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LINEAMIENTOS PRÁCTICOS PARA LAS CONCILIACIONES EN LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DE MEXICALI BAJA CALIFORNIA DE MANERA VIRTUAL (1) (1)

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LINEAMIENTOS PRÁCTICOS PARA LAS CONCILIACIONES EN LA

JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DE MEXICALI,

BAJA CALIFORNIA DE MANERA VIRTUAL, DURANTE LA

EMERGENCIA SANITARIA.

Ante la inédita situación que a nivel mundial se vive causada por el

flagelo de la pandemia del COVID-19, que ha afectado millones de

personas, en la que México no ha sido la excepción, el riesgo de

contagio y propagación del virus SARS ha llevado a este gobierno a

establecer una serie de medidas extraordinarias para detener su

expansión, entre las que se encuentran, la suspensión inmediata de

las labores que no resulten esenciales, la jornada nacional de sana

distancia.

Lo anterior podría causar estragos en la economía nacional u local,

provocando el cierre de un sin número de negocios y la pérdida de

cientos de miles de empleos, lo que redundaría en un crecimiento

exponencial de demandas que diariamente ingresarían a esta Junta

Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de Mexicali, Baja

California, debido a la enorme densidad de población y el número de

empresas de bienes y servicios de su competencia.

Para atender el extraordinario aumento del volumen de demandas,

y ante la incertidumbre de la fecha de regreso al funcionamiento de

este tribunal en condiciones normales, se considera necesario

implementar acciones que permitan evitar la saturación del mismo,

estableciendo el uso de las plataformas electrónicas existentes y la

tecnología digital para cumplir con los cometidos asignados

normativamente a este tribunal.

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En tal virtud, se hace del conocimiento los presentes lineamientos

para la conciliación virtual en la Ciudad de Mexicali, Baja California.

1. Esta modalidad de conciliación iniciará a instancia de parte, quien

mediante la solicitud que realice vía correo electrónico a la dirección:

convenios.confirmacion@outlook.com

o una llamada telefónica al número:

(686) 415 14 75

serán atendidos por personal que se tenga a bien asignar, quien

registrará sus datos y los que se proporcionen para la localización de

su contraparte.

2. Será estrictamente necesario que el solicitante brinde el número

telefónico y/o correo electrónico de su contrario, de tal manera que

por cualquiera de estos medios se logre contactarlos.

3. El horario de atención de las solicitudes para

conciliación, será de 09:00 a 15:00 horas

de lunes a viernes.

4. Resulta indispensable que los interesados

cuenten con algún dispositivo electrónico, que permita el manejo de

aplicaciones como ZOOM y/o WHASTSAPP, ya que mediante las

plataformas antes mencionadas, se llevarán a cabo las pláticas

conciliatorias de forma tripartita, es decir, entre el conciliador y las

partes que voluntariamente decidan llegar a un convenio con su

intervención.

5. El personal asignado para llevar a cabo las

conciliaciones virtuales, a petición de parte,

tratará en todo momento de ser el puente de

comunicación entre las partes para dirimir su

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controversia, buscando construir acuerdos

satisfactorios y en beneficio de ambas partes,

salvaguardando los derechos de los

trabajadores.

6. Una vez concertad la cita con las partes, se les

hará saber por el mismo medio, la fecha

señalada para la conciliación, misma que se

llevará a cabo a través del dispositivo

electrónico que permita sin obstáculos la

celebración de la misma.

7. Los convenios que resulten de las conciliaciones serán sancionados

y aprobados por el área correspondiente, ya sea por la Presidencia de

esta H. Junta Local de Conciliación y Arbitraje en el caso de los

convenios fuera de juicio, o por la Junta Especial correspondiente, en

casos de convenios dentro de juicio.

Es importante aclarar, que la sanción de los convenios

celebrados, señaladas en el párrafo anterior, se realizará

una vez que las Juntas reanuden sus actividades y estén en

aptitud de emitir acuerdos. No obstante, ello al celebrarse

los convenios, se daría fe de las manifestaciones y de la

entrega del dinero.

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