GORKI-Los Jueces YUMPU
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
Prólogo<br />
cial constituye, hasta ahora, una fuente de Derecho que se coloca<br />
sobre el mismo plano de la fuente legislativa resultante de los statutes<br />
aprobados por el Parlamento, y de los statutory instruments adoptados<br />
por el poder ejecutivo sobre delegación (en verdad frecuentemente<br />
genérica) de ésta, y por lo demás conformado en modo únicamente<br />
implícito . Entre las fuentes legislativas y las fuentes jurisprudenciales,<br />
de otro lado, no existe una verdadera relación de jerarquía, por<br />
cuanto si es verdad que los stautes pueden derogar los precedentes<br />
o modificar su alcance normativo, a las decisiones judiciales corresponde<br />
interpretar no sólo los precedentes, sino también los statutes,<br />
así como valorar las cuestiones relativas a los eventuales vicios de los<br />
statutory instruments no aprobados en sede parlamentaria que hayan<br />
sido denunciados como ultra vires (en tanto limitada posibilidad de<br />
intervenir también con relación a los actos legislativos es abierta por<br />
la Human Rights Act de 1998; además, Gran Bretaña está sujeta a<br />
las jurisdicciones vigentes en el ámbito de la Unión Europea y del<br />
Consejo de Europa).<br />
La aplicación rigurosa que el principio de la separación de<br />
los poderes recibe en los Estados Unidos de América implica la<br />
asignación al poder judicial de un rol, también político, quizás más<br />
importante de cuanto ocurre en Gran Bretaña o en los otros países<br />
europeos, como fue magistralmente descrito por Tocqueville en<br />
su celebre libro 13 . No obstante en este caso, al precedente no se le<br />
asigna un efecto rígidamente vinculante (sólo un efecto persuasivo,<br />
que permite al juez y a las partes argumentar para distanciarse de<br />
él), el funcionamiento del sistema, sobretodo a nivel federal, resulta<br />
equilibrado y le permite a éste desarrollarse gradualmente en correspondencia<br />
con el desarrollo de las tendencias que se contrastan en<br />
13 A. De Tocqueville. De la démocratie en Amérique. Libro I, capitolo VI. Paris:<br />
1835-1840.<br />
17