Gramática Didáctica del latín por Agustín Ayuso
Gramática latina que toma sus ejemplos de la obra del poeta Marco Valerio Marcial y es el complemento de la aplicación informática "Initio verbum". https://www.youtube.com/channel/UCzd5_Iau6qXuiuR9BYjYaXA?view_as=subscriber&pbjreload=101 Actualización 1: el modo en latín en https://issuu.com/pyrgopolinices/docs/subjuntivo_actualizaci_n_
Gramática latina que toma sus ejemplos de la obra del poeta Marco Valerio Marcial y es el complemento de la aplicación informática "Initio verbum".
https://www.youtube.com/channel/UCzd5_Iau6qXuiuR9BYjYaXA?view_as=subscriber&pbjreload=101
Actualización 1: el modo en latín en https://issuu.com/pyrgopolinices/docs/subjuntivo_actualizaci_n_
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1. Omnes quas habuit Lycoris amicas extulit: uxori fiat amica meae “Licoris ha
enterrado a todas las amigas que ha tenido: ¡que se haga amiga de mi mujer!”.
Licoris es Sujeto agente de extulit y paciente de habuit (poseedor) y de fiat. Amica
es Predicativo del Sujeto.
2. Oculo Philaenis semper altero plorat… Lusca est “Filénide siempre llora por un
ojo… Es bizca”. Philaenis es el Sujeto paciente y Lusca el Atributo.
3.2. Acusativo
El acusativo es el caso de la transitividad, o sea, del primer complemento
obligatorio del verbo, pudiendo admitir cualquier semántica. En muchas ocasiones
el sintagma en acusativo se transforma sintácticamente en Sujeto de la voz pasiva.
Sin embargo, será suficiente con que sea portador de la marca de acusativo y el
verbo no esté en voz pasiva para que reciba la consideración de CD.
Es cierto que existen SNs en acusativo que son de carácter obligatorio pero no
funcionan como CD, sino como CR. Esta circunstancia, sin embargo, sólo se da en
las construcciones de doble acusativo, bajo condiciones semánticas específicas (vid.
gráfico: verbos de enseñar, pedir, etc. en color verde) y/o sintácticas (acusativo con
Participio Pasivo, denominado “griego”, que se circunscribe a semántica de partes
del cuerpo humano o vestimentas).
Por otra parte aparecen también sintagmas en acusativo con carácter de
circunstantes, es decir no obligatorios (CC). Esos SN son de semántica muy
limitada (vid. color azul en mapa conceptual), de manera que tanto da si aparecen en
acusativo o en otro caso (como realmente sucede). Ahora bien, esos mismos
lexemas adquieren la categoría de CD cuando son requeridos por algún rasgo de la
semántica del verbo, por ejemplo regnavit annos XXXII (no obligatorio) frente a
vixit annos XXXII (obligatorio).
Un uso interesante del acusativo es aquel en que aparece en un esquema correlativo
pronombre neutro (ac.) <–> enunciado o proposición que lo llena de significado, como
id dico, ut… “digo esto, que…”. Ciertamente los esquemas correlativos de este tipo no
se circunscriben al caso acusativo, pero este caso resulta especialmente relevante
cuando el acusativo pronominal es una alternativa, por transitivación, de otro caso. Por
ejemplo: gaudeo id, quod… “me alegro de eso, de que…” frente a gaudeo aliqua re
“me alegro de una cosa” (CR abl.).
Por último, el acusativo aparece en la órbita del SN, SAdj o SAdv (CN, CAdj,
CAdv) sólo bajo las mismas circunstancias semánticas que acabamos de ver con el
verbo, de manera que tanto en uno como en otro caso el acusativo no es libre en su
distribución.
El cuadro siguiente ilustra los usos del acusativo, de los que ofrecemos ejemplos más
abajo:
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