda dejara de recaudar en

concepto de “Cesión de Energía” y Eletrobras ya no

dispondrá de energía paraguaya a precio de costo.


Se puede observar que los “Gastos de

Explotación” de la Itaipú margen derecha continúan

muy elevados. Estos deberían ser ajustados a los

nuevos tiempos en que vive la República.

El máximo precio de venta de los excedentes

paraguayos deberá ser el que se pague a los

generadores en el mercado regulado de energía

eléctrica del Brasil.

Los contratos para el intercambio de los servicios

de electricidad deberá realizarse entre Furnas S.A. y

Ande.

El punto de entrega y recepción de energía en 50

Hz debe ser las líneas de 500 Kv que interconectan

la SE-MD (Hernandarias-Py) y la ES-FURNAS

(Foz de Iguazú-Br).


CAPITULO 10

OTRAS PROPUESTAS.

E

xisten varias propuestas de que hacer en el

2023, año de la Revisión del Anexo de la

Itaipú Binacional. A continuación nos

referiremos a algunas de ellas. La mayoría no pasa

de declaraciones sin sustento.

10.1-Sobrara 1.000 millones de dólares al año.

.

Varios planteos continúan promoviendo la

ilusión de que a partir del año 2023 estará sobrando

más de 2.000 millones de dólares en Itaipú y que

1.000 millones serán para el Paraguay.

Nada más alejado de la realidad. La verdad es que

no sobrara nada. Al terminar la deuda asumida por

la Itaipú para su construcción ya no será necesaria

colectar, vía tarifa, los recursos para realizar esos

pagos. Eso es lo que ocurrirá a partir del año 2023.


Lastimosamente estas afirmaciones sin sustento

crean falsas expectativas en la población.

Se afirma que es posible generar dichos recursos

mediante la incorporación de compromisos no

previstos al costo del servicio de electricidad.

Esto es violatorio al Tratado y sus documentos

complementarios.

Lo mejor para el país es que disponga para la

ciudadanía energía hidroeléctrica lo más barata

posible, con calidad y confiabilidad.

10.2-Modificación del Tratado.

Otros promueven la Revisión total del cuerpo del

Tratado e incluso denunciarlo ante instancias

judiciales internacionales.

Sus propulsores no presentan los cambios que

introducirían el Tratado y tampoco cuales serían los

asuntos a reclamar en las instancias judiciales

internacionales.

La irresponsabilidad con que se realizan este tipo

de declaraciones, es la constante.

Esto también genera expectativas en la

ciudadanía. Esto no está mal, despertar el interés de

la sociedad sobre este tema que es de suma


importancia para el desarrollo de nuestro país. Sin

embargo, consideramos que debe realizarse con

mucha responsabilidad. Por otra parte, todo indica

que este no es el momento de proponer este tipo de

acciones que solo generaría un ambiente poco

propicio para la realización de los ajustes necesarios

en el Anexo “C” previsto para el 2023.

10.3-Revisión de la deuda.

Se promueve la Revisión de la deuda de Itaipú,

un hecho muy auspicioso pero que probablemente

no redundara en beneficio al Paraguay. Si

sucedieron estos eventos, es muy poco probable que

sus autores sean castigados.

Si se comprueba que existió o existe el mal

manejo de la deuda de Itaipú, es de suma

importancia dejarlo registrado. Y que sus

responsables en el lado paraguayo sean identificados

y si no es posible condenarlos por la justicia, que

reciban el repudio de la sociedad.

10.4-Revisión de Anexos A y B

Otros proponen la renegociación de los Anexos

A y B, tampoco sin presentar propuestas concretas


sobre el asunto. No presentan objetivos a alcanzar.

Si bien es necesario realizarlo ¿Es el momento

adecuado? Y que solicitar.

10.5- Con relación a las “Propuestas”.

Como se puede observar las propuestas son

varias, pero hay que diferenciarlas. Algunos buscan

lo mejor para el país, lo hacen de buena fe, otros con

objetivos inconfesables ante la sociedad.

Las propuestas tienen su origen en grupos en

pugna que pueden resumirse en dos;

El primero busca mantener los privilegios que

obtienen a través de las binacionales. Estos son los

honorarios y altos salarios fuera de la realidad

nacional. Otros lo obtienen mediante contratos como

proveedores privilegiados, `prestación de servicios

varios a precios inflados, ventas de insumos sin

competencia, ejecución de obras innecesarias o

sobrefacturadas. No podemos olvidar las empresas

financieras, estas se reflejan en las cuentas bancarias

y seguros de todo tipo.

Los integrantes de este primer grupo, para

mantener sus privilegios, adecuan sus métodos a los

cambios que van ocurriendo en las diferentes etapas

de funcionamiento del emprendimiento.


El segundo grupo está integrado por los que de

manera objetiva buscan la democratización de los

beneficios producidos en la binacional. Que estos

recursos lleguen a la mayoría de la población, y no

solo para el reducido grupo más arriba citado.

La mejor forma de hacerlo es mediante tarifas

bajas en la Ande. Natural consecuencia de Tarifas

Bajas en Itaipú.


CAPITULO 11

LA TARIFA DE ITAIPÚ DEBE SER LA

MENOR POSIBLE.

U

no de los argumentos para mantener la

Tarifa Actual de Itaipú o de su reducción

solo parcial, es que con un sobreprecio

artificial es posible obtener beneficios adicionales

para el Paraguay.

Y principalmente, que ellas serán pagadas por los

usuarios de Eletrobras, esto según se desprende de la

presentación realizada por los Grupos de Trabajo de

la Cancillería.

La propuesta, además de mentirosa, viola el

Tratado de Itaipú, es poco ético. En realidad es

perjudicial a los intereses nacionales.

A seguir presentaremos en tablas los resultados

de cálculos realizados para demostrar, con números,

que no bajar la tarifa de Itaipú, al menor valor

posible, es atentar contra los intereses de la

República del Paraguay. En la práctica significa

condenar a la Ande a su colapso financiero.


Los cálculos los realizamos aplicando criterios

establecidos inicialmente en este trabajo.

11.1-Determinación de la participación de Ande

y Eletrobras.

En la tabla 1 se presenta la participación de la

Ande y Eletrobras en el consumo de la parcela de

energía correspondiente al Paraguay. En el periodo

comprendido entre los años 2023 al 2032, en valores

y porcentajes.

Conociendo esta información es posible calcular

la participación de Eletrobras en la adquisición de la

energía paraguaya excedente en Itaipú.

En la tabla 1 abajo, en la columna “Energía Py”

consta la energía prevista en Itaipú Binacional

correspondiente al Paraguay, año a año, en el

periodo considerado.

En la columna “Ande Mwh/año” están los valores

previstos de consumo de la Ande, año a año, hasta el

2032.

La columna “Eletrobras Mwh/año” nos indica el

consumo previsto de energía paraguaya de Itaipú por

parte de la Eletrobras.


Tabla 1

Y finalmente tenemos, en porcentajes, el

consumo estimado de Eletrobras y la Ande, de la

energía paraguaya de Itaipú, en el periodo

considerado. El porcentaje estimado es del 76 %

para la Ande y 24 % para Eletrobras, en promedio.

La participación anual de Eletrobras inicialmente

es elevada, del orden del 44%, en el año 2023.

Posteriormente va reduciéndose rápidamente,

siendo que a partir del año 2.029 es ínfima.

Posterior a este periodo el consumo de las Altas

Partes Contratantes será simétrico.


Al llegar ese momento, que inclusive puede ser

antes del año 2032, considerando la posibilidad de

que acurra una baja en la tarifa del “Pliego 21”, la

Ande y Eletrobras ingresaran cada uno, el 100 % de

los recursos para cubrir los gastos realizados en

Itaipú. Mitad y mitad.

Significa que el pago, con sobreprecio, por parte

de Eletrobras, por un 24 % de energía excedente,

acabara.

El usuario de la Ande deberá pagar el 100 % del

sobre precio artificial de la tarifa de Itaipú.

Utilizando la relación 76/24 a continuación

determinamos los montos que Ande y Eletrobras

ingresaran a Itaipú, por compra de energía

paraguaya, según la tarifa aplicada.

11.2-Ingresos por tarifa aplicada.

Utilizando las tres alternativas de tarifas

presentadas por los Grupos de Trabajo de la

Cancillería, calculamos los montos que la Ande y

Eletrobras ingresaran a Itaipú por compra de la

parcela paraguaya de energía.

Estos recursos se utilizaran por Itaipú para cubrir

sus necesidades y cumplir con el Estado paraguayo.


Los compromisos son; con la Ande, por

“Utilidades de Capital” y “Resarcimientos”, al

Ministerio de Hacienda, en concepto de “Royalties”,

y el rubro “Gasto de Explotación” de la Itaipú

Binacional, correspondiente a la margen derecha.

Tabla 2

En la tabla 2 se verifica que el porcentaje de

participación de la Ande y Eletrobras, en la

provisión de recursos para Itaipú, es constante para

las tres tarifas aplicadas. Ande 76 % y Eletrobras 24

%. Observamos que aplicando la Tarifa Baja, de

acuerdo a lo establecido al Anexo “C”, la Ande


deberá recaudar de sus usuarios, en 10 años, la

reducida suma de 5.156 millones de dólares.

Mientras que si se mantuviera la Tarifa Actual o

aplicara la Tarifa Intermedia, deberá recaudar de sus

usuarios la suma de 12.891 millones de dólares o

8.594 millones de dólares, respectivamente.

El detalle a considerar es que manteniendo la

Tarifa Actual o aplicando la Tarifa Intermedia, la

multimillonaria diferencia que se generara con la

tarifa real, que es la Tarifa Baja, quedara a merced

de los Directores y Consejeros de Itaipú.

Estos recursos serán considerados “Gastos de

Explotación” o con otra designación, que fácilmente

inventaran.

Los montos que la Ande debe aportar por el

mantenimiento de la Tarifa Actual o por aplicación

de la Tarifa Intermedia, tendrá un efecto negativo en

la economía de nuestro país. Estas tarifas artificiales

pueden ocasionar la quiebra de la Ande.

Eletrobras, por su reducida participación en

promedio, en los 10 años considerados, aun

manteniendo la tarifa Actual o la Tarifa Intermedia,

finalmente ingresara, con destino a recursos para el

Paraguay, un monto mínimo que realmente no

significara una real ventaja si consideramos la


cantidad de recursos que deberá aportar la Ande a

Itaipú, con estas tarifas altas.

11.3-Los benéficos de la Tarifa Baja.

Se argumenta, sin presentar números, que la

Tarifa Baja beneficiara principalmente a Eletrobras

y que por esa razón, se debe mantener la Tarifa

Actual.

La realidad es que como la participación de

Eletrobras en el consumo de los excedentes del

Paraguay es de apenas el 24 %, es en esa proporción

en que se beneficiara con la Tarifa Baja.

La mayor beneficiaria será la Ande con un 76 %

de participación en el consumo.

Explicando en números, aplicando la Tarifa Baja,

la Ande pagara Itaipú, la suma de 5.156 millones de

dólares por el 76 % de la energía consumida en el

periodo.

En el mismo periodo, Eletrobras pagara 1.594

millones de dólares por el consumo del 24 % de la

energía consumida.

Manteniendo la Tarifa Actual de Itaipú, la Ande

deberá pagar 12.891 millones de dólares por

consumir el 76 % de la producción paraguaya de


Itaipú. Eso significa que la Ande pagara, a más,

7.735 millones de dólares, comparado con el pago

con la Tarifa Baja.

La Eletrobras a su vez, con la Tarifa Actual,

pagara 3.984 millones de dólares por el consumo del

24 % de la energía paraguaya de Itaipú. Es decir,

pagara a más, 2.390 millones de dólares en relación

a lo que pagaría con la Tarifa Baja.

Entonces, para que Eletrobras pague a más 2.390

millones de dólares, por aplicación de la Tarifa

Actual, se condena a los usuarios de la Ande a pagar

un sobreprecio de 7.735 millones de dólares. Algo

realmente absurdo e insostenible.

11.4-La “Compensación” por “Cesión de

Energía”.

Incorporamos en el análisis el efecto de los

recursos enviados por el gobierno brasilero en

concepto de “Compensación” por “Cesión de

Energía”. Estos no se originan en la Itaipú

Binacional, por lo tanto no afectan al costo de la

energía de la binacional.

Según los cálculos realizados, por el 24 % de

energía cedida, en el periodo considerado, el Brasil

remitirá en torno a 840 millones de dólares.


Este monto sumado a los 2.390 millones de

dólares que Eletrobras pagaría si aplicada la Tarifa

Actual resulta en un total de 3.230 millones de

dólares.

Este valor es aún ínfimo si comparado con los

7.735 millones de dólares que los usuarios de Ande

pagaran a más si se mantiene la Tarifa Actual.

Concluimos que en el periodo considerado, en

promedio, la Eletrobras siempre solo contribuirá en

un 24 % para el pago de las cuentas paraguayas

incorporadas en la tarifa de Itaipú.

A partir de los 10 años considerados, estas

cuentas serán pagados totalmente por los usuarios de

la Ande.

Si aplicado la Tarifa Actual o la Tarifa Intermedia

la diferencia de recursos generada con relación a la

tarifa real, que es la Tarifa Baja, se mantendrán en la

Itaipú Binacional, bajo el rubro “Gastos de

Explotación”. Estos “Gastos de Explotación” son

administrados por los Directores y Consejeros de la

Itaipú margen derecha, a discreción y sin control de

los organismos competentes de la República del

Paraguay.

Si el secretismo y la falta de control en el manejo

de las cuentas de la binacional continúan,

continuaremos en la kafkiana situación en que


contribuimos en un alto porcentaje para el

funcionamiento de la Itaipú Binacional, mediante el

pago de la tarifa de la Ande, pero sin el derecho a

controlar el uso de esos recursos, bajo la excusa de

una binacionalidad convenientemente mal

entendida.

