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La única posibilidad
es cumplir.
Para que los aportes empresarios
se efectúen en tiempo y forma, la conducción del SOMRA
les recuerda, a todos los involucrados de la actividad,
que están dadas todas las posiblidades para cumplir
con las obligaciones correspondientes.
De igual modo, para que no haya distracciones u olvidos,
recuerda que se debe cumplir con las Leyes,
Decretos y Resoluciones gubernamentales dictadas.
Atentos a que con motivo de las innumerables consultas llevadas
a cabo por los trabajadores del sector, en relación a la
Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud
respecto del virus Covid-19, el Sindicato de Obreros de
Maestranza de la República Argentina, en cumplimiento de
sus funciones y, con el objetivo de hacer cumplir los decretos
presidenciales establecidos que involucran a los trabajadores
del sector, recuerda a todos los involucrados, principalmente
al sector empresario sobre la vigencia de la determinante aplicación
de los Decretos, Leyes y Resoluciones que establecen
nuevos derechos y obligaciones de estricto cumplimiento, las
cuales referenciamos a continuación:
RESOLUCIÓN MTEySS N° 178/2020:
Licencia excepcional.
DECRETO PRESIDENCIAL N° 260/2020:
Aislamiento obligatorio.
RESOLUCIÓN MTEYSS N° 202/2020:
Licencias para trabajadores.
RESOLUCIÓN MTEYSS N° 207/2020:
Actualización de licencias para trabajadores.
Licencias y trabajo remoto para el sector público y privado.
DECISIÓN ADMINISTRATIVA 429/2020:
Ampliación de actividades esenciales.
DECRETO PRESIDENCIAL N° 325/2020:
Prórroga del aislamiento prohibición de
despidos y suspensiones por 60 días.
DECRETO PRESIDENCIAL N° 355/2020:
Prórroga del aislamiento obligatorio.
DECRETO PRESIDENCIAL N° 367/2020:
Enfermedad de carácter profesional no listada.
De omitirse las instrucciones que figuran en los Decretos, Resoluciones
y Decisiones administrativas determinadas por el Gobierno Nacional,
las empresas incurrirán en directa infracción, pudiendo acarrear,
como consecuencia, denuncias ante el Ministerio de Trabajo Empleo y
Seguridad Social, además de las correspondientes acciones judiciales
civiles y penales por su estricto incumplimiento.
...si se respetan los derechos
de todos, se logrará dar un
paso positivo en la reducción
de las problemáticas que
sufren los trabajadores.
Cro. Oscar G. Rojas
En cuanto a los aportes, la conducción del SOMRA puso a disposición
absolutamente todas las facilidades apropiadas para
que la obligación sea cumplimentada en tiempo y forma. Tal
es el caso de la habilitación del sistema de pago a través de
“Mercado Pago”, el cual se suma a las habituales opciones de
pago a través de “Pago Fácil y Banco Nación”.
Para la opción “Mercado Pago”, con sólo bajarse la APP a
cualquier celular y efectuando un sencillo procedimiento, se
podrán abonar los compromisos correspondientes en cualquier
momento, dado que el pago efectivo se puede realizar
a través de tarjetas de crédito, tarjetas de débito, cobro express,
red Lik y transferencias bancarias.
A partir de esta nueva modalidad, el Secretario General, Cro.
Oscar Rojas expresó “Ahora ya no hay excusa para que cumplan
con las obligaciones correspondientes. Éstas son indispensables
para respaldar una cobertura apropiada para los
afiliados y beneficiarios. Por eso insisto con el concepto que,
si se respeta los derechos de todos, se logrará dar un paso
positivo en la reducción de las problemáticas que sufren los
trabajadores. En este sentido, seremos contundentes, porque
sin la protección de la masa trabajadora, no hay país posible.”
Este es otro de los aspectos en los que, la conducción del
SOMRA trabaja, esforzadamente, para que los aportes
empresariales se cumplan como corresponde, caso contrario
serán pasibles de las actuaciones correspondientes.
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