GORKI-Los Jueces YUMPU
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Roberto Romboli<br />
nal, en sus diferentes resoluciones; así como a los notables poderes<br />
discrecionales reconocidos, en materia de nombramiento al Consejo.<br />
Éste, de hecho, efectúa el nombramiento eligiendo entre los candidatos<br />
que han superado el examen en votación secreta. En particular,<br />
son nombrados los candidatos que han logrado la mayoría de los<br />
dos tercios del número legal del plenum del Consejo. Se trata de un<br />
mecanismo que puede dar lugar a abusos injustificados, y por ello la<br />
Ley de Carrera ha establecido la obligación para el Consejo de fijar las<br />
razones en que se funde la negativa de proceder al nombramiento del<br />
candidato que, pese a haber superado el examen, no logre calificar.<br />
Como refiere el autor es éste un aspecto muy ambigüo en la disciplina<br />
peruana, donde no se observan los límites substanciales al ejercicio<br />
arbitrario de los poderes discrecionales del Consejo.<br />
En cuanto al régimen de la promoción, el autor recuerda que<br />
éste también puede responder a exigencias diversas: en efecto, un<br />
sistema jerarquizado de promoción puede tender a favorecer un<br />
control “político” sobre la actividad de los magistrados. Es para evitar<br />
esto que, como se sostiene en el libro, son preferibles los regímenes<br />
en los cuales existe un órgano ajeno al circuito político, como el que<br />
representa el Consejo, en grado de favorecer la promoción de los<br />
métodos de valoración objetiva.<br />
La formación de los magistrados viene en gran medida confiada<br />
a la Academia de la Magistratura, como reclama en ciertos<br />
límites la Scuola Superiore della magistratura recientemente instituida<br />
en Italia (Decreto Legislativo del 26/2006, modificato con l.<br />
111/2007), con el propósito de cuidar la formación y la actualización<br />
profesional de los magistrados. El autor releva que se trata de un<br />
órgano cuyo rol, puede ser ejercido en forma muy positiva, como<br />
“motor” para el mejoramiento técnico-jurídico de los magistrados<br />
frente a las debilidades de la formación jurídica de las facultades<br />
de Derecho.<br />
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