Si escucha o lee que se debe mantener la Tarifa

Actual de Itaipú Binacional, o reducirla solo

parcialmente, preste atención, está ante una persona

o institución que no busca lo mejor para la

ciudadanía paraguaya.

En realidad se busca la quiebra de la Ande.


CAPITULO 12

RENTA ELECTRICA DE LA ANDE

EVITARA SU QUIEBRA

L

a Administración Nacional de Electricidad

(Ande) está organizada por la Ley Nº 966 de

fecha 12/08/64. Fue creada como un ente

autárquico y se administra conforme establecido en

su Carta Orgánica.

Con relación al costo del servicio de electricidad

de la Ande, el mismo se determina de forma tal que

los ingresos permitan al ente cubrir todos los gastos

de explotación y lograr una rentabilidad razonable

sobre las inversiones afectadas a las actividades de

abastecimiento eléctrico.

12.1- Las Tarifas de la Ande.

Estas son fijadas de manera tal que permita

asegurar a la empresa la disponibilidad de recursos

para la atención de sus deudas y para la normal

expansión de sus servicios.


Las tarifas son fijadas en base al presupuesto de

explotación de modo que produzcan un ingreso neto

anual no inferior al ocho por ciento (8%) ni superior

al diez por ciento (10%) de la inversión inmovilizada

vigente durante el ejercicio.

Cuando el ingreso neto anual resulta inferior al

ocho por ciento (8%) de la inversión inmovilizada,

Ande procederá, si fuere necesario, a reajustar sus

tarifas, para alcanzar por lo menos dicha rentabilidad

en el ejercicio siguiente.

La insuficiencia del ingreso neto resultante con

respecto al ocho por ciento (8%) de la inversión

inmovilizada se debitará a una cuenta especial de la

contabilidad de ANDE.

A esta misma cuenta se acreditará el exceso del

ingreso neto que se produjere con respecto al diez

por ciento (10%) de la inversión inmovilizada.

El saldo deudor o acreedor acumulado en esta

cuenta, servirá de antecedente para determinar la

conveniencia u oportunidad de nuevas tarifas.

En la elaboración de las tarifas se toma en cuenta

el objeto y la modalidad de los consumos, la

influencia de éstos en los gastos de explotación, las

características técnicas del suministro y la capacidad

económica de los consumidores.


Para el efecto, se establecen diferentes tarifas

para distintos grupos de consumo, tales como:

residencial o doméstico, comercial, industrial y

rural.

12.2- Fuentes de renta eléctrica de Ande.

Con la inminente revisión del Anexo “C” del

Tratado de Itaipú, la Ande se encuentra ante la

oportunidad histórica de acceder a importantes

recursos financieros sin necesidad de recurrir a

préstamos o aumentos de sus tarifas por la prestación

de los servicios de electricidad a sus usuarios.

Además si llevado a la práctica las premisas

establecidas en la "Declaración Conjunta

Lugo/Lula" del año 2009, surge la posibilidad de la

"venta" de los excedentes de energía

correspondiente al Paraguay, de manera gradual, el

mercado eléctrico brasileño.

12.3-Criterios utilizados para estimar la renta

eléctrica de la Ande.

Para determinar el tiempo en que el sistema

eléctrico paraguayo tendrá condiciones de utilizar el

100 % de la energía correspondiente al Paraguay, en


Itaipú Binacional, realizamos una proyección del

crecimiento de la demanda anual de energía de la

Ande. Utilizamos como índice de crecimiento el

mismo valor utilizado por ella en su reciente Plan

Maestro.

El tiempo requerido es de aproximadamente 10

años, del 2023 al 2032. Esto no significa que la Ande

ya no dispondrá de fuente de energía posterior al

2032. Restara aun la energía producida en la Entidad

Binacional Yacyreta y la Central Acaray. La

disponibilidad de energía para la Ande, desde

fuentes Nacionales y binacionales, se prolongara

aproximadamente hasta el año 2036.

La previsión de la producción anual de energía en

las centrales hidroeléctricas son los utilizados por las

hidroeléctricas como energía garantizada.

Además, para facilitar las estimaciones,

consideramos los contratos de compra de la Ande

con Itaipú en la modalidad por cantidad. No por

disponibilidad.

El criterio establecido para el despacho

económico del sistema Ande, es por s el costo de

venta de las centrales hidroeléctricas

La tarifa más baja es la de Itaipú, por lo tanto

consideramos su uso preferencial en el periodo de


aproximadamente 10 años, contados a partir del

2023.

La tarifa de la Ande, "Pliego 21", consideramos

se establecerán en valores que no superen el 10 % de

la inversión inmovilizada. La inversión

inmovilizada en Ande aumentara por la

incorporación de la inversión inmovilizada en

Itaipú.

Esta fue pagada por la Ande con la compra de la

energía para uso interno y mediante la venta al Brasil

de los excedentes.

12.4--Renta por reducción del costo de la

energía de Itaipú.

Esta oportunidad surgirá por la aplicación

correcta de los criterios establecidos en el Anexo

“C” del Tratado de Itaipú, en el año 2022, y en el

2023.

La reducción final de la tarifa de Itaipú, prevista

por la cancelación de su deuda, es del orden del 62

% de la Tarifa Actual.

En el mismo porcentaje, la Ande ahorrara por la

compra de la energía paraguaya de Itaipú.


La Ande, manteniendo su actual tarifa, la

establecida en el “Pliego 21”, o reduciéndola

parcialmente, podrá disponer, por ahorro en la

compra de energía, de una enorme renta que

permitirá solucionar sus problemas de caja y

disponer de recursos para fortalecer la

infraestructura eléctrica ya existente e invertir en

nuevas, para acompañar el sostenido crecimiento de

la demanda eléctrica.

Tabla 1

Si aplicada la Tarifa Intermedia propuesta por los

Grupos de Trabajo de la Cancillería, la renta será

muy inferior. Además la Tarifa Intermedia viola el

Tratado de Itaipú y su Anexo “C”. En la Tabla 1


presentamos la renta eléctrica de la Ande por ahorro

en la compra de energía de Itaipú.

Con la Tarifa Baja, de 9,6 U$D Kw-mes, la renta

de Ande por reducción del gasto en la compra de

energía paraguaya de Itaipú, en el periodo del 2023

al 2032, es de 7.803 millones de dólares.

Si aplicada la Tarifa Intermedia, de 15 U$D Kwmes,

se verifica que la renta es de apenas 4.328

millones de dólares. Muy inferior a la obtenida con

la Tarifa Baja.

12.5- Renta por la “Venta” de excedentes.

Otra fuente de renta importante para la Ande es

la venta de los excedentes de la energía de Itaipú

correspondiente al Paraguay. Para realizarla la Ande

deberá inicialmente comprar toda la producción

correspondiente al Paraguay, de Itaipú.

Para que la Ande pueda realizar esta operación

debe estar vigente lo acordado en la “Declaración

Conjunta Lugo/Lula” del año 2009. En esta

declaración se habilita la “Venta” gradual de la

energía paraguaya al Brasil. A partir del año 2023,

también a terceros.

Los cálculos indican que la única tarifa de Itaipú

que torna viable la “Venta” de los excedentes de la


energía paraguaya, es la Tarifa Baja. Esto

considerando los precios pagados a los productores

en el Brasil. Por esa razón, para el cálculo de la renta

posible de obtener, aplicamos Tarifa Baja. Además

es la que corresponde según el Anexo “C” del

Tratado de Itaipú.

En la tabla 2 abajo presentamos los ingresos

mínimos posibles de obtener por la “Venta” de los

excedentes a precio de mercado regulado del Brasil.

Esta operación solo será posible si aplicado lo

establecido en la “Declaración Conjunta Lugo/Lula”

del 2009.

Tabla 2


También incorporamos, a efectos de

comparación, los posibles ingresos provenientes por

“Cesión de Energía”. Corresponde al 24 % de la

energía paraguaya posible de generar en Itaipú en el

periodo de 2023/2032.

La “Compensación” por “Cesión de Energía”

desaparecerá una vez que se pacte la “Venta”. La

diferencia a favor de la “Venta” es de 6 a1.

12.6- Resumen de la Renta de la Ande.

Para mejor visualización de las ventajas de

aplicar la Tarifa Baja en Itaipú, se presenta a seguir

la Tabla 3.

En la misma se expone el origen de cada una de

las fuentes de renta de la Ande y el monto anual

estimado.

En la primera y segunda columna de la tabla 3 se

expone los valores estimados de las remesas de

Itaipú a la Ande, en concepto de “Resarcimiento” y

“Utilidades de capital”. Ambos rubros totalizan 450

millones de dólares en el periodo 2023/2032.

A seguir, la renta de la Ande obtenida por la

reducción del costo del servicio de electricidad de

Itaipú. El valor registrado en la tabla 3 se obtiene

realizando la diferencia entre el monto recaudado


vía tarifa Ande “Pliego 21” y lo pagado a Itaipú por

compra de energía a Tarifa Baja.

Tabla 3

En el periodo, el monto acumulado es de 7.803

millones de dólares.

Considerando lo establecido en la “Declaración

Conjunta Lugo/Lula” del año 2009, es posible la

venta gradual de los excedentes de la energía

paraguaya de Itaipú en el mercado eléctrico

brasileño.


Los cálculos indican que el valor estimado

posible de obtener, como renta de la Ande, por la

venta de excedentes, es de 5.276 millones de

dólares. El periodo considerado es de 10 años,

contados a partir del año 2023. Se observa que la

Ande podrá recaudar un mínimo de 13.529 millones

de dólares, si aplicada la Tarifa Baja y la “Venta” de

la energía paraguaya de Itaipú. Estos valores son

netos, ya fueron descontados los costos

correspondientes por la compra de la energía de

Itaipú. En el caso de que no sea posible la “Venta”,

ya pactada en la “Declaración Conjunta Lugo-Lula”,

dejamos de considerar los ingresos provenientes de

esta fuente. El resultado de la renta aun es

impresionante y corresponde a 8.253 millones de

dólares.

En este caso, la “Compensación” por “Cesión d

Energía” continuara, por lo que habrá que agregar a

los ingresos al Paraguay la suma de 850 millones de

dólares. Estos ingresos son entregados directamente

al Ministerio de Hacienda.

12.7- Utilización de la Renta eléctrica.

En promedio la Ande dispondrá de 1.352

millones de dólares anuales. O en el peor de los

casos, de 825 millones de dólares anuales.


Estos montos podrán ser utilizado por la Ande

para honrar sus compromisos asumidos y contratar

otros.

Tendrá condiciones de realizar ajustes a sus

tarifas, a la baja, permitiendo incentivar el consumo

y la instalación de industrias mano de obras

intensiva.

Además podrá invertir para atender el

crecimiento y fortalecer la infraestructura eléctrica

existente, podrá aplicar recursos para promover la

investigación sobre energías alternativas.

Dispondrá de recursos para la construcción de

nuevas fuentes de generación. Este es un punto muy

importante considerando la proximidad del

agotamiento de la capacidad de generación

disponible en el país.

Parte de la renta, si hubiere sobrantes, la Ande,

atendiendo las restricciones de su Carta Orgánica,

deberá transferirlo al Ministerio de Hacienda, para

su utilización en áreas que requieran apoyo

financiero.

Esta transferencia se realizara en el caso en que

se haya eliminado el concepto “Compensación” por

“Cesión de Energía”.

La comercialización de la energía paraguaya

excedente debe estar a cargo de la Ande. La venta en


el Brasil se deberá realizar a precios del mercado

regulado del Brasil.

El ingreso por “Venta”, así como la

“Compensación por “Cesión de Energía “, solo

durara el tiempo que exista energía paraguaya

excedente en las binacionales. El plazo no será muy

superior a los 10 años, contados a partir del 2023.

La intención de mantener la Tarifa Actual o

reducirla solo parcialmente, en la práctica significa

arrebatar de la Ande la renta que ella podrá generar

a través de una Tarifa Baja en Itaipú.

La opción de mantener la Tarifa Alta significa

que la Ande transferirá la totalidad de los ingresos

obtenidos vía tarifa “Pliego 21”, a la binacional.

Posteriormente deberá mendigar parcelas de ella

para invertir en el sistema eléctrico nacional.

Esto es totalmente inadmisible y fuera de lo

establecido en el Tratado de Itaipú y sus documentos

complementarios.

Las propuestas presentadas por los Grupos de

Trabajo de la Cancillería coloca en riesgo la

existencia de la Ande.


CAPITULO 13

COMERCIALIZACIÓN DE EXCEDENTES

DE ENERGIA ELECTRICA EN EL BRASIL.

C

omercializar los excedentes de energía

eléctrica paraguaya en el mercado eléctrico

del Brasil es un tema abordado y

consensuado en el documento denominado

“Declaración Conjunta Lugo-Lula” del año 2009.

Dicho instrumento reconoce la conveniencia de

que la Ande pueda, gradualmente, a la brevedad

posible, comercializar, en el mercado brasileño,

energía de Itaipú. Desde luego la correspondiente a

los derechos de adquisición del Paraguay.

Con ese propósito, acordaron que las Altas Partes

intercambiarían en los siguientes 60 días, propuestas

específicas para su discusión en una "Mesa de

Trabajo".

La mesa estará constituida por representantes de

los respectivos ministerios del área de energía, de los

Directores Generales de Itaipú, de representantes de

la ELETROBRAS, la ANDE y de las Cancillerías


Esto no se realizó hasta la fecha. Seria propicio

iniciar las tareas pactadas en la “Declaración

Conjunta Lugo/Lula”.

Para la comercializar es importante tener presente

los aspectos técnicos y comerciales que rodean una

venta de energía paraguaya de Itaipú y/o de otras

fuentes, en el Brasil.

El proceso de compra /venta o intercambio de

energía entre empresas comercializadoras del sector

eléctrico escapa de los acuerdos vigentes en el

Tratado de Itaipú.

La participación de la Ande ya no se da en su

carácter de representante de una de las Altas partes

Contratantes en Itaipú. Si en su condición de

empresa comercializadora de energía eléctrica del

Paraguay.

La venta de energía paraguaya en el Brasil

depende en gran medida de acuerdos operativos y

comerciales que las empresas del Brasil realicen con

la Ande y Furnas S.A.

13.1-Las instalaciones.

Los acuerdos con Ande en su condición de

comercializadora de energía en Paraguay. Con

Furnas S.A. en su condición de propietaria de la


Estación Convertidora de Frecuencia y de las líneas

en corriente continua que transportan la energía

paraguaya hasta el Estado de San pablo, Brasil.

Estas instalaciones permiten transformar la

energía en 50 Hz, utilizada en el sistema eléctrico

paraguayo, a 60 Hz, utilizada en el sistema eléctrico

del Brasil. Estas instalaciones tienen capacidad de

revertir el flujo de energía, es decir es posible traer

energía desde San Pablo al Paraguay. Esta capacidad

probablemente será necesaria utilizarla antes de lo

previsto, si se prolonga la sequía en la cuenca del rio

Paraná.

Furnas S.A. es la única empresa con posibilidad

real de convertir y transportar la energía paraguaya

al Brasil, y viceversa.

Sin embargo, Furnas S.A. no está obligada a

comercializar la energía paraguaya en el Brasil, por

ser la única que posee las condiciones técnicas

requeridas.

Ella podrá participar en el proceso de

comercialización parcialmente, solo en el transporte

y conversión de frecuencia.

De la misma manera, cuando el Paraguay

requiera energía del Brasil, la única vía para recibirla

es a través de dichas instalaciones.


Considerando estas restricciones técnicas, la

Ande siempre considerara como punto de

intercambio de la energía eléctrica en un “Nodo” de

interconexión en 50 Hz.

En la práctica, toda posibilidad de intercambiar

energía con el Brasil, pasa por acuerdos operativos

con Furnas S.A. Esta podrá participar como

compradora o trasportadora, o en ambas.

13.2-Nodo de Interconexión.

Comercializar energía eléctrica con el Brasil

requiere contar con un “Nodo” de interconexión

donde procesar física y contablemente la

compraventa de la energía.

Este “Nodo” debe permitir el intercambio de

energía eléctrica proveniente de cualquier fuente

disponible en ambos países.

Las instalaciones físicas que reúnen las

condiciones técnicas para el efecto son las cuatro

líneas de 500 kilovoltios, 50 Hz, que cruzan el rio

Paraná uniendo eléctricamente Paraguay y Brasil

La Subestación Margen Derecha-50 Hz, ubicada

en la ciudad de Hernandarias, Paraguay, y la

Subestación Convertidora de Furnas S.A, en Foz de

Iguazú, Brasil.


Estas instalaciones conforman el único punto

donde es posible intercambiar energía eléctrica entre

los sistemas eléctricos del Brasil y Paraguay.

Es necesaria la definición de un “Nodo” de

interconexión con el Brasil. Además promover la

transferencia gradual de la SE- Margen Derecha, 50

Hz a la Ande. Estos son temas de gran importancia

que deben ser incorporados, de manera urgente,

entre los asuntos a tratar con el Brasil.

La incorporación de la SE- MD-50 Hz a la Ande

le permitirá contar con un “Nodo” de interconexión

con el sistema eléctrico brasilero.

13.3-Alternativas de contratación.

Existen varias formas de contratación de la

potencia y energía producida en las instalaciones de

generación de energía eléctrica. Todo depende de la

fuente primaria utilizada para producir electricidad.

En el caso de las hidroeléctricas los contratos,

básicamente, pueden ser por “cantidad” o por

“disponibilidad”.

Los contratos por “cantidad” transfieren el riesgo

hidrológico al vendedor de la energía. En los

contratos por “disponibilidad”, el riesgo hidrológico

es asumido por los compradores.


El contrato por “disponibilidad”, también

denominado por potencia, es la modalidad aplicada

en Itaipú. Su aplicación tiene el objetivo de

garantizar los recursos necesarios para el pago de la

deuda contraída por Itaipú Binacional para su

construcción. En esta modalidad el costo de la

energía varia conforme el caudal y las

consecuencias, el comprador, lo transfiere a la tarifa

del consumidor.

A partir del año 2023 la modalidad por

“disponibilidad” ya no será la más conveniente para

Itaipú Binacional. Habrá acabado el motivo de su

aplicación. Nos referimos a la cancelación de la

deuda contratada para la construcción del

emprendimiento.

Es así que la alternativa es un contrato por

“cantidad,” también denominado por energía. Esta

sería la modalidad más adecuada para la nueva etapa

que se iniciara luego de la revisión del Anexo “C”

prevista para el 2023.

13.4-Modalidad de Venta o Intercambio.

Los contratos entre empresas comercializadoras

de energía del sector eléctrico no son similares a los

contratos con productores o generadores.


Las transacciones incorporan en sus costos,

además del de producción, la estacionalidad, los

horarios, las perdidas en el transporte, etc. En estas

no importan el origen de la energía, que puede ser de

varias fuentes.

La venta o intercambio de energía excedente en

el Brasil, depende del costo de la canasta final de la

energía de la Ande.

La única tarifa que viabiliza la venta o

intercambio de excedentes en el Brasil, es la baja.

La “Venta” al Brasil requiere la adecuación de las

actuales condiciones de suministro de la energía

paraguaya a través de las instalaciones de Furnas

S.A.

13.5-Los contratos.

Considerando los criterios aplicados en el Brasil

podemos estimar que los contratos deberían ser de 3

años de duración. La entrega de la energía se de en

el “Nodo” de interconexión, específicamente en la

SE-MD-50hz.

El corto plazo del contrato permitirá que la Ande

realice previsiones de afluencia de caudales con un

alto grado de precisión. Los resultados serán

utilizados para determinar la energía garantizada


anual que podrá ser comprometida por la Ande con

la compradora.

Generalmente se presenta esta operación como

algo casi imposible de realizarlo por su supuesta alta

complejidad. Esto no es real y el personal técnico de

la Ande posee toda la capacidad técnica y la

infraestructura necesaria para realizarlo sin ningún

problema.

La Ande es la única empresa paraguaya que

puede realizar esta operación de intercambio de

energía con otros países.

Posee una larga experiencia en el tema.


CAPITULO 14

LOS “GASTOS DE EXPLOTACION” DE

ITAIPÚ.

C

onocer cuáles son las instituciones del

Estado paraguayo que finalmente

administran los recursos de Itaipú

Binacional, es de suma importancia al considerar los

efectos de la definición del costo del servicio de

electricidad de Itaipú.

Permite visualizar quienes, como y donde son

aplicados los enormes recursos colectados por la

binacional por la venta de su producción a la Ande y

Eletrobras.

En el año 2020 ingreso a las arcas de Itaipú un

total de 3.368 millones de dólares. El 62 % de ese

monto fue destinado a sus “Acreedores” en concepto

de pago de la deuda contraída para su construcción.

Otra parte de los ingresos percibidos fueron

transferidos directamente a la Ande y Eletrobras, en

concepto de “Resarcimiento” y “Utilidades de

Capital”.


También una parcela importante de los ingresos

de Itaipú son transferidos en concepto de

“Royalties” a las Altas Partes Contratantes. En

nuestro país al “Ministerio de Hacienda”.

Recordemos que la “Compensación” por “Cesión

de Energía” no proviene de los ingresos de la Itaipú.

Si del Gobierno Brasilero.

La entidad Itaipú Binacional obtiene sus recursos

por venta a la Ande y Eletrobras de la energía

producida en sus instalaciones.

La única parcela que realmente es manejada

directamente por la administración margen derecha,

son los denominados “Gastos de Explotación”. En

este rubro está incluido el ya famoso ítem “Gastos

sociales y ambientales”.

14.1-Los “Gastos de Explotación”.

El monto asignado en el año 2020 a dicho rubro

fue de aproximadamente 800 millones de dólares.

La mitad de dichos recursos son administrados

por gerentes paraguayos. En este caso

aproximadamente 400 millones de dólares. Ante el

gran monto asignado para pago de la deuda, el valor

otorgado para los “Gastos de Explotación” parecen

pequeños, sin embargo, esto no es así.


1.985

1.987

1.989

1.991

1.993

1.995

1.997

1.999

2.001

2.003

2.005

2.007

2.009

2.011

2.013

2.015

2.017

2.019

El Grafico 1 presenta el histórico de desembolsos

en dicho concepto durante el periodo 1985/2020. El

total en el periodo es de 9.412 millones de dólares.

800.000

700.000

600.000

500.000

400.000

300.000

200.000

100.000

0

"Gastos de Explotación" Itaipú Margen Derecha.

Periodo 1985/2020. - MU$D

ITAIPU MD

Exponencial (ITAIPU MD)

Su tendencia de crecimiento es exponencial.

Es el monto manejado discrecionalmente por los

gerentes de la margen derecha, hasta ahora, sin

control de la ciudadanía.

En la medida de que los “Gastos de Explotación”

se incrementan, mayor influencia adquieren sus

administradores. En este caso el poder Ejecutivo.


Históricamente es utilizado para asignar

honorarios y salarios exorbitantes, fuera de lo

normal, adjudicar contratos a empresas sin el control

de Contrataciones Públicas. Estas son las

.privilegiadas por el poder de turno.

Con estos recursos, sin control ciudadano, bajo el

nombre de “Gastos de Explotación”, se “premian” a

los aliados del poder de turno.

Esta situación sigue vigente y se puede observar

el esfuerzo concentrado que realizan los

“beneficiados”, para que todo siga igual.

Con la aplicación de “Tarifa Intermedia” se

aumentará los recursos destinados a los “Gastos de

Explotación” para administración directa de los

gerentes de la margen derecha.

A modo de equilibrio temporal de ingresos entre

las instituciones, previeron un aumento para el

Ministerio de Hacienda y un pequeño margen de

posible renta eléctrica para la Ande.

14.2-Sus efectos.

La historia de la Itaipú Binacional nos

muestra que el manejo discrecional de los “Gastos

de Explotación”, en el que están incluido los “Gastos

sociales y ambientales”, ha permitido que un


pequeño grupo de privilegiados se apropien sin

control ciudadano de la inmensa riqueza generada en

la binacional.

Siempre a expensas de la población en general. Esto

lo afirmamos porque en realidad, la aplicación de la

Tarifa Intermedia significa que la ciudadanía deberá

continuar pagando una tarifa de Ande mayor a la que

se requiere para la compra de la energía de Itaipú.

La idea de que esa parcela será subvencionada por la

Eletrobras no pasa de una verdad a medias. Esto lo

demostramos en este trabajo.

Otra de las consecuencias de este manejo sesgado de

los recursos de la Entidad, y que puede observarse

sin mucho esfuerzo, es el debilitamiento de la

institucionalidad de la Republica.

Varias instituciones del Estado manejan recursos

inferiores a los que son administrados, sin control,

por los Directores y Consejeros de Itaipú margen

derecha.

Debe quedar claro que el objetivo principal de la

hidroeléctrica binacional es producir energía barata

para promover el desarrollo de los pueblos del

Paraguay y del Brasil.

La misión de Itaipú no es convertirse en financista y

ejecutora de obras de infraestructura a nivel

nacional. Mucho menos realizar intervenciones


ambientales y de carácter social fuera del área de

influencia del emprendimiento.

Esta situación es una violación a los principios

establecidos en el Tratado de Itaipú.


CAPITULO 15

CAMINO A LA REVISION.

E

l Estado paraguayo está a tiempo, con

relación a la revisión del Anexo “C”,

previsto para el 2023, para iniciar tratativas

previas al proceso propiamente dicho.

Esto es posible realizarlas echando mano de lo ya

conversado o acordado en la “Declaración Conjunta

de los Señores Presidentes de la República del

Paraguay y de la República Federativa del Brasil”,

firmada en el año 2009.

En dicho documento se acordó que las Altas

Partes que integran Itaipú Binacional intercambiarán

propuestas específicas para discusión en una “Mesa

de Trabajo”.

Esta deberá ser constituida por representantes de

los respectivos ministerios del área de energía, de los

Directores Generales de Itaipú, de representantes de

la Eletrobras, la Ande y de las Cancillerías del

Paraguay y del Brasil.


Esta “Mesa de Trabajo” no guarda ninguna

relación con la revisión del Anexo “C”. Sin

embargo, los resultados alcanzados en ella podrán

ser los insumos principales para el año 2023.

La “Declaración Conjunta” contiene 31 puntos,

en uno de ellos reconoce la conveniencia de que la

Ande pueda, gradualmente, en la brevedad posible,

comercializar, en el mercado brasileño, energía de

Itaipú correspondiente a los derechos de adquisición

del Paraguay.”

Es sumamente conveniente llevar a la práctica

estos acuerdos, por lo que integrar en la brevedad

posible la Mesa de Trabajo, como indicado, es de

urgencia.

Los objetivos principales de la Mesa de Trabajos

serán:

a) Establecer como se realizará la contratación,

de la totalidad de la producción de la central

hidroeléctrica. Asegurando, desde luego, la división

de la producción en partes iguales entre los dos

países.

b) Libre disponibilidad de los excedentes

paraguayos para su comercialización en el mercado

brasileño.

c) Las condiciones en que se comercializara la

energía de la hidroeléctrica de Acaray de la Ande


d) Pactar fórmulas para determinar los precios de

la energía paraguaya de Itaipú y Acaray para el

mercado brasileño.

e) Acordar modalidades de intercambios

considerando la posibilidad concreta de realizar un

despacho económico conveniente para los sistemas

eléctricos del Paraguay y del Brasil.

f) Avanzar en el tema venta a terceros. Es un tema

que considerando la cercanía de la fecha en que se

podrá hacerlo, es posible de incorporar.

g) Definir como “Nodo” de interconexión entre

la Ande y Furnas, las líneas de 500 Kv, la SE-MD

de 50 Hz ubicada en la ciudad de Hernandarias,

Paraguay, y la Estación Convertidora de Furnas.

S.A. ubicada en la ciudad de Foz de Iguazú, Brasil.

15.1-Los acuerdos.

