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pagina con la duda madre: ¿Qué tanto
estamos dispuestas a escuchar, ver,
sentir? ¿Qué tanto estamos dispuestos a
cuestionar?
Una vez contemplados los tres escenarios
de los cuerpos de agua, se realizó un
análisis desde la invalidación del rio
Bogotá, el sometimiento del rio Cauca y la
escucha que se brindó al Rio Arauca con
sujeto de derechos. Y aunque a simple
vista pareciese que la solución a los
vejámenes que han sido sometidos los
ríos es el reconocimiento y validación
legal de estos cuerpos fluviales como
sujetos de derecho, surge la duda de si la
(sujeto de derechos) para que se le
reconozca su derecho a existir, prosperar
y evolucionar.
Ahora bien, Según Jens Benöhr y Patrick
J. Lynch, la visión occidental sobre la
naturaleza, ha fallado. Los Estados y sistemas
legales de esta parte del mundo ven
y protegen al agua como una propiedad,
lo cual puede llevar al mal uso y la
contaminación de este recurso. Es así
como la protección de estos cuerpos
fluviales nace es desde la motivación del
capital y no desde su reconocimiento
como entes vivos representantes de cultura,
memoria y ecología. Donde el primer
escenario descontextualiza al cuerpo
fluvial le desprovee de su carácter vital
para relegarle un valor meramente comercial,
instaurando así una violencia con
carácter de explotación.
En adición a lo anterior, En el texto Architecture
and Violence se menciona: “Las
complejidades de las interrelaciones entre
la arquitectura y los eventos violentos. No
solo la arquitectura puede sancionar y
legitimar la violencia, sino también darle
un terreno espacial para prosperar. En los
tiempos turbulentos de hoy, pocos temas
merecen un examen más detenido que las
interacciones entre la violencia y el entorno
construido. El espacio construido es
capaz de encarnar actos violentos al
representarlos, disciplinando y silenciando
al sujeto en el proceso.”
Lo que nos lleva a concluir que, aunque
es lo ideal, sigue habiendo descontextualización
de la norma y la habitanza cotidiana,
reconocer derechos LEGALES, no
debería ser la única forma de coexistir con
cuerpos fluviales, y de reivindicar su
valor. Aún hay mucha potencia en la
cuestión jurídica administrativa en la cual
los poderes y organizaciones administrativas
se organizan con las instituciones que
están autorizadas para “recuperar, acceder,
SALVAR” el territorio, pero pensar en
habitanza de los ríos también implica
pensar en acciones estratégicas no solo
desde lo jurídico, también desde lo informativo
y la apropiación territorial a escala
local e individual, desde hechos cotidia-
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RIO a partir de las experiencias de sus
habitantes en el, y no desde sus límites
geo estatales establecidos? Quizás no
ese espacio, también desde la interiorización
de las idiosincrasias que envuelven
las dinámicas del lugar.
Es así como concluimos este artículo, con
el mismo ímpetu de duda que impulsó a la
creación de En teoría, ¿Para revindicar un
cuerpo sea, natural, social, barrial, o
personal, se debe recurrir meramente a la
reivindicación legal ya establecida?,
¿Aquello que está escrito y formulado en
papel funciona o es solo en teoría?.
INVALIDAR SOMETER ESCUCHAR
DESCONFIAMOS DE SOLUCIONES HOMOGÉNEAS PARA CONTEXTOS HETEROGÉNEOS