REVISTA CICPC
EDICION N 42
EDICION N 42
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la visión de la división se orienta<br />
en ser una unidad rectora en<br />
el campo contable y financiero<br />
manteniendo un criterio uniforme<br />
con la práctica de las mismas en<br />
concordancia con la normativa<br />
legal que regula el proceso penal,<br />
control fiscal, financiero, actividad<br />
mercantil, principios contables<br />
y técnicas de auditorías; siendo<br />
realizadas estas actividades por<br />
un personal profesional altamente<br />
especializado en el área.<br />
En este sentido, destacó<br />
que el perfil de los funcionarios que<br />
conforman la división comprende<br />
desde licenciados o técnicos<br />
superiores en Contaduría Pública,<br />
Administración, Economía,<br />
Comercio o carreras afines. Son<br />
cerca de trece funcionarios y<br />
el trabajo es realizado por dos<br />
brigadas. Asegura el comisario<br />
Rivas que desde su ingreso a la<br />
división han dado respuesta a un<br />
60% de los casos presentados.<br />
En su carácter de jefe de la<br />
división se esmera en brindar a sus<br />
funcionarios un buen ambiente<br />
de trabajo, dándole el apoyo<br />
necesario para mantenerlos<br />
constantemente motivados hacia<br />
el logro. En otro ámbito de ideas<br />
señaló que la división tendrá una<br />
participación en uno de los stands<br />
de Expocriminalistica 2018.<br />
Contabilidad forense<br />
v<br />
Por otra parte refiere que<br />
en la determinación del daño<br />
patrimonial o de cualquier otro<br />
delito cometido en este campo,<br />
el contador forense verifica el<br />
material que va llegando, ya<br />
sean los libros de contabilidad,<br />
movimientos bancarios que<br />
pudieran estar modificados, o<br />
relativos a la evasión de impuestos<br />
sobre la renta, de esta forma<br />
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van surgiendo los movimientos<br />
de ingresos y egresos, y es allí<br />
cuando el perito va detectando el<br />
maquillaje o manipulación de las<br />
cifras.<br />
Cabe destacar que la<br />
finalidad del proceso contable<br />
se orienta al registro de todas<br />
las operaciones realizadas por la<br />
empresa, clasificación y análisis<br />
de las operaciones registradas,<br />
estructuración de los diferentes<br />
estados de los resultados y su<br />
interpretación para la toma<br />
de decisiones. Dentro de este<br />
contexto el experto contable realiza<br />
lo que se denomina una auditoria<br />
externa del estado financiero de<br />
los libros y registros contables de<br />
una entidad, valiéndose del uso<br />
de varias técnicas, entre ellas: la<br />
ocular, verbal, escrita, documental<br />
o por medio de una inspección<br />
física.<br />
Mientras que según<br />
autores especializados como<br />
Miguel Antonio Cano, Dr. Danilo<br />
Lugo C., Ph.D. Rene Mauricio<br />
Castro, Braulio Rodríguez<br />
Castro, Samuel Alberto Mantilla,<br />
Horacio Ayala Vela, Nelson<br />
Camargo, entre otros, definen<br />
a la auditoria forense como una<br />
ciencia que permite descubrir,<br />
divulgar información financiera,<br />
contable, legal, administrativa e<br />
impositiva, sobre fraudes y delitos<br />
perpetrados en el desarrollo de las<br />
funciones públicas.<br />
Proceso Administrativo de las<br />
experticias<br />
Para describirnos<br />
el recorrido que hacen las<br />
solicitudes de las experticias<br />
contables y financieras en la<br />
división, entrevistamos a la<br />
Inspector agregada Mileidy Pérez,<br />
quien funge de adjunta de la<br />
dependencia. “Nos llegan las<br />
solicitudes de los entes, bien sea<br />
de un despacho interno o de las<br />
diferentes fiscalías del MP, luego se<br />
hace la solicitud al experto previo<br />
que llega al jefe del despacho, se<br />
hace una designación y el experto<br />
tiene cinco días para darle lectura,<br />
bien sea en la oficina o en la fiscalía<br />
correspondiente.<br />
Luego esta solicitud va a<br />
un control de casos, se hace una<br />
minuta que es la experticia en<br />
proceso, la cual resume los datos<br />
de la fiscalía que conoce el caso,<br />
el hecho del denunciante, victima,<br />
victimario y un esbozo general del<br />
caso y la denuncia. Posteriormente<br />
se realizan los oficios de<br />
requerimientos según lo amerite<br />
el caso, esto se hace una vez que<br />
los expertos revisan el expediente,<br />
verifican si el material le sirve para<br />
llevar a cabo la experticia.<br />
En caso contrario se le<br />
solicitan los datos tanto a la<br />
víctima como a los denunciantes<br />
de manera de complementar el<br />
expediente, de modo de contar la<br />
información contable para hacer<br />
la experticia. Si es necesario,<br />
en el momento de solicitar los<br />
oficios de requerimiento, se<br />
entrevistas a las personas, si es<br />
una empresa se entrevistan a los<br />
directores, gerentes o partes que<br />
guarden relación con los hechos<br />
denunciados.<br />
Una vez que tenemos<br />
toda la documentación contable,<br />
procedemos a lo que es el informe<br />
de experticia contable o el<br />
peritaje, el cual está conformado<br />
por una portada o caratula, el<br />
conocimiento de los hechos que<br />
contiene un resumen breve del<br />
caso, el análisis de los recaudos<br />
o evidencias, determinación<br />
de los resultados o faltante de<br />
la experticia, en este punto se<br />
establece el daño patrimonial que<br />
se le ha causado a una persona<br />
natural o jurídica, y finalmente las<br />
conclusiones, lo que se determinó