Considerando que el Brasil posee un mercado

eléctrico enorme, capaz de absorber toda la

producción de Itaipú, como lo viene haciendo, se

torna necesario establecer la liberación gradual de la

venta de la energía paraguaya excedente en Itaipú

para su venta, por la Ande, en dicho mercado.

La venta seria a precio de mercado regulado. Con

relación al precio basado en el mercado de corto


plazo, que es circunstancial, será necesario definir

en qué casos aplicarlo a la tarifa de la energía

paraguaya vendida en el mercado brasileño.

Recordemos que en la “Declaración Conjunta” de

referencia, también ya fue abordado claramente que

la venta a terceros será posible a partir del año 2023.

Brasil y Paraguay podrán hacerlo. Y es necesario

implementarlo, definiendo la forma, considerando

que Brasil puede entregar energía de Itaipú a través

de las interconexiones que posee con varios países

fronterizos.

Recordemos que el punto 7 del documento

determina que los Directores-Generales de Itaipú y

los Presidentes de la ANDE y ELETROBRAS

pueden establecer las condiciones de contratación,

asegurando la división en partes iguales entre los dos

países de la totalidad de la energía producida en la

usina, conforme a lo previsto en el Tratado.

Esto ya considerando la venta en el mercado

brasileño de la energía paraguaya de Itaipú.

Estos criterios deberían ser aplicados en la

brevedad posible. Afecta la Revisión del Anexo “C”

de Itaipú.

En las tratativas a realizar en la Mesa de

Negociación siempre se tendrá presente el principio

de que en un balance, el Paraguay no deberá sufrir


perjuicio global en relación a la actual modalidad de

contratación, so pena de inviabilizar las alteraciones

consideradas.

Con esto se preserva hasta el 2023 lo bueno ya

existente.

Claramente se determina que en la Mesa de

Trabajo constituido también examine las

condiciones en que la ANDE pueda comercializar en

el mercado brasileño energía de la hidroeléctrica de

Acaray”.

La venta de la energía de Acaray, según la

“Declaración Conjunta” será posible a partir del

2023. Se da prioridad a la venta de parte de la

producción de energía de Paraguay en Itaipú 50 Hz,

en el mercado brasileño.

También futuramente, se considera que es

factible la venta de energías provenientes de otras

fuentes de generación del Paraguay.

En la Mesa de Trabajo se podrá considerar la

elaboración de estudios necesarios para presentar

nuevos proyectos de interconexión, concretos, y sus

correspondientes esbozos de convenios operativos.

Con esto se estará incorporando la posibilidad de

un respaldo mutuo entre los sistemas eléctricos de

ambos países, en circunstancias críticas.


Además de permitir un aprovechamiento más

racional de los recursos, sacando partido de las

diferencias horarias y estacionales, de las

diversidades hidrológicas y de las reservas de los

equipos de generación.

Esto podrá permitir el incremento de los ingresos

y una reducción considerable de los costos de

generación para los países propietarios.

Lastimosamente a la fecha, agosto 2021, no se ha

instalado la Mesa de Trabajo y por lo tanto no se

registran avances en el tratamiento y la

implementación de lo establecido en la Declaración

Conjunta.

Las determinaciones tomadas en dicho

documento requieren su urgente implementación.


CAPITULO 16

QUÉ HACER CON LOS EXCEDENTES A

PARTIR DEL 2023.

U

na de las alternativas es la venta de la

energía que exceda la necesidad del

consumidor paraguayo, a precio de

mercado.

Para lograrlo es necesario poner fin al concepto

“Cesión de Energía" establecido en el Tratado de

Itaipú y sus documentos complementarios.

Considerando la importancia estratégica que

tiene la energía eléctrica para la economía y el

desarrollo de nuestro país, es de suma importancia

considerar como objetivo principal en primer lugar,

asegurar el permanente abastecimiento y la

satisfacción de la demanda de este insumo básico

para el desarrollo de nuestro país.

Esto lo resaltamos porque está a la vista la

proximidad de la utilización plena de la capacidad

instalada en fuentes de generación.


En poco tiempo más dejaremos de tener

excedentes en la capacidad de generación

hidroeléctrica.

Con la mirada puesta en este próximo escenario

es importante fortalecer la vinculación del sector

eléctrico con la economía, la sociedad y la

protección ambiental.

Es necesario y urgente transformar la

disponibilidad de energía eléctrica en una

herramienta para el desarrollo sostenido de la

producción, de los ingresos y de puestos de trabajos.

Considerando el carácter estratégico de la energía

eléctrica y su interdependencia con todos los

sectores de la economía, es importante crear

condiciones que posibiliten su desarrollo sostenido

en nuestro país, a la luz de las nuevas tecnologías

emergentes.

Las directrices deberán estar relacionadas en

forma coherente e integrada con la política

socioeconómica que el país impulsa.

16.1-El Rol del Estado.

La política energética nacional deberá

fundamentarse en que el Estado mantenga su papel

preponderante en las actividades relacionadas con


los recursos electro energético. Esto garantizara la

conciliación racional y equilibrada entre los

objetivos económicos y sociales y los de carácter

estratégico.

El sector privado puede asumir diversas

actividades relacionadas, bajo un estudiado y

gradual proceso, manteniendo el Estado su papel de

regulador y fiscalizador

El documento natural orientador de los objetivos

a obtener en la próxima revisión del Anexo “C” es

el último Plan Maestro de la Ande.

Es necesario vislumbrar el desarrollo y la

continuidad necesaria que deberá tener la oferta de

energía eléctrica en el país. Es la manera de apoyar

el crecimiento económico y la mejora de la calidad

de vida de la ciudadanía.

16.2-El marco regulador.

Es urgente la implementación de un marco

institucional adecuado a la época. Es la manera más

efectiva de lograr una integración de las políticas

nacionales con la utilización de la energía eléctrica.

Ellas incluirán la política de precios de la energía

eléctrica. Sera la señal a la sociedad para orientar el

uso racional de la energía, para su bienestar y


desarrollo. A la vez generar recursos para el sector y

el Estado.

Debido a las múltiples interacciones con los

sectores económicos y sociales y sus requerimientos

de energía, las tarifas eléctricas deberán estar en

estrecha relación con las políticas de desarrollo

nacional.

Las políticas sobre el uso de la energía eléctrica

deberán considerar los siguientes aspectos:

a)-Desde el punto de vista social, proveer a toda

la población de energía eléctrica básica, que

satisfaga sus necesidades al menor costo posible.

b)-Con relación a las industrias, es importante

establecer estrategias adecuadas para el fomento y

desarrollo de aquellas que utilicen grandes

cantidades de mano de obra en sus procesos.

c)-En el aspecto financiero, es importante

mantener a la empresa designada para abastecer las

necesidades de energía eléctrica de la sociedad, en

condición de solvencia y asegurar su desarrollo

futuro, a fin de cumplir con los objetivos propuestos

d)-A través de los precios estimular el uso

racional de la energía eléctrica.

e)-Promover la sustitución de fuentes energéticas

importadas, como es el caso de los productos

derivados del petróleo, por energía eléctrica


nacional, siempre que sean técnica y

económicamente viables.

16.3-Las acciones específicas en cuanto a la

utilización.

Es necesario promover una campaña de difusión

a nivel nacional sobre el uso racional y eficiente de

la energía eléctrica.

El objetivo será el de optimizar su utilización y la

orientación al usuario para que el costo de montajes

y mantenimiento de sus instalaciones sea el menor

posible.

Esto favorecerá la radicación de industrias en

todo el país, creando fuentes de trabajo que ayuden

a la descentralización poblacional de la capital.

Con relación al transporte eléctrico, estamos en

un momento crítico en lo referente a la próxima

utilización masiva del coche eléctrico.

Tampoco olvidar la electrificación del transporte

público, así como la electrificación del ferrocarril.

Esto permitirá disminuir la dependencia energética

de combustibles fósiles contaminantes y así

contribuir al mantenimiento ambiental.


Para ajustar la matriz energética nacional es

necesario promover la utilización de la energía

eléctrica para la cocción de alimentos. Estimular el

uso de la energía eléctrica en la actividad

agroindustrial.

Desde luego crear incentivos para el

establecimiento de industrias mano de obras

intensivas que utilicen energía eléctrica en el

proceso.

Analizar convenientemente la implantación de

industrias electro intensiva, cuidando que beneficien

realmente al país, absorbiendo mano de obra y

posibilitando una mayor utilización de la energía

eléctrica que le corresponde a nuestro país en las

binacionales.

16.4-En cuanto a la política de precios.

Las tarifas de la energía eléctrica, siempre deben

ser las más bajas posibles. Es la forma más eficiente

de que los benéficos económicos que producen las

binacionales que cuenta nuestro país llegue a todos

los ciudadanos de la República.

Es imprescindible la aplicación de tarifas

eléctricas diferenciadas y preferenciales, con el fin

de incentivar el consumo de energía eléctrica a


precios más bajos, en horas de mayor disponibilidad

de potencia y energía.

Esto favorecerá a los usuarios de más bajos

ingresos y a los del sector productivo.

En lo posible coordinar las tarifas de energía

eléctrica con los precios de los combustibles de

origen fósil y de biomasa, a fin de obtener una

política energética de sustitución coherente con los

recursos con que cuenta el país.

16.5-Con relación al aspecto institucional.

Es urgente la creación del ministerio de Minas y

Energía con el fin de coordinar y regular el sector

energético nacional.

La responsabilidad básica del ministerio será

elaborar y coordinar los planes, políticas y normas

para el buen funcionamiento y desarrollo del sector

energía y asesorar al gobierno en todas las materias

relacionadas.

Deberá encargarse de promover la construcción

de nuevas fuentes de generación de energía eléctrica.

En poco tiempo más nuestras disponibilidades

estarán agotadas y pasaremos a depender de la

producción energética de nuestros vecinos, el Brasil

y la Argentina.


Es necesaria la aplicación de políticas coherentes

para la utilización de manera coordinada de los

recursos existentes asociadas a la realidad nacional.

Además, es importante la creación de un instituto

de investigación y desarrollo o en su defecto

fortalecer al INTN.

Esta institución tendrá a su cargo la realización

de estudios en forma permanente en el campo de la

energía eléctrica, contemplando entre otros aspectos

la utilización de materiales de producción nacional,

sistemas de distribución más económicos, etc.

Es la encargada de la elaboración de normas para

fabricación o importación de equipos eléctricos

También no se debe descuidar el fortalecimiento

de la integración regional. Para el efecto fortalecer o

ampliar las interconexiones eléctricas ya existentes,

mejorando sus beneficios operativos.

Tomado estas medidas de carácter regulatorio y

normativo será posible la utilización plena de

nuestros excedentes en la centrales que dispone, no

por mucho tiempo, a la fecha nuestro país.


CAPITULO 17

LA BÚSQUEDA DEL DESPRESTIGIO DE LA

ANDE.

E

xisten increíblemente divergencias entre la

Ande y la Eletrobras. Esta información está

disponible en el Anexo 3 de este trabajo.

Las divergencias con Eletrobras están

relacionadas con la contabilización y

comercialización de los servicios de electricidad

prestados por Itaipú Binacional.

Extrañamente esto sucede luego de más de 30

años de un coordinado trabajo conjunto en el

proceso de comercialización de la producción

energética de la Itaipú Binacional.

Los inconvenientes tuvieron su inicio en el

intento de los directivos de la Ande de la época, de

forzar la venta de una parcela de la energía

paraguaya de Itaipú en el mercado brasileño.

Este intento originó la firma de un Acta Bilateral

que posteriormente fue rechazada.


En esa ocasión se intentó, sin éxito, incorporar el

“Punto 6” del “Memorándum de la Ande” en el Acta

Bilateral rechazada para así viabilizar la venta, a

precio subvencionado, de parte de la energía

paraguaya de Itaipú en el mercado eléctrico del

Brasil.

La venta se realizaría a través de empresas

privadas del Brasil plenamente identificadas en la

ocasión.

La comercialización de la energía paraguaya de

Itaipú en el mercado eléctrico brasileño no es mala

en sí, inclusive está prevista en la “Declaración

conjunta de presidentes Lugo/Lula” del 25 de julio

de 2009.

Sin embargo, estudios realizados concluyen que

esta operación solo podrá ser beneficiosa cuando el

costo unitario de la energía de Itaipú se reduzca. Es

decir, posterior al 2023.

Con la salida de los promotores de las

desquiciadas propuestas de comercialización de la

energía paraguaya, a finales del año 2019, la ANDE

luego de intensas negociaciones en el ámbito del

CADOP/CECOI consiguió lo que para la anterior

administración parecía imposible, la firma de los

documentos correspondientes que regulan el

suministro de energía eléctrica de Itaipú a la ANDE

y Eletrobras.


Estos corresponden al periodo del 1 de enero de

2019 al 31 de diciembre de 2022.

El Comité de Gestión y Operación de los

Contratos de Compra y Venta de Servicios

Eléctricos de Itaipú (CADOP) es un organismo

binacional de carácter técnico, integrado por

representantes de ANDE, Eletrobras e Itaipú

Binacional.

Entre sus atribuciones está la reglamentación de

la prestación de los servicios de electricidad por

parte de Itaipú a las entidades compradoras.

Según informaciones disponibles y registradas en

el Anexo 3 de este trabajo, recientemente Eletrobras

habría manifestado su desacuerdo con relación a la

contabilización y comercialización realizadas de los

servicios de electricidad prestados en los últimos

años por la Itaipú Binacional.

Estas divergencias son consecuencias de los

intentos de imponer la venta de los excedentes

paraguayos en el mercado brasileño.

La Eletrobras afirma que durante varios periodos

de los años 2018, 2019 y 2020 no lograron retirar la

totalidad de la energía asociada a su potencia

contratada. Fundamenta como motivo que la ANDE

usó parte de la misma.


Expone que el no retiro de esa energía le significó

un impacto de 207 millones de dólares en el año

2019 y de 338 millones de dólares en el año 2020.

17.1-La búsqueda de solución.

En el CADOP se realizó varias reuniones técnicas

con el fin de diagnosticar las razones del reclamo.

