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GORKI-Los Jueces YUMPU

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Prólogo<br />

cial constituye, hasta ahora, una fuente de Derecho que se coloca<br />

sobre el mismo plano de la fuente legislativa resultante de los statutes<br />

aprobados por el Parlamento, y de los statutory instruments adoptados<br />

por el poder ejecutivo sobre delegación (en verdad frecuentemente<br />

genérica) de ésta, y por lo demás conformado en modo únicamente<br />

implícito . Entre las fuentes legislativas y las fuentes jurisprudenciales,<br />

de otro lado, no existe una verdadera relación de jerarquía, por<br />

cuanto si es verdad que los stautes pueden derogar los precedentes<br />

o modificar su alcance normativo, a las decisiones judiciales corresponde<br />

interpretar no sólo los precedentes, sino también los statutes,<br />

así como valorar las cuestiones relativas a los eventuales vicios de los<br />

statutory instruments no aprobados en sede parlamentaria que hayan<br />

sido denunciados como ultra vires (en tanto limitada posibilidad de<br />

intervenir también con relación a los actos legislativos es abierta por<br />

la Human Rights Act de 1998; además, Gran Bretaña está sujeta a<br />

las jurisdicciones vigentes en el ámbito de la Unión Europea y del<br />

Consejo de Europa).<br />

La aplicación rigurosa que el principio de la separación de<br />

los poderes recibe en los Estados Unidos de América implica la<br />

asignación al poder judicial de un rol, también político, quizás más<br />

importante de cuanto ocurre en Gran Bretaña o en los otros países<br />

europeos, como fue magistralmente descrito por Tocqueville en<br />

su celebre libro 13 . No obstante en este caso, al precedente no se le<br />

asigna un efecto rígidamente vinculante (sólo un efecto persuasivo,<br />

que permite al juez y a las partes argumentar para distanciarse de<br />

él), el funcionamiento del sistema, sobretodo a nivel federal, resulta<br />

equilibrado y le permite a éste desarrollarse gradualmente en correspondencia<br />

con el desarrollo de las tendencias que se contrastan en<br />

13 A. De Tocqueville. De la démocratie en Amérique. Libro I, capitolo VI. Paris:<br />

1835-1840.<br />

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