Finalmente, no hubo consenso en cuanto a la

responsabilidad de cada entidad compradora sobre

las divergencias existentes según Eletrobras. Ante

esta situación el CADOP encargó estudios y análisis

técnicos al Comité de Estudio de Criterios de

Contabilidad de Suministros de Itaipú (CECOI).

Este es un organismo técnico binacional

subordinado al CADOP.

En el transcurso del año 2020, ambas entidades

compradoras presentaron los resultados de sus

estudios.

Nuevamente no hubo consenso en relación al

tema en análisis. Ante esta situación, los

representantes de CADOP decidieron remitir el

asunto a niveles superiores.

Debido a la falta de consenso en el ámbito técnico

bilateral, se integró un Grupo de Trabajo del cual


participan miembros del Consejo de Administración

de ambos países socios en la binacional.

El objetivo, atender los temas referidos a la

situación informada por Eletrobras sobre los

suministro registrados en los años 2018, 2019 y

2020.

17.2-Las negociaciones.

Las negociaciones deberían llegar a resultados

positivos para las partes en la brevedad posible.

Eletrobras habla de la necesidad de un ajuste

financiero o crédito a cuenta de la energía, según

ella, no retirada en los años 2018, 2019 y 2020.

En el transcurso de las negociaciones se podría

considerar la actual configuración operativa del

sistema eléctrico nacional.

Hoy, por falta de infraestructura, no se dispone de

capacidad técnica para controlar en línea los retiros

de energía que realiza la ANDE de Itaipú. Razón por

la cual lo viene realizando en base a estimaciones.

Esta situación es causada por la imposibilidad de

operar en paralelo las binacionales Itaipú y

Yacyretá.

Aparentemente, el problema está en vías de ser

solucionado próximamente. La configuración actual


puede incidir en desvíos involuntarios en los

programas de suministro acordados entre las

empresas. 20/8/2021

Sería recomendable ajustar los desvíos, en caso

de que existan. Lo ideal sería que se haga el ajuste

después de la revisión Anexo C.

17.3--Impacto en la revisión del Anexo “C”.

Es altamente probable y será de gran beneficio

para el país que el costo unitario de la energía de

Itaipú tenga una reducción de su costo unitario de

acuerdo a lo previsto en los criterios establecidos en

el Tratado.

Este hecho favorecerá sustancialmente las

contrataciones de la ANDE. Ante las próximas

reuniones bilaterales para la revisión del Anexo C y

modificación del Tratado de Itaipú, en caso de

necesidad, es deseable que las relaciones entre los

representantes de las Altas Partes Contratantes sean

las mejores posibles.

La operación sincronizada de las binacionales

Itaipú y Yacyretá debe implementarse en la

brevedad posible. Esto permitirá un mejor control de

los retiros de la ANDE de Itaipú.


El ajuste preciso de las contabilizaciones de los

retiros realizados de ninguna manera podrán causar

el desplome financiero de la ANDE. Esto no pasa de

un argumento utilizado para continuar con el Estado

de crispación innecesario.

17.4-Las declaraciones.

Las recientes declaraciones del presidente de la

Conferencia Episcopal Paraguaya (CEP) Adalberto

Martínez Flores, en el sentido de que “se debilita el

ejercicio de la autoridad cuando la eficacia, la

idoneidad, la probidad moral de los que ocupan los

altos cargos no están a la altura de las exigencias” y

“que un factor transversal es la corrupción en la

administración de los recursos públicos en

complicidad con el sector privado”, recomienda

evitar que la ANDE, bajo ningún sentido, sea

presentada como una empresa poco seria, incapaz de

administrar correctamente la contabilización y

comercialización de la energía de Itaipú.

Un escenario de innecesarias discrepancias puede

minar la imagen de la ANDE y no faltará quien

proponga que deba ser dejada de lado por ser

“incapaz” para manejar la comercialización de la

energía, que próximamente será muy barata.


Si consideramos las expresiones del

representante de la CEP, no sería raro que estemos

ante el octavo intento de apropiación de la energía

barata que dispondrá el Paraguay en la Itaipú

Binacional a partir del año 2023.

La ciudadanía debe saber que al cancelarse la

deuda asumida por Itaipú Binacional para su

construcción, el costo unitario se reducirá al 38% de

su valor actual. Esto la convertirá en la “vaca

lechera” de quien administre su comercialización.

Esperamos que sea el Estado paraguayo.


CONCLUSIÓNES

L

as propuestas de los Grupos de Trabajo de la

Cancillería no refleja lo mejor que nuestro

país puede obtener porque;

1-Desplaza a la Ande del manejo de la

multimillonaria renta eléctrica que obtendrá por

reducción del costo de la energía de Itaipú. Cuanto

menor la tarifa de Itaipú mayor renta para la Ande.

2- Busca que Itaipú margen derecha quede con

parte de la renta eléctrica de la Ande, para su manejo

discrecional, como “Gastos de Explotación”, sin

control ciudadano

3- Promueve que Itaipú margen derecha continúe

fuera del control de los organismos de supervisión

de la república. Señaliza la intención de seguir con

el histórico manejo discrecional de los

multimillonarios recursos del rubro “Gastos de

Explotación”.

4- No busca la libre disponibilidad de las

excedentes de la energía paraguaya en la binacional.

5-Manteniendo la Tarifa Actual impide que la

Ande pueda contratar el 100 % de la energía


producida en 50 Hz. El costo de hacerlo significaría

erogaciones que la Ande no puede asumir.

6-Con la Tarifa Actual se condena a la Ande a su

desaparición. No podrá revertir su situación

financiera, sin aumentar las tarifas actuales del

“Pliego 21”.

7-Manteniendo la Tarifa Actual el monto a ser

manejada a discreción, sin control del Estado

paraguayo, por los gerentes de la margen derecha de

la Itaipú Binacional, en un periodo de 10 años, es de

13.840 millones de dólares.

8-Continuar con la Tarifa Actual vigente, viola los

criterios establecidos en el Tratado de Itaipú y sus

documentos complementarios.

9-La Tarifa Actual ralentiza el crecimiento de la

economía paraguaya. Además propiciara la

profundización de la corrupción que ya asola el país.

10- Si aplicada la Tarifa Intermedia, Itaipú

margen derecha se apropia de parte de la renta

eléctrica de la Ande, producida por reducción parcial

del costo de la energía de Itaipú.

7- La Tarifa Intermedia incluye sendos

sobrecostos innecesarios perjudicando al usuario

Ande.


8-.El aparente “equilibrio” entre los montos

proveídos a la Ande, al Ministerio de Hacienda y a

la Itaipu margen derecha, encargadas de administrar

los recursos de la Itaipú, será financiada por la tarifa

del usuario Ande en un 74 %.

9-No es verdad que al aplicarse en Itaipú una

Tarifa Intermedia se obtendrá beneficios

económicos adicionales anuales del orden de U$D

400 millones para cada Alta Parte Contratante. Los

“beneficios adicionales” provendrán de la tarifa

pagada por los usuarios del servicio de la Ande y

Eletrobras (76/24).

10- No se aclara que hasta el año 2032 el 76 %

del sobrecosto artificial será pagado por los usuarios

de la Ande. Solo el 24 % restante será provisto por

la Eletrobras. Este aporte de la Eletrobras es por la

compra a precio de costo de los excedentes de

Paraguay.

11-Se omite informar que a partir del año 2032 el

100 % de los incrementos innecesarios serán

solventados por los usuarios de la Ande. El manejo

discrecional serán de recursos proveídos por los

usuarios de la Ande.

10-Con la aplicación de esta Taifa Intermedia la

Ande obtiene un ahorro por reducción parcial de la


tarifa de Itaipú Binacional del orden de los 4.327

MU$D. Este monto es insuficiente para solucionar

los problemas que padece el sector eléctrico

nacional.

10-La más beneficiada con la Tarifa Intermedia

nuevamente es la gerencia de la margen derecha de

Itaipú, que dispondrá de 5.575 MU$D en el rubro

“Gastos de Explotación”. Sin control de los

organismos competentes de la República del

Paraguay.

11-El Ministerio de Hacienda tendrá sus ingresos

de Itaipú duplicados pero pagados por los usuarios

de la Ande a través de sus tarifas de energía

eléctrica., en el orden del 76 %.

12- La Tarifa Intermedia genera un gasto

innecesario para los usuarios del servicio eléctrico.

Retrasa el desarrollo de la economía paraguaya.

Retira recursos del sector eléctrico impidiendo, por

falta de recursos, su consolidación como elemento

fundamental para el desarrollo de la nación.

13-Se consolida a la Itaipú margen derecha como

un organismo sin control de su propietario, el Estado

paraguayo.

14- La aplicación de la Tarifa Baja significa usar

correctamente los criterios establecidos en el Anexo

“C” del Tratado de Itaipú.


15-Con la vigencia de la Tarifa Baja, el Paraguay, a

través de la Ande, accede a las condiciones

necesarias para ejercer su soberanía energética.

Lo ejecutara mediante la contratación del 100 % de

la energía producida en 50 Hz de propiedad de la

República del Paraguay.

16-La Ande podrá vender, la energía paraguaya

excedente, en el mercado regulado del Brasil o a

terceros países.

17- La Ande tendrá condiciones de mantener el

valor de la tarifa actual para sus usuarios. Gracias a

los recursos adicionales provenientes del ahorro en

la compra de energía de Itaipú.

18-La Tarifa Baja permite que por ahorro en sus

gastos por compra de energía de Itaipú, Ande acceda

a una renta de 7.800 millones de dólares americanos.

19- Con la Tarifa Baja el Ministerio de Hacienda

continúa recibiendo sus ingresos por Cesión de

Energía y el valor vigente en concepto de

“Royalties”.

21-La venta de los excedentes paraguayos de la

Itaipú a precio de mercado regulado del Brasil

pueden producir ingresos del orden de los 5.276

MU$D en el periodo de los 10 años considerados.

22-El máximo precio de venta a ser considerado

para calcular los ingresos por los excedentes


paraguayos es el pagado en el mercado regulado de

energía eléctrica del Brasil.

23-No se trata la modalidad de contratos para el

intercambio de los servicios de electricidad con el

Brasil deberá realizarse entre Furnas S.A. y Ande.

Tampoco se define el “Nodo” de interconexión con

el Brasil.

24-La forma de contratación de la producción de

Itaipú pos revisión no es tratada.


RECOMENDACIONES

1-La aplicación de la Tarifa Baja es lo más

conveniente para el Paraguay. Además es lo

establecido en el Tratado.

2- El secretismo en el manejo de los recursos

provistos por la Ande y Eletrobras a la Itaipú

Binacional, debe acabar.

3-Se debe evitar que los gerentes de la Itaipú margen

derecha continúen administrado sin control de la

ciudadanía los inmensos recursos denominados

“Gastos de explotación”.

4-Es urgente la creación de los ministerios de

Energía y Minas. Esencial para el manejo

coordinado de los recursos energéticos de la

República del Paraguay.

5- El ingreso de los organismos de control como la

contraloría General de la república y otros, así como

el acceso a la información debe ser libre en la

binacional.

6-Se debe propiciar conforme se acordó en la

declaración Lugo/Lula del 2009, la

comercialización de la energía excedente


correspondiente al Paraguay en el mercado eléctrico

regulado del Brasil.

7- Es urgente la instalación de la Mesa de Trabajo

propiciada en la “Declaración Conjunta de los

Señores Presidentes de la República del Paraguay y

de la República Federativa del Brasil”, firmada en el

año 2009.

En dicho documento se acordó que las Altas Partes

que integran Itaipú Binacional intercambiarán

propuestas específicas para discusión en una “Mesa

de Trabajo”.

8- Con la reducción de la tarifa por la directa

aplicación del Anexo “C” vigente, el Estado

paraguayo tendrá extraordinarios ingresos al

capturar de la Ande, parte de su mayor rentabilidad,

consecuencia de la reducción de la Tarifa de Itaipú.

9- Estos recursos se canalizaran con total

transparencia, hoy inexistente, para obras de

infraestructura esenciales al país a través del

Presupuesto general de Gastos de la Nación (PGN).

10- En esta situación no será necesario negociar

nada con el Brasil, ni atar o ceder en otros puntos

negociables para conseguir algo que Paraguay lo

puede hacer sin necesidad de acuerdo mutuo con

Brasil.


11-La modalidad de contratación de los servicios de

electricidad de Itaipú pos revisión deberá ser por

“cantidad”. Es decir por energía.


ANEXOS


ANEXO 1

Declaración conjunta Lugo-Lula

En respuesta a una invitación del Presidente de la

República de Paraguay, Fernando Armindo Lugo

Méndez, el Presidente de la República Federativa

del Brasil, Luiz Inácio Lula da Silva, realizó una

Visita de trabajo a la República del Paraguay el día

25 de julio de 2009, acompañado de una importante

comitiva.

En sus contactos, los Presidentes destacaron los

nuevos tiempos que se viven en ambos países que

facilitan la convergencia de visiones y compromisos

entre los dos gobiernos.

Señalaron la necesidad de dinamizar las

relaciones bilaterales, con el propósito de fortalecer

los tradicionales lazos de amistad y de cooperación

que permitan superar gradualmente las asimetrías

entre los dos países, en un contexto difícil

caracterizado por una crisis financiera-económica

internacional y de una enorme deuda social que

afecta a ambos pueblos.


Los mandatarios, conscientes de que la

cooperación bilateral debe promover beneficios

mutuos y responsabilidades compartidas, pero sin

perder de vista la diferente escala de desarrollo, la

heterogeneidad regional y los problemas de

vulnerabilidades, se han comprometido en promover

una genuina cooperación bilateral que supere los

obstáculos a la integración bilateral, potencie la

unidad de los intereses colectivos y que se adopten

políticas en la región que ayuden al Paraguay a

superar las desventajas comparativas que representa

su situación geográfica en la región.

En ese contexto, los Presidentes de la República:

1. Manifestaron su complacencia y decidido

apoyo al sistema democrático representativo vigente

en los países de la región, al respeto irrestricto de los

derechos humanos, y a la soberanía y

autodeterminación de los pueblos.

2. Coincidieron en señalar la importancia de la

solidaridad como componente rector del proceso de

integración regional en curso, así como la intención

de los mismos en continuar con sus esfuerzos por

disminuir la pobreza, la desigualdad y otras formas

de injusticia social.

3. Resaltaron la importancia de Itaipú, que

constituye un marco central de la integración entre

los dos países. Destacaron los beneficios que esa


sociedad en el área energética asegura para el

desarrollo económico y social del Brasil y el

Paraguay.

4. Reiteraron su compromiso con la integración

energética regional y subrayaron su potencial para

promover el desarrollo social, económico y la

erradicación de la pobreza.

En ese sentido, renovaron su empeño en impulsar

el desarrollo de la infraestructura energética de los

países como elemento de apoyo a la sustentabilidad

de la integración sudamericana, fundada en la

determinación de los pueblos para avanzar con

autonomía en el camino de la unión y solidaridad.

5. Celebraron los avances en las negociaciones en

relación a los seis puntos planteados en la agenda

paraguaya sobre Itaipú y desarrollados en las mesas

de negociación de los representantes de los dos

países.

Registraron con satisfacción el acuerdo

alcanzado para someter a la aprobación congresual

nuevos valores a ser recibidos por el Paraguay a

título de cesión de energía sobre la base de un factor

de multiplicación de 15.3 (quince coma tres).

6. Reconocieron la conveniencia de que la ANDE

pueda gradualmente, a la brevedad posible,

comercializar, en el mercado brasileño, energía de


Itaipú correspondiente a los derechos de adquisición

del Paraguay.

Con ese propósito, acordaron que las dos partes

intercambiarán en los próximos 60 días, propuestas

específicas para la discusión en reuniones de un

grupo de trabajo constituido por representantes de

los respectivos ministerios del área de energía, de los

Directores Generales de Itaipú, de representantes de

la ELETROBRAS y la ANDE y de las Cancillerías.

El resultado de esas discusiones será reportado a

los Presidentes en el plazo máximo de tres meses, a

partir de la fecha de esta Declaración.

El Presidente Lugo reiteró la reivindicación de

que Paraguay pueda habilitarse asimismo a disponer

gradualmente de energía de Itaipú para ofrecer a

terceros mercados, con derecho de preferencia a

Brasil.

El Presidente Lula da Silva, considerando el

nuevo marco de cooperación entre los dos países,

resaltó que Brasil y Paraguay deben trabajar juntos

en la búsqueda de una efectiva integración

energética regional que contemple inclusive la

posibilidad de que Paraguay y Brasil puedan

comercializar energía de Itaipú en terceros mercados

a partir de 2023, contribuyendo al desarrollo

sustentable y una mayor seguridad energética para

los países sudamericanos.


En ese sentido, considerarán recomendar una

propuesta a sus respectivos congresos nacionales.

7. Registraron también la necesidad de la

contratación por la ANDE y la ELETROBRAS de la

totalidad de potencia instalada disponible en Itaipú

(18 unidades generadoras de 700 MW cada una) y

determinaron que los Directores-Generales de Itaipú

y los Presidentes de la ANDE y ELETROBRAS

establezcan las condiciones de la contratación,

asegurando la división en partes iguales entre los dos

países de la totalidad de la energía producida en la

usina, conforme a lo previsto en el Tratado. El grupo

de trabajo mencionado en el párrafo anterior tendrá

presente el principio de que en un balance el

Paraguay no deberá sufrir perjuicio global en

relación a la actual modalidad de contratación so

pena de inviabilizar las alteraciones consideradas.

8. Determinaron que el grupo de trabajo

constituido en los términos del parágrafo anterior

también examine las condiciones en que la ANDE

pueda comercializar en el mercado brasileño energía

de la hidroeléctrica de Acaray y, futuramente,

también de la represa de Yguazú cuando ésta se

encuentra maquinizada, así como de excedentes

disponibles en otras fuentes de generación del

Paraguay.


9. Registraron con satisfacción que la ANDE y la

ELETROBRAS estén desenvolviendo una amplia

agenda de cooperación que incluye, entre otros

puntos, estudio de optimización del sistema

paraguayo de transmisión; transferencia de

experiencia en proyectos de repotenciación y

maquinización de usinas; levantamiento del

potencial energético y estudios de viabilidad de

nuevos proyectos hidroeléctricos en el Paraguay;

transferencia de experiencia en la implantación de

fuentes alternativas; transferencia de experiencia en

proyectos de electrificación rural; capacitación y

entrenamiento en áreas específicas.

10. Instruyeron al Directorio Ejecutivo y al

Consejo de Administración de Itaipú Binacional

que, en consulta con ANDE y la ELETROBRAS,

determinen las providencias necesarias para que se

ejecuten las obras del seccionamiento de las líneas

de transmisión de 500 kV de la subestación margen

derecha. Acordaron la construcción por Itaipú de la

LT 500kV entre la SE Itaipú-MD y la SE Villa

Hayes, así como ésta, las cuales serán transferidas

sin costo al Paraguay.

11. Determinaron la constitución de un grupo de

trabajo integrado por los Directores Generales de

Itaipú y representantes de los respectivos ministerios

de áreas de transporte, energía y obras públicas y de


las Cancillerías, para definir los términos de

referencia de un estudio de viabilidad técnica,

económica y socio ambiental de obras de

navegación previstas en el punto III: 11 del Anexo

B del Tratado, y poner los mejores esfuerzos para

que este estudio de viabilidad concluya en el año

2010.

12. Instruyeron a los Directores Generales de

Itaipú a adoptar las medidas que corresponden para

la conclusión de las obras de construcción del

mirador en la margen derecha de Itaipú, que deberá

valorizar el potencial turístico de la represa con

vistas a tenerlo operativo en el año 2011.

13. Aprobaron los términos del compromiso

firmado por los dos Directores Generales el 15 de

agosto de 2008, sobre medidas administrativas que

buscan el perfeccionamiento y la transparencia en la

gestión de Itaipú Binacional y determinaron su

estricta observancia e implementación.

14. Reiterando el principio de igualdad de

derechos y obligaciones establecido en el artículo III

del Tratado de Itaipú, ratificaron con satisfacción la

decisión del Consejo de Administración de Itaipú

Binacional (RCA Nº 008/2009) sobre la continuidad

de las prácticas de decisiones consensuadas en el

ámbito de la Dirección Ejecutiva, consolidación de

la cogestión plena en el ámbito de las Direcciones de


área que integran la Dirección Ejecutiva, y

establecimiento de un mecanismo para solución de

eventuales controversias entre los Directores

Ejecutivos y Directores correspondientes.

15. El Presidente Fernando Lugo informó sobre

la auditoría que la Contraloría General de la

República del Paraguay está haciendo de la deuda de

Itaipú Binacional, y su intención de transmitir sus

conclusiones a la parte brasileña.

16. El Presidente Luiz Inácio Lula da Silva reiteró

la disposición de proponer al Congreso Nacional de

su país la creación de un fondo de desarrollo

regional, a ser alimentado con recursos

presupuestarios, para apoyar la implementación de

proyectos de asociación industrial y productiva, con

especial atención en los sectores en que se pueda

desarrollar mayor uso industrial de la energía en el

Paraguay, así como la ejecución de programas de

electrificación rural.

17. El Presidente Luiz Inácio Lula da Silva reiteró

igualmente la oferta de financiamiento en términos

favorables, con recursos del BNDES y del PROEX,

para obras de infraestructura de interés del Gobierno

paraguayo.

18. Los Presidentes celebraron los progresos

alcanzados con la reglamentación del Régimen de

Tributación Unificada (RTU), el cual contribuirá


para la dinamización de la economía de Ciudad del

Este. En este contexto, el Presidente Fernando Lugo

Méndez, recibió con beneplácito la decisión del

Gobierno del Presidente Luiz Inácio Lula Da Silva,

de fijar una alícuota máxima del 25%.

19. Destacaron, igualmente, los beneficios que

resultarán de la conclusión de las obras de reforma

da cabecera paraguaya del Puente de la Amistad para

el tránsito de personas y mercancías.

20. Resaltaron la necesidad de que en la

aplicación de los controles fronterizos se atiendan

las particularidades y necesidades económicas y

sociales de la región.

21. Instruyeron a las autoridades competentes a

iniciar los estudios relativos a la construcción de un

puente internacional sobre el río Paraguay, entre las

Ciudades de Puerto Murtinho y Carmelo Peralta,

emprendimiento que tendría un importante papel

para la dinamización de los flujos económicos y

sociales en la región del Chaco paraguayo y del

Centro-Oeste brasileño, en el marco del desarrollo

de los corredores bioceánicos.

22. Reafirmaron su decisión de iniciar en la

brevedad las obras del Puente Puerto Meira-

Presidente Franco sobre el Río Paraná. En este

contexto, reconocieron la necesidad de concluir los

proyectos básico y ejecutivo para dar inicio a la


construcción del mismo, considerando el efecto

dinamizador que ejercerá en la economía regional en

materia de fuente de trabajo. Consecuentemente,

anunciaron la decisión de inaugurar el cantero de

obras del emprendimiento en ceremonia conjunta en

el primer semestre del 2010.

23. Reconocieron la necesidad de iniciar los

estudios de prefactibilidad para la interconexión

ferroviaria Cascabel - Ciudad del Este - María

Auxiliadora, con posterior conexión a Encarnación,

y de concluirlos en los primeros meses de 2010,

como parte integrante del Corredor Ferroviario

bioceánico Antofagasta-Paranaguá, a cargo del

Banco Nacional de Desarrollo Económico y Social

(BNDES) del Brasil en coordinación con

Ferrocarriles del Paraguay S.A. (FEPASA).

24. Señalaron el interés común de estimular el

desarrollo de la Hidrovía Paraguay-Paraná y la

Hidrovía Tiete-Paraná, para lo cual instruyeron a las

autoridades responsables para cooperar en la

ejecución de estudios de impacto ambiental a lo

largo de las mismas y las obras necesarias que las

viabilicen.

25. Los Presidentes reconocieron los esfuerzos

realizados por las autoridades migratorias en el

sentido de regularizar la situación de sus respectivas

comunidades en los dos países. En este aspecto, el


Presidente Lula Da Silva expresó su reconocimiento

para con la hospitalidad paraguaya, al albergar un

importante número de brasileños. Al respecto, el

Presidente Fernando Lugo manifestó que su

gobierno se halla abocado al fortalecimiento de la

capacidad de atención a los inmigrantes por parte de

la oficina pertinente, y que la hospitalidad paraguaya

para con el extranjero continúa imperturbable. El

Presidente Fernando Lugo acogió con satisfacción la

aprobación de la Ley 11961, que beneficia a todos

los extranjeros en situación irregular en Brasil. A su

vez, expresó la intención del Gobierno de Paraguay

de depositar a la brevedad posible los instrumentos

de ratificación de los Acuerdos de Residencia y

Regularización Migratoria del MERCOSUR.

Asimismo, destacaron los trabajos que en éste

campo vienen desarrollando los Grupos de Trabajo

Cooperación en Temas Migratorios y de Desarrollo

Rural e instruyeron a celebrar la próxima reunión en

el curso de este año.

26. Consideraron importante la democratización

del acceso a información de calidad e

intercambiaron ideas sobre Comunicación Pública y

Televisión Educativa, así como sobre posibilidades

de cooperación en esas áreas. Al respecto, instaron a

las autoridades competentes a concluir la

negociación de un Memorándum de Entendimiento


sobre Cooperación en materia de Comunicación

Pública.

27. Determinaron la constitución de un Grupo de

Trabajo bilateral que se encargará de la elaboración

de un Plan de Desarrollo Fronterizo para julio de

2010. En ese sentido, concordaron reiniciar las

actividades de los Comités de Frontera orientados

por dicho Plan, para atender a las principales

demandas sociales de las poblaciones de frontera.

En este ámbito, deberá ser considerado, entre

otros aspectos, el análisis de un Acuerdo sobre

Localidades Fronterizas Vinculadas, siguiendo el

modelo elaborado por el grupo de integración

fronteriza del MERCOSUR.

28. Se congratularon por los excelentes

resultados de las operaciones conjuntas de combate

al cultivo de marihuana, logrados en el ámbito de la

iniciativa “Nueva Alianza” y saludaron la iniciativa

adoptada por la Policía Federal de Brasil y por la

Secretaría Nacional Anti-drogas del Paraguay de

profundizar la cooperación en esta materia por

medio de la firma de un documento específico que

establece metas y plazos para la ejecución de

operaciones conjuntas de investigación y represión

en el combate al narcotráfico en el año 2009.

29. Celebraron la próxima suscripción del

Acuerdo Complementario del Centro de Formación


Profesional Paraguay-Brasil, en Hernandarias, Fase

IV, ampliación y expansión. Coincidieron en

destacar el expresivo aumento de las iniciativas de

cooperación técnica en los últimos años, que

constituyen importante aporte para los esfuerzos de

capacitación y fortalecimiento institucional.

30. Saludaron los entendimientos alcanzados en

el ámbito de la Comisión de Monitoreo del

Comercio entre Paraguay y Brasil y destacaron la

importancia de dar mayor énfasis a la tarea realizada

conjuntamente con vistas a aumentar y diversificar

las exportaciones del Paraguay al Brasil, facilitando

el acceso efectivo de productos paraguayos al

mercado brasileño, con particular interés de aquellos

con mayor valor agregado, e igualmente fomentando

las inversiones brasileñas en el Paraguay, que

aprovechen las complementariedades de ambas

economías.

Manifestaron, en ese contexto, su satisfacción por

la próxima suscripción del Programa de Trabajo en

materia de Cooperación Industrial. 31.

Decidieron establecer una comisión constituida

por los dos cancilleres para acompañar la

implementación de los acuerdos contenidos en esta

Declaración.

Los dos presidentes decidieron reunirse

regularmente a cada tres meses con el ánimo de


proyectar todos los aspectos de la relación

binacional.

Al concluir sus actividades, el Presidente de la

República Federativa del Brasil, Don Luiz Inácio

Lula Da Silva, manifestó su agradecimiento al

pueblo y al Gobierno de la República del Paraguay

por la hospitalidad y por las atenciones brindadas a

él y a su comitiva.


ANEXO 2

Temario Preliminar Cancillería

Acciones del Gobierno (1)

Comisión Asesora

Conforme a instrucciones del Presidente de la

República, el Ministerio de Relaciones Exteriores

creó la Comisión Asesora Ad Honorem para la

revisión del Anexo C del Tratado de Itaipú, a través

de la Resolución N° 1.033 del 24 de octubre de 2019.

Con miras a garantizar un enfoque amplio,

pluralista y multidisciplinario, la Comisión Asesora

ha sido integrada por referentes del sector público y

privado, con reconocida solvencia en diversas

materias relacionadas con el citado proceso de

revisión.

Conforme el artículo 8° de la citada Resolución,

la Comisión Asesora cumplió funciones durante el

plazo de 6 meses (03/09/2019 - 03/03/2020), no

habiéndose prorrogado el mandato de su

constitución.


La documentación analizada por la Comisión fue

debidamente compartida con el Gabinete Civil de la

Presidencia de la República, el Poder Legislativo y

la ciudadanía en general, a través del portal web del

Ministerio de Relaciones Exteriores.

Revisión del Anexo C vs. Renegociación del

Tratado (2)

En las próximas negociaciones con Brasil se

tratará la Revisión del Anexo C del Tratado de

ITAIPÚ, que se refiere a las bases financieras y de

prestación del servicio de electricidad.

Significa examinar todos los conceptos y

componentes del Anexo C para actualizarlos, o bien

renegociarlos.

Estos componentes son:

-Definiciones

-Condiciones de abastecimiento

-Costo del Servicio de Electricidad (Utilidades,

Cargas Financieras, Deuda, Royalties,

Resarcimiento a ANDE y ELETROBRAS, Gastos

de explotación, saldo de la cuenta de explotación)

-Ingresos

La revisión del Anexo C del Tratado de ITAIPÚ

es el tema de la agenda oficial para las negociaciones

con el Brasil.


No obstante, nada impide que ambos países

puedan plantear tratar otros asuntos relacionados

con el Tratado, un diálogo sobre la eventual

renegociación de sus disposiciones, sea en ocasión

de la revisión del Anexo C o en cualquier momento

que las Altas Partes consideren oportuno.

Adelantamiento de la Revisión del Anexo C (3)

En el 2023 se cumplen 50 años de la vigencia del

Tratado de ITAIPÚ, ocasión en que las

disposiciones del Anexo C serán revisadas (Artículo

VI del citado Anexo).

Desde una visión país, la disminución de la

“tarifa” podría significar perder la oportunidad de

reemplazar los componentes “deuda y cargas

financieras”, por otros posibles componentes

vinculados a otros intereses estratégicos (obras para

la navegación, capacidad de generación,

infraestructura eléctrica, etc.).

Debido a la progresiva amortización de dos de los

componentes (deuda y cargas financieras) del Costo

de Servicio de Electricidad, este descendería en un

17 % ya en el 2022. En otras palabras, por simple

aplicación del Tratado y si no hubiere un acuerdo

adelantado, pasaremos de una Tarifa de 22,60

USD/kW- mes a una Tarifa de 18,75 USD/kW-mes.


Para el 2023, ya en el mes de abril, la tarifa se

reduciría en alrededor del 60%. La ecuación es clara,

sin nuevos componentes, la Tarifa de ITAIPÚ caerá

considerablemente.

Revisión del Anexo C: Determinación de la

Tarifa de ITAIPÚ (4)

A fin de verificar el impacto de la cancelación del

Servicio de la Deuda en la tarifa de ITAIPÚ, los

Grupos de Trabajo realizaron una simulación para el

periodo 2021-2030, bajo la hipótesis de que se

mantengan los conceptos y las condiciones básicas

actuales del Anexo C. Los escenarios son claros para

el post 2023:

-Tarifa Alta (22,60 USD/kW-mes): se mantiene

la tarifa actual. Se incluyen “nuevos componentes"

en el Costo del Servicio de Electricidad, en

sustitución del Servicio de la Deuda, en similar

proporción (alrededor del 60%).

-Tarifa Baja (aprox. 9,61 USD/kW-mes): es la

mera aplicación del Anexo C. No se incluyen

“nuevos componentes” en el Costo del Servicio de

Electricidad, en sustitución del Servicio de la Deuda.

La Tarifa desciende automáticamente.

-Tarifa Intermedia (aprox. 15,00 USD/kW-mes):

se incluyen “nuevos componentes” en el Costo del

Servicio de Electricidad, en sustitución del Servicio


de la Deuda, en una proporción de alrededor del 50%

de ésta.

Es de interés del Paraguay, contar con una

adecuada Tarifa de ITAIPÚ, que atienda a sus

requerimientos técnicos y económicos.

Es importante comprender, con la mayor

objetividad posible, que cualquiera sea la futura

tarifa de ITAIPÚ, la ANDE deberá afrontar un

diálogo franco y una negociación directa con el

Gobierno Nacional.

Por tanto, lo más conveniente para el Paraguay es

determinar una Tarifa Intermedia, que resulte

atractiva, accesible y con beneficios para ambas

Altas Partes Contratantes, contemplando “nuevos

componentes” en el Costo del Servicio de

Electricidad.

Así, de aplicarse en ITAIPÚ una Tarifa de

Potencia Intermedia se obtendría un beneficio

económico adicional del orden de USD 400 millones

para cada País, para ser destinado a la “actualización

de regalías, nuevas inversiones, fondos especiales y

otros”, según sea negociado y acordado entre las

Altas Partes.

Revisión del Anexo C: Actualización del Valor

de los Royalties (5)


Aplicación de la Nota Reversal N° 1 del

11.02.1974, vigente, para actualizar el valor de los

Royalties, considerando los ajustes reales de costo

que ocurrieron en las obras de ITAIPÚ y el costo de

la energía eléctrica producida por la Central.

Los estudios demuestran que, correspondiendo

un Factor Multiplicador nuevo, cercano a 8,0, los

Royalties actualmente percibidos por el Paraguay,

que son alrededor de USD 250 millones anuales,

pasarían a alrededor de USD 500 millones anuales.

En conclusión, mantener el concepto de Royalties

es fundamental a fin de obtener mayores ingresos

provenientes de ITAIPÚ para el Paraguay y el

Brasil, vía Tarifa.

Revisión del Anexo C: Actualización del Valor

del Resarcimiento de Cargas de Administración y

Supervisión (6)

Iguales premisas que la de los Royalties. Se

sugiere la aplicación de la Nota Reversal N° 1 del

11.02.1974, vigente, para actualizar el valor del

Resarcimiento.

Los estudios demuestran que, correspondiendo

un Factor Multiplicador nuevo, cercano a 8,0, el

Resarcimiento actualmente percibido por la ANDE

y ELETROBRAS, alrededor de USD 20 millones


anuales, pasaría a alrededor de USD 40 millones

anuales.

En conclusión, mantener este concepto es

fundamental a fin de obtener mayores ingresos

provenientes de ITAIPÚ para la ANDE y

ELETROBRAS, vía Tarifa.

Revisión del Anexo C: Actualización de los

valores de Compensación por Cesión de Energía (7)

La “Cesión de Energía” y la “Compensación”

correspondiente, se mantendrían conforme a los

instrumentos vigentes. A diferencia de los Royalties

y el Resarcimiento, no habría fundamentos legales

para modificar el valor actual de la Compensación

por Cesión de Energía.

Es importante recordar que el concepto de

Compensación está relacionado con la eventual

sustitución de “Cesión de Energía” por “Venta de

Energía”. En caso de que el Paraguay pretenda

plantear un aumento de la Compensación, se debe

tener en cuenta el efecto de ese aumento en la tarifa

de la energía cedida (impacto sobre el precio final)

colocada en el mercado brasileño, observando su

competitividad.

Revisión del Anexo C: Nuevos Conceptos (8)

En el año 2023, por aplicación del Anexo, al

cancelarse el Servicio de la Deuda por construcción


del emprendimiento, el Costo del Servicio de

Electricidad y consecuentemente la Tarifa, se

reducen. Con ello, surge la posibilidad de

aprovechar ese “margen o brecha” en la

composición de los Costos de ITAIPÚ para

incorporar nuevos conceptos económicos en el

Anexo C, entiéndase “Nuevas Inversiones” y

“Fondos Especiales”.

Nuevas Inversiones:

Inclusión en el Costo del Servicio de Electricidad

para prever la cobertura de inversiones/obras futuras

en ITAIPÚ que no correspondan a Gastos de

Explotación, y que las Altas Partes decidan realizar

y financiar mediante la Tarifa.

Estas “nuevas inversiones” serían básicamente

las siguientes:

-Construcción de la Esclusa de Navegación: El

Anexo B del Tratado contiene una clara obligación

de culminar las obras de ITAIPÚ y permitir la

navegación fluvial en el tramo afectado.

“El proyecto incluirá las obras que fueren

necesarias para atender a los requisitos del tráfico de

navegación fluvial, tales como: terminales y

conexiones terrestres, esclusas, canales, elevadores,

y sus similares”.


Sin embargo, cabe recordar que, de acuerdo con

la Nota Reversal N° 8 del 26 de abril de abril de

1973, “Los recursos para ese fin serán asignados en

forma a ser establecida por las Altas Partes

Contratantes en el momento oportuno”.

La construcción de la Esclusa de Navegación

supondría una inversión de unos 1.600 millones de

USD aproximadamente (aún no se ha hecho el

proyecto ejecutivo).

La última contratación de una consultoría

internacional (2018) para el Estudio de Factibilidad

y Anteproyecto de las Esclusas, que recayó en la

firma holandesa Witteveen+Boss International

Projects BV, arrojó como resultado “la factibilidad

técnica, de ingeniería y de navegación del proyecto,

así como su viabilidad económica y socio

ambiental”. Whitteveen+Bos ha culminado estudios

adicionales de Seguridad en la Navegación para un

Buque de Diseño mayor (Convoy 3x2 +

Remolcador, similar al Buque de diseño de la

Esclusa de Yacyretá), pero resta actualizar el

Estudio de Factibilidad Técnica, Económica,

Ambiental y Social, así como el Anteproyecto, en

función al nuevo Buque de Diseño.

El Directorio Ejecutivo de ITAIPÚ continúa

avanzando en otros estudios y acciones, a fin de

contar con el Proyecto Ejecutivo correspondiente.


Los beneficios de esta obra serán de vital

importancia para el Paraguay en materia económica,

de navegación y de transporte fluvial.

-Ampliación de la Capacidad de Generación: Con

la adquisición de dos turbinas de 700 MW de

potencia nominal, adicionales en ITAIPÚ,

representaría una inversión de unos 1.500 millones

de USD, aproximadamente.

No obstante, desde el punto de vista jurídico, este

proyecto requeriría la modificación de los términos

del Acuerdo Tripartito (Argentina - Brasil -

Paraguay), para permitir la adecuación del Anexo

“B” y de la N.R. N° 20 de 1978, en lo pertinente al

total de unidades turbo-generadoras en operación.

-Aumento del Nivel Operativo Máximo del

Embalse: Este proyecto se encuentra con los

estudios de viabilidad prácticamente concluidos.

El costo de las modificaciones y adaptaciones

necesarias son competitivos en comparación con el

valor estimado para la ganancia energética, que sería

aproximadamente 100 MW promedio o alrededor de

885.000 Mwh/año, para una inversión de

aproximadamente USD 50.000.000.

Fondos Especiales:

Inclusión en el Costo del Servicio de Electricidad

para prever la cobertura de costos futuros en ITAIPÚ


que no correspondan a Gastos de Explotación y/o

nuevas obras, y que las Altas Partes decidan realizar

y financiar mediante la Tarifa.

-Grandes reparaciones: significa enfrentar la

“vida útil” de las unidades generadoras. Se estima

que comenzará a cumplirse a partir del 2035. Con el

objetivo de la Actualización Tecnológica de la

Central, que podrá ser costosa, se considera

conveniente conformar un “Fondo Especial para

grandes reparaciones”.

-Inversiones en Infraestructura eléctrica en

Paraguay y Brasil: sería muy beneficioso para el

Paraguay, ya que atendería directamente a sus

necesidades de recursos financieros destinados a

obras de infraestructura.

Beneficio adicional de 1.000 M US$/año para el

Paraguay a partir del 2023 (9)

Dicha afirmación es, desde todo punto de vista,

irresponsable. Aseverar que ambas Altas Partes

dispondrán de USD 1.000 millones/año desde 2023

equivale a soslayar que existe una negociación por

delante.

Lo que se analiza es la posibilidad de aprovechar

la “brecha” que surgirá una vez amortizada la deuda

y las cargas financieras en la composición de los

costos de la ITAIPÚ, creando “Nuevos Conceptos”


o “Fondos Especiales” destinados a financiar

inversiones/obras futuras de ITAIPÚ, que las Altas

Partes decidan realizar y financiar mediante la

Tarifa, distribuidos en partes iguales.

Se presentan diversas alternativas para

aprovechar la “brecha” mencionada, que tendrán

que ser evaluadas por el Gobierno Nacional para

decidir las más convenientes, y luego negociar con

el Brasil.

El destino, utilización, transparencia y

mecanismos de control, será materia de definición y

discusión al más alto nivel nacional, apuntando al

desarrollo económico del Paraguay.

Cabe destacar que, si la Tarifa baja según el

Anexo C vigente, no habría “fondo o brecha”

posible, al menos hasta un próximo acuerdo entre las

Altas Partes.

Gastos socioambientales:

¿Deberá ITAIPÚ ocuparse exclusivamente de

generar energía? (9)

ITAIPÚ fue concebida como un emprendimiento

destinado no solamente a la generación de energía

hidroeléctrica, sino a potenciar paralelamente el

progreso económico, social y ambiental de los países

asociados y el bienestar de sus respectivos pueblos,

a través de acciones simultáneas, tanto en la etapa de


construcción como en la posterior fase de

explotación.

Siguiendo los lineamientos desarrollistas

trazados desde su concepción, ha venido

incursionando en acciones ecológicas y de

responsabilidad social dentro de sus previsiones

normativas y comenzó a ejecutar sus programas

socio-ambientales construyendo un número

importante de grupos habitacionales, escuelas,

colegios, centros de salud, centros recreativos y

otras obras de infraestructura, tales como vías de

acceso, telecomunicaciones, instalaciones de

electricidad, agua corriente, sanitaria, pluviales, etc.

El análisis realizado por los Grupos de Trabajo

señala la importancia de mantener los “Gastos

Sociales y Ambientales”.

Deuda de ITAIPÚ (10)

La construcción de ITAIPÚ, que tuvo un costo

directo final del orden de US$ 12.430 millones, sin

capitalizar cargas financieras, fue financiada por

medio de préstamos. Dichos préstamos, como todos

sabemos, vienen siendo honrados a través de la

Tarifa.

Importante recordar que, en sus primeros años de

operación, la tarifa de ITAIPÚ tenía un carácter

provisorio debido a cuestiones coyunturales propias


del mayor mercado de la energía producida por

ITAIPÚ y sin el cual no hubiera sido factible el

emprendimiento.

No obstante, si bien este hecho afectó a la tarifa

de ITAIPÚ por largo tiempo, tampoco se pueden

soslayar los enormes beneficios que ha reportado al

bienestar socioeconómico de los paraguayos.

Soberanía Energética: Infraestructura eléctrica

(11)

Conforme a lo estipulado en el Tratado de

ITAIPÚ, por derecho, el Paraguay es condómino y

ha tenido plena soberanía del 50% del caudal

hidráulico del Río Paraná y del 50% de la potencia y

energía correspondientes, generadas por la Central.

El Paraguay percibe una compensación por la

energía que, por cuestiones estructurales, no puede

hasta el presente consumir en su totalidad y que es

cedida al condómino, ratificando de tal modo su

pleno derecho al 50% de los recursos hidráulicos

citados.

En los últimos años se han registrado avances en

materia de infraestructura eléctrica que, en un futuro

no muy lejano, permitirá a la Administración

Nacional de Electricidad disponer de la totalidad de

la energía generada por las hidroeléctricas

binacionales.


En el proceso de convertir esta proyección en

realidad, ya se encuentra instalada una línea de 500

KV (ITAIPÚ – Villa Hayes) y está en construcción

una segunda de igual capacidad (ITAIPÚ – Yguazú).

Esta infraestructura, sumada a cinco

transformadores en la margen derecha, permitirán el

retiro de potencia y de energía equivalente al doble

del consumo actual de la ANDE (promedio 15.000

GWH al año).

Asimismo, como resultado del trabajo conjunto y

coordinado entre los técnicos paraguayos reunidos

en el Grupo de Trabajo EBY-ANDE-ITAIPÚ, en

enero de este año se realizó con éxito la prueba real

del Esquema de Control de Contingencia de la

Administración Nacional de Electricidad

(ECCANDE), que, por primera vez, permitió la

operación en forma sincronizada de la Centrales

Hidroeléctricas de ITAIPÚ, Yacyretá y Acaray.

Dicho operativo, en el nivel de tensión de

500kW, permitió que los Sistemas Eléctricos de

Paraguay, Argentina, Uruguay y parte del sistema

brasileño funcionen perfectamente sincronizados.

Libre disponibilidad - Venta de Energía (12)

De acuerdo con el artículo XIII del Tratado de

ITAIPÚ, las Altas Partes pactaron la modalidad de

cesión de la energía en caso de que uno de los países


no tenga la capacidad de consumir lo que le

corresponde.

Esta cuestión reviste una alta complejidad y

puede ser objeto de negociación dentro del marco de

eventuales conversaciones sobre la modificación, de

común acuerdo, del Tratado de ITAIPÚ, a fin de que

la energía que le corresponde al Paraguay, pero que

no es utilizada para su consumo interno, pueda ser

comercializada en el mercado eléctrico del Brasil o

de un tercer Estado interesado.

La comercialización en el mercado eléctrico

brasileño abarcaría profundizar el análisis sobre

aspectos de la legislación de ese país, el costo de

oportunidad al perder la compensación por cesión de

energía y las condiciones competitivas del mercado.

Con respecto a la venta a terceros Estados, se

debe tener en cuenta la escasa infraestructura, en

algunos casos, y factores geopolíticos, en otros.

Habría que impulsar la voluntad política en materia

de integración energética regional.

Cogestión Plena: aprobación de la NR 18/95 por

el Brasil (13)

Equivale a una administración paritaria, completa

y eficiente, pero sobre todo formal en la conducción

de la Entidad Binacional.


El 21 de diciembre de 1995, fueron

intercambiadas las Notas Reversales con el texto de

un nuevo Estatuto de ITAIPÚ (Anexo A) que

clarifica y amplía la naturaleza jurídica de ITAIPÚ,

incorpora expresamente el concepto de cogestión,

contiene una actualización terminológica y de

criterios de gobernanza.

Esta modificación fue aprobada por el Congreso

paraguayo, pero no por su par brasileño, razón por la

cual no entró en vigor. A raíz de ello, sigue

aplicándose la versión del Estatuto del 28 de enero

de 1986.

Recordemos que, en la práctica, tanto los

Directores Generales como los demás miembros del

Consejo de Administración y del Directorio

Ejecutivo tienen las mismas prerrogativas, sean

paraguayos o brasileños.

Transparencia de Itaipú:

Control de las cuentas de IB por parte de CGR

(14)

Se reafirma la decisión de impulsar la creación de

una Comisión Binacional para la revisión de los

Estados contables de la Itaipú Binacional, mediante

acuerdo por intercambio de Notas Reversales que

serán encaminadas por las Cancillerías de los

Gobiernos de la República del Paraguay y de la


República Federativa del Brasil, el cual está en

proceso de negociación.

El proyecto de creación de la citada Comisión

Binacional de Cuentas parte de la premisa de que

toda auditoría a la Entidad Binacional debe hacerse

sobre la base de un acuerdo entre ambos

condóminos, dada su singular condición jurídica,

que se encuentra sometida al régimen del Derecho

Internacional Público.

Cabe señalar que este proceso es acompañado por

las instituciones nacionales competentes, entre las

que se encuentran la Contraloría General de la

República, el Ministerio de Relaciones Exteriores, el

Ministerio de Hacienda, el Ministerio de Obras

Públicas y Comunicaciones, la Administración

Nacional de Electricidad (ANDE) y la Itaipú

Binacional Margen Derecha.


ANEXO 3

Reclamos de Eletrobras

Resalva en la contabilización y facturación de

los servicios de electricidad de Itaipú referente al

año 2020 para conocimiento.









BIBLIOGRAFÍA

‣ Tratado de Itaipú del 26/04/1973.

‣ CENTRAL HIDROELECTRICA

ITAIPÚ. Su valor estratégico para la

República del Paraguay. Ing. Orlando

Blas Valdés Escobar. Promoción

XXXIV-2002. Consejo de la Defensa

Nacional. Instituto de Altos Estudios

Estratégicos. Curso de Planificación y

Conducción Estratégica Nacional.

‣ Itaipu 2023 ¡AHORA O NUNCA! Claves

para revisar Itaipu en el 2023. MSc. Ing.

Orlando Valdes.-2020

‣ Itaipú, aguas que valen oro. Efraín

Enríquez Gamón - 1975. Edit. Gudalupe.

‣ Estudios, proyectos, y realizaciones en el

área de influencia de Itaipú Dirección de

Coordinación de ITAIPÚ. 28/09/1990.

‣ Revista ITARENDY, edición Nº 4, año 2,

ITAIPÚ M. D. 05/1991.

‣ Paraguay, Diagnóstico del Sector Energía

1970/1984, Secretaría Técnica de

Planificación. 09/1987.


‣ Paraguay, Diagnóstico del Sector Energía

1970/1989, Preliminar. Secretaría

Técnica de Planificación.

‣ Plan de Desarrollo Económico y Social

1989/2000, Sector Energía. Secretaría

Técnica de Planificación.

‣ Administración Nacional de Electricidad

- Compilación Estadística 1960/2000.

‣ Itaipú como factor de desarrollo - lng.

Héctor Richer Becker - Colegio Nacional

de Guerra - XXIII Promoción año 1991


RESEÑA DEL LIBRO

Definir correctamente el nuevo Costo de los

Servicios de Electricidad de Itaipú durante la

Revisión del Anexo “C” del Tratado es de vital

importancia para el país.

Las nuevas reglas impactaran directamente en las

diferentes instituciones administradoras de los

recursos de Itaipú.

En Paraguay, la Ande, el Ministerio de Hacienda

y la Itaipú margen derecha.

Causa preocupación el documento divulgado por

el Ministerio de Relaciones Exteriores de nuestro

país, en fecha 25 de mayo de 2021, bajo el título

“Temario Preliminar”.

Según el mismo el Paraguay dirá no a la

reducción máxima posible del costo unitario del

servicio de electricidad de Itaipú.

La propuesta va de contramano a lo que establece

el Anexo “C” del Tratado, vigente.

Los Grupos de Trabajo promueven la aplicación

de una tarifa elevada artificialmente con el objeto de

aumentar los recursos destinados al multimillonario

rubro “Gastos de Explotación” de Itaipú.


En esta cuenta esta asignado los famosos “Gastos

Sociales y Ambientales” a cargo de la binacional.

Estos recursos económicos son utilizados de

manera discrecional y fuera de la observación de los

organismos de control de la República del Paraguay.

Ya la reducción de la tarifa por la directa

aplicación del Anexo “C” vigente, le permitirá al

Estado paraguayo obtener extraordinarios ingresos

al capturar de la Ande, parte de su mayor

rentabilidad, consecuencia de la reducción de la

tarifa de Itaipú.

Estos recursos se canalizaran con total

transparencia, hoy inexistente, para obras de

infraestructura esenciales al país a través del

Presupuesto general de Gastos de la Nación (PGN).

Cumpliendo lo establecido en el Tratado no será

necesario negociar nada con el Brasil, ni atar o ceder

en otros puntos de interés nacional para conseguir

algo que Paraguay lo puede hacer sin necesidad de

acuerdo mutuo con Brasil.

El “Temario Preliminar”, elaborado por los

Grupos de Trabajo, en manos de la contraparte, tiene

todas las condiciones de transmitir el mensaje de que

nuestros negociadores, más que negociar, están en la

búsqueda de partícipes para concretar objetivos muy

difusos.


ACERCA DEL AUTOR

Orlando Blas Valdés Escobar

nació el 18-02-54 en Asunción,

donde realizó sus estudios

primarios y secundarios.

Se graduó de Ingeniero

Electricista con énfasis en

Sistemas de Potencia en la Universidad Federal de

Santa María (UFSM) - Estado de Rio Grande Do Sul

– Brasil, en julio del año 1978.

Realizo cursos de pos grado en Introducción a la

Ingeniería Nuclear, Diplomado en gestión

Empresarial, Magister en Planificación y

Conducción Estratégica Nacional- Promoción

XXXIV, Ingeniería Ambiental, Didáctica

Universitaria y otros.

Fue funcionario permanente de la ANDE, ITAIPÚ

Binacional y Entidad Binacional Yacyreta.

Ex integrante de los Comité de Operación y

Comercialización de las interconexiones ANDE –

EMSA (Encarnación/Posadas) y ANDE – COPEL

(Ciudad del Este – Foz do Iguazú), entre otros.

Comisionado a Itaipú Binacional para organizar el

inicio de la operación de la central representando a


la ANDE. En Itaipú ocupo cargos como primer

Vice-Superintendente de Operación, Jefe del

Departamento de Operación, Jefe de la División

Despacho de Carga (1981-1992).

Representante y Miembro fundador del Grupo de

Estudio Nª 5 de la Comisión Mixta de Operación

(CMO).

Comisionado por ITAIPÚ a la Entidad Binacional

Yacyreta para constituir el Grupo Técnico Asesor

(GTA), integrado por EBY, ITAIPÚ, ANDE Y

CAMMESA (1992), para el inicio de la operación.

Como funcionario de la Entidad Binacional

Yacyreta ocupo los cargos de Asesor del

Departamento Técnico, Jefe del Sector Movimiento

de Energía, Asesor del Consejo de Administración.

Integro la Comisión de Entes Binacionales

Hidroeléctricos (CEBH) del Ministerio de

Relaciones Exteriores (2008 – 2012), Asesor del

Vice Ministerio de Minas y Energía para la

implementación del Centro de Monitoreo de

Centrales y Sistemas Eléctricos (CEMOCSE)

(2008-2012), consultor independiente para la ANDE

en trabajos para la Descentralización y

Automatización de la Operación del Sistema

Eléctrico Interconectado Paraguayo (2002).

Asesor en varias Comisiones parlamentarias del

Senado y de Diputados, autor de varias


publicaciones sobre el sistema eléctrico nacional y

pasantía en hidroeléctricas e instalaciones de

sistemas eléctricos de potencia del Brasil, Argentina,

Uruguay EE.UU. y Canadá.

Docente del curso de pos grado en -Políticas

públicas para la Energía en Paraguay- Universidad

Nacional de Itapuá (UNI).

Autor del libro - Itaipu 2023 ¡AHORA O NUNCA!-

Año 2020.


ACTUALIDAD DEL SECTOR ELECTRICO

Contenidos e informaciones relacionadas con el sector

eléctrico paraguayo, con el objetivo colaborar con las

instituciones encargadas de promover el desarrollo de la

industria eléctrica paraguaya.

www.OrlandoValdes.com.py


Libro Itaipu 2023 ¡AHORA O NUNCA!

ITAIPÚ 2023 ¡AHORA O NUNCA!